Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2011 (27/06/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, lunes 27 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

445403

fecha 07 de febrero de 2011, el escrito s/n recibido con fecha 18 de febrero de 2011, el Informe Legal Nº 0822011-CONAFU-CJ de fecha 02 de marzo de 2011, el Oficio Nº 254-2011-CONAFU-CDAA de fecha 11 de marzo de 2011, el Oficio Nº 476-2011-CONAFU-P de fecha 14 de marzo de 2011, el escrito s/n recibido con fecha 13 de MORDAZA de 2011, y el Acuerdo Nº 359-2011-CONAFU de la sesion del Pleno del CONAFU del dia 15 de junio de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, de fecha 21 de enero de 1995, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores y ente rector del funcionamiento de las Universidades del MORDAZA bajo su competencia; Que, conforme al Reglamento del CONAFU, aprobado mediante Resolucion Nº 387-2009 de fecha 12 de agosto de 2009, (en adelante Reglamento), en su articulo 9º establece que: "El Proyecto de Desarrollo Institucional consolida los resultados del estudio en los aspectos tecnicos, economicos, financieros, administrativos, con el fin de instalar, poner en marcha y desarrollar una universidad, con previsiones economicas para sus diez (10) primeros anos de funcionamiento. La elaboracion del Proyecto de Desarrollo Institucional de una universidad responde a una sucesion logica de etapas que buscan la coherencia entre la mision, vision, los objetivos del proyecto, el cronograma elegido para alcanzarlos y los recursos que son necesarios para ello. Las Tablas para su calificacion, establecen las pautas para la elaboracion de los proyectos. Los proyectos se presentaran con un minimo de tres (03) Carreras Profesionales y un MORDAZA de cinco (05) carreras profesionales"; Que, conforme al Reglamento del CONAFU en su articulo 14º establece que: "El Proyecto de Desarrollo Institucional sera presentado en fisico, con caratula color MORDAZA, y en archivo informatico en CD, debiendo coincidir ambos, sera organizado en carpetas separadas, con identificacion de las secciones A, B y C, y a su vez con separadores que identifiquen los documentos que la componen. Al momento de su MORDAZA ante la Oficina de Tramite Documentario todo el PDI debe estar debidamente foliado"; Que, conforme al Reglamento del CONAFU en su articulo 18º establece que: "El procedimiento se inicia con la MORDAZA de la solicitud de autorizacion de funcionamiento ante la Oficina de Tramite Documentario (OTD) (...). Si el expediente se encuentra conforme o se han subsanado las observaciones dentro del plazo otorgado, el funcionario responsable de la Oficina de Tramite Documentario, ingresara oficialmente el expediente para su tramite, remitiendo el mismo a la Secretaria General a fin de que esta MORDAZA, remita las Secciones A) y C) a la Consejeria de Asuntos Academicos (CDAA) y la Seccion B) a la Comision Juridica (CJ), quienes dispondran de cinco (05) dias habiles para evaluar si los requisitos de admisibilidad se ajustan a las normas del CONAFU, a cuyo termino emitiran los informes correspondientes; Que, por escrito s/n recibido con fecha 22 de diciembre de 2010, el Responsable del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, remitio el Proyecto de Desarrollo Institucional del referido Proyecto de Universidad, para su Autorizacion de Funcionamiento Provisional, adjuntando la documentacion correspondiente; Que, conforme al Reglamento del CONAFU en su articulo 19º establece que: "...Si uno de los informes, o ambos fueran desfavorables, el Presidente del CONAFU mediante oficio, declarara Inadmisible la solicitud, otorgando a la promotora el plazo de cinco dias habiles para que subsane las deficiencias de admisibilidad encontradas. Vencido el plazo, el expediente sera puesto a consideracion del Pleno para realizar el apercibimiento mediante resolucion otorgandole un plazo MORDAZA de 8 dias. Vencido el plazo el Pleno de oficio MORDAZA por no presentada su solicitud por incumplimiento"; Que, por Oficio Nº 0222-2011-CONAFU-P de fecha 07 de febrero de 2011, el Presidente del CONAFU, en

