Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2011 (11/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, sabado 11 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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tecnicos. Se crean formalmente mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los titulares de los Sectores involucrados. Cuenta con Reglamento Interno aprobado por Resolucion Ministerial del Sector al cual estan adscritas; Que, en tal sentido, es necesario crear y conformar la Comision Multisectorial permanente para el seguimiento y supervision de la transparencia en los pagos que las empresas extractivas efectuan al Estado, lo que este percibe de las empresas extractivas por los conceptos pertinentes y su distribucion a nivel de los gobiernos subnacionales y universidades, ademas del empleo de estos recursos por parte de los gobiernos subnacionales; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Creacion de la Comision Multisectorial y Objeto Crear la "Comision Multisectorial Permanente para el seguimiento y supervision de la Transparencia en el empleo de los recursos que obtiene el Estado por el desarrollo de las Industrias Extractivas Minera e Hidrocarburifera", encargada de efectuar labores de acopio de informacion, supervision, seguimiento y monitoreo permanente de la transparencia y del empleo de los recursos e ingresos fiscales que obtiene el Estado por todo concepto proveniente de las industrias extractivas minera e hidrocarburiferas, asi como de las acciones orientadas a la implementacion y desarrollo de la Iniciativa para la Transparencia de las Industrias Extractivas (EITI) en nuestro pais; lo cual, en el plazo inmediato significa la culminacion del MORDAZA de validacion de esta Iniciativa, asi como la realizacion del MORDAZA Informe Nacional de Transparencia de las Industrias Extractivas y la difusion de sus resultados. Para tal efecto, la Comision empleara todos los aportes realizados por la Comision de Trabajo que fuera creada por el Decreto Supremo Nº 027-2006EM. La Comision Multisectorial Permanente que se crea mediante la presente MORDAZA tendra caracter tripartito y estara conformada por nueve miembros, tres de cada uno de los siguientes estamentos: Estado, empresas de las industrias extractivas minera e hidrocarburifera, asi como sociedad civil. Articulo 2º.- De la Conformacion de la Comision Multisectorial La Comision Multisectorial a que se refiere el articulo 1º de la presente MORDAZA, estara integrada de la siguiente manera: - Dos representantes de los subsectores de hidrocarburos y mineria, designados por el Ministerio de Energia y Minas, uno de los cuales la presidira. - Un representante designado por el Ministerio de Economia y Finanzas. Los representantes de las industrias extractivas seran designados de la siguiente manera: - Uno representando a las industrias extractivas a ser designado por la Sociedad Nacional de Mineria, Petroleo y Energia. - Un representante elegido por las empresas de mineria. - Un representante elegido por las empresas de hidrocarburos. Los representantes de la sociedad civil se elegiran de la siguiente manera: - Uno designado, por eleccion, entre las universidades publicas y privadas que tengan experiencia comprobada en el tratamiento de temas afines a los de analisis y seguimiento de las industrias extractivas, especialmente en lo relacionado a sus aspectos economicos. - Dos designados por eleccion de las organizaciones de la sociedad civil vinculados a temas de transparencia y vigilancia ciudadana en industrias extractivas, que

se inscribiran en una lista de interes convocada por el Ministerio de Energia y Minas. Uno de estos representantes debe provenir de organizaciones domiciliadas fuera de Lima. Podra considerarse un representante alterno para cada uno de los estamentos mencionados. Articulo 3º.- De la Adscripcion La Comision Multisectorial creada mediante el articulo 1º del presente Decreto Supremo se encuentra adscrita al Ministerio de Energia y Minas. Articulo 4º.- De las funciones La Comision Multisectorial tendra las siguientes funciones: a. Elaborar y aprobar el Plan de Accion bianual y los terminos de referencia necesarios para la seleccion y contratacion de personas naturales o juridicas prestadoras de servicios, estableciendo las relaciones operativas necesarias de coordinacion intersectorial, a nivel nacional y regional, el seguimiento de los cronogramas correspondientes y su ajuste a los presupuestos aprobados. b. Aprobar, dirigir, organizar, supervisar, efectuar el seguimiento permanente y promover la ejecucion de las recomendaciones del "Informe Nacional de Transparencia de las Industrias Extractivas Minera e Hidrocarburifera", cuya elaboracion abarcara el estudio de dos ejercicios fiscales consecutivos. c. Acompanar el MORDAZA de validacion de la EITI en el Peru para optar el status de MORDAZA cumplidor. d. Conformar y organizar los Sub Grupos de Trabajo que MORDAZA necesarios para ejecutar el "Informe Nacional de Transparencia de las Industrias Extractivas Minera e Hidrocarburifera", incluyendo la ejecucion de acciones directas en programas piloto en regiones que cuentan con industrias extractivas de gravitacion significativa. e. Aprobar las convocatorias de procesos de seleccion y contratacion de las consultores o consultorias necesarias en el MORDAZA de la ejecucion del Plan de Accion, que incluyen los aspectos de revision y auditoria, asi como los relativos a la difusion de los resultados. Las contrataciones seran efectuadas con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Energia y Minas, en el MORDAZA de la normatividad de contrataciones y adquisiciones vigente. f. Asegurar una participacion tripartita permanente y que los procedimientos para la toma de decisiones tengan en cuenta un balance de los intereses de las partes involucradas. g. Garantizar y promover tanto la difusion publica, comprensible y periodica como el acceso a la informacion, respecto de los avances y resultados de la ejecucion tecnica y presupuestal del Informe Nacional de Transparencia de las Industrias Extractivas Minera e Hidrocarburifera; de manera especial hacia los actores involucrados. h. Realizar el monitoreo y la evaluacion de las actividades realizadas, a fin de medir los resultados y repercusiones del Informe Nacional de Transparencia de las Industrias Extractivas Mineras e Hidrocarburiferas. i. Proponer su reglamento Interno, en el que se especificaran los objetivos principales, que serviran para evaluar los avances del Informe Nacional de Transparencia de las Industrias Extractivas Mineras e Hidrocarburiferas. j. Formular propuestas y recomendaciones sobre acciones o medidas a adoptar, a las diversas entidades involucradas en la ejecucion del Plan de Accion o a cualquier otra institucion que pudiera contribuir a la mejor ejecucion del Plan. k. Identificar y comprometer otras MORDAZA de financiamiento para la implementacion del Informe Nacional de Transparencia de las Industrias Extractivas Minera e Hidrocarburifera, que aseguren su sostenibilidad. l. Supervisar, mediante Sub Grupos, la ejecucion de programas especificos de implementacion de politicas de transparencia a nivel regional. Asimismo, podra participar en el seguimiento y coordinacion con otros proyectos, de contenido y alcances similares.

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