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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (27/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 27 de junio de 2011 445410 Artículo Segundo.- Apruébese la modifi cación del segundo párrafo del Artículo 74º de la Ordenanza Nº 571- MML por el texto siguiente: Artículo 83º: Envío a Comisiones y Estudio (...) d) Están eximidos del trámite de Comisiones los temas siguientes: d.1) Las propuestas de Acuerdos para facultar al Procurador Municipal para la interposición de acciones legales, o para que pueda ejercitar la defensa de la Municipalidad. (...) Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. En Lima, 23 de junio de 2011 SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 658049-1 Aprueban Procedimiento de Ratificación de Ordenanzas Tributarias Distritales en el ámbito de la provincia de Lima ORDENANZA Nº 1533 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23 de junio del 2011, los Dictámenes Nº 121-2011-MML-CMAEO y 31-2011-MML-CMAL de las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Económicos y Organización y de Asuntos Legales; Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO DE RATIFICACIÓN DE ORDENANZAS TRIBUTARIAS DISTRITALES EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE LIMA Capítulo I OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA NORMA Artículo 1º.- Objeto de la norma La presente norma tiene por objeto establecer el procedimiento de ratifi cación de Ordenanzas Distritales que dispongan la creación, modifi cación o que regulen tasas o contribuciones. Artículo 2º.- Ámbito de aplicación La presente Ordenanza es de alcance metropolitano, siendo de aplicación obligatoria por parte de las Municipalidades Distritales de la Provincia de Lima. La ratifi cación por el Concejo Metropolitano de Lima, realizada conforme a las disposiciones contenidas en esta norma, constituye un requisito indispensable para la vigencia de las Ordenanzas en materia tributaria aprobadas por las Municipali dades Distritales. Artículo 3º.- Defi niciones y abreviaturas Para efectos de la presente Ordenanza se consideran las siguientes defi niciones: • Arbitrio Municipal: Es la tasa que se genera por el servicio público prestado a la colectividad, que genera un benefi cio real o potencial en los contribuyentes. • CMAEO: Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización del Concejo Metropolitano. • Concejo Metropolitano: Concejo Municipal de la Municipalidad Metropolitana de Lima. • Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM: Norma que aprueba la nueva Metodología para la Determinación de Costos de los Procedimientos y Servicios Brindados en Exclusividad. • Derecho de Trámite: Es la tasa que se debe pagar por la tramitación de un procedimiento administrativo o servicio brindado en exclusividad. Su monto es determinado en función del costo derivado de las actividades dirigidas a analizar o proveer lo solicitado. • Directiva Nº 001-006-00000005: Directiva que aprueba los criterios y metodología para la estimación de ingresos y determinación de la tasa a cobrar por servicio de estacionamiento vehicular temporal, aplicados a Municipalidades Distritales de la provincia de Lima. • Directiva de Metodología de Costos Aprobada por el SAT: Directiva Nº 001-006-00000001 o norma que la modifi que o sustituya. Es de aplicación obligatoria por las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima al momento de la determinación de los costos de los servicios municipales que brindan. • Estacionamiento Vehicular: Servicio que consiste en el establecimiento de zonas ubicadas en la vía pública, destinadas al estacionamiento de vehículos. Se rige por lo dispuesto en la Ordenanza Nº 739, Ordenanza Marco del Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal en la Provincia de Lima. • Emisión Mecanizada: Servicio consistente en la determinación de tributos municipales, actualización de valores, clasifi cación, empaque e impresión de recibos de pago correspondientes, que incluye su distribución a domicilio. • IPC: Variación del Índice de Precios al Consumidor establecido conforme las mediciones efectuadas por el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI. • Informe Técnico Financiero: Anexo de la Ordenanza distrital que aprueba los arbitrios municipales, que explica a detalle los costos de los servicios públicos y los mecanismos de distribución de dicho costos. Según lo establecido en la Sentencia Nº 00053-2004-PI/TC. • MML: Municipalidad Metropolitana de Lima. • Ordenanza Nº 739: Ordenanza Marco de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en la Provincia de Lima. • Procedimiento Administrativo: Conjunto de actos y diligencias tramitados en las entidades, conducentes a la emisión de un acto administrativo que produzca efectos jurídicos individuales o individualizables sobre intereses, obligaciones o derechos de los administrados. • Resolución Nº 003-2010-PCM-SGP: Norma que aprueba la Guía Metodológica de Determinación de Costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad de parte de las entidades públicas. • SAT: Servicio de Administración Tributaria. • Servicios Brindados en Exclusividad: Son prestaciones que las entidades se encuentran facultadas a brindar en forma exclusiva, no pudiendo ser realizadas por otras entidades o terceros. Los servicios brindados en exclusividad se incluyen en el TUPA.