virtud del Informe Legal Nº 495-2010-CONAFU-CJ de fecha 28 de diciembre de 2010 y el Oficio Nº 051-2011CONAFU-CDAA de fecha 28 de enero de 2011; comunico al Representante del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, las observaciones encontradas en el Proyecto de Desarrollo Institucional presentado: "Seccion B: 1) En el Testimonio de Constitucion de Asociacion Promotora AFOBISO-GRP, se aprecia que dicha Asociacion acordo la creacion de la Universidad Privada MORDAZA MORDAZA Luna. En el presente caso la Promotora pretende la creacion y funcionamiento de la Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, situacion que no se condice con lo acordado por el organo de la promotora; por lo que la Promotora debera de aclarar dicha situacion. En atencion a lo expuesto no se otorga conformidad a este requisito de admisibilidad, 2) Sobre el Certificado de no registrar antecedentes penales cada uno de los integrantes de la promotora, se debe de reparar que de acuerdo a lo expresado en el Testimonio de Constitucion de Asociacion Promotora AFOBISO-GRP los asociados de dicha institucion son 14 (1 persona juridica y 13 personas naturales); sin embargo, solo se ha adjuntado 02 certificados judiciales de antecedentes penales, por lo que se debe de presentar los certificados de los asociados restantes. De acuerdo a lo expuesto no se otorga conformidad a este requisito, y 3) En cuanto a la Declaracion Jurada de quienes fueron las personas o institucion que elaboro el estudio de MORDAZA y elaboro el Plan de Desarrollo Institucional, este documento no ha sido suscrito por el representante de la promotora, sino por la persona que alega haber elaborado dichos documentos, por lo que no se otorga conformidad en este extremo. Debiendo el administrado presentar la citada declaracion jurada debidamente suscrita por el representante de la promotora y presentar la inscripcion del Consejo Directivo vigente de la Asociacion a fin de verificar la representacion"; Que, por escrito s/n recibido con fecha 18 de febrero de 2011, el Representante Legal de la Promotora AFOBISOGRP, del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, remitio el levantamiento de Observaciones encontradas en el PDI del referido Proyecto, requeridas mediante Oficio Nº 0222-2011-CONAFU-P; Que, mediante Oficio Nº 254-2011-CONAFU-CDAA de fecha 11 de marzo de 2011, la Comision Academica da a conocer al Pleno del CONAFU que el Representante Legal de la Promotora AFOBISO-GRP, del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA presenta el levantamiento de observaciones encontradas en el PDI; por lo que, opinan: Admitir a tramite la solicitud de Admisibilidad del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA en cuanto a las Partes A, B y C por haber cumplido con levantar las observaciones en el plazo establecido; Que, mediante Oficio Nº 476-2011-CONAFU-P de fecha 14 de marzo de 2011, el Presidente del CONAFU en virtud al articulo 19º del Reglamento del CONAFU, cito a los miembros de la Promotora y miembros de la Comision Organizadora propuesta del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA a una reunion con los integrantes del Consejo Directivo del CONAFU. Asimismo, de conformidad con el articulo 20º del referido Reglamento, requirio el cumplimiento del pago por concepto de evaluacion para la aprobacion del PDI; Que, en cumplimiento del articulo 19º del Reglamento, con fecha 09 de MORDAZA de 2011, se reunieron en las instalaciones del CONAFU, los miembros de la Promotora y miembros de la Comision Organizadora propuesta del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA con los integrantes del Consejo Directivo del CONAFU, con la finalidad de poder apreciar su trayectoria, hojas de MORDAZA documentadas, vinculacion con la actividad academica de la Promotora y miembros de la Comision Organizadora propuesta, asi como la identificacion y el compromiso con el Proyecto de Desarrollo Institucional presentado; Que, conforme al Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU del 13 de MORDAZA de 2006, en el articulo 10º establece que: "Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:...t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU";

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.