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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (27/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 27 de junio de 2011 445411 • Tasas Municipales: Tributos que pagan los contribuyentes en contraprestación de los servicios que les brinda la Municipalidad Distrital respectiva. • TUPA: El Texto Único de Procedimientos Administrativos recopila los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad por parte de entidades del Sector Público; así como los requisitos, plazos y exigencias que se prevén a partir de su establecimiento. Capítulo II DISPOSICIONES GENERALES Artículo 4º.- Cronograma para la Presentación de las Solicitudes de Ratifi cación La presentación de solicitudes de ratifi cación deberá efectuarse ante el SAT a fi n de que emita su opinión técnica y legal. La presentación de las referidas solicitudes se sujetará al siguiente cronograma: Plazo de presentación Tipo de tributo a) Hasta el último día hábil del mes de abril del año Ordenanzas sobre Estacionamiento Vehicular en zonas urbanas b) Hasta el último día hábil del mes de junio del año Ordenanzas sobre Derechos por la tramitación de procedimientos y servicios brindados en exclusividad contenidos en los TUPA municipales c) Hasta el último día hábil del mes de setiembre del año Ordenanzas que establezcan Arbitrios aplicables a partir del ejercicio siguiente d) Hasta el último día hábil del mes de octubre del año Ordenanzas sobre Estacionamiento Vehicular en playas del litoral e) Hasta el último día hábil del mes de noviembre del año Ordenanzas que aprueban Derechos de Emisión Mecanizada aplicables a partir del ejercicio siguiente Las solicitudes de ratifi cación de Ordenanzas que aprueben contribuciones u otros tipos de tasas podrán ser formuladas por las Municipalidades Distritales durante el año, debiendo preverse que dichas solicitudes sean presentadas ante el SAT con la debida anticipación a la realización de la obra pública o la prestación del servicio, según corresponda. Artículo 5º.- Presentación Extemporánea de la Solicitud de Ratifi cación Las solicitudes de ratifi cación de Ordenanzas tributarias presentadas fuera de los plazos fi jados serán objeto de devolución inmediata por parte del SAT. De modo excepcional, en casos imprevisibles y/o de fuerza mayor debidamente acreditados o de público conocimiento, la CMAEO está facultada para autorizar al SAT a recibir las solicitudes de ratifi cación fuera del plazo establecido en el artículo precedente. Artículo 6º.- Requisitos Generales de la Solicitud de Ratifi cación Las solicitudes que presenten las Municipalidades Distritales ante el SAT deberán de contener necesariamente los siguientes requisitos: a) Copia autenticada por el Secretario General del Concejo del texto íntegro de la Ordenanza materia de ratifi cación. La exigencia de autenticación se hace extensiva a los anexos que formen parte integrante de la norma en mención. b) Copia autenticada del Acta de la Sesión de Concejo en que fue aprobada la Ordenanza sometida a ratifi cación. c) Resolución de Alcaldía o de Gerencia Municipal, mediante la cual se designe a dos (02) funcionarios responsables del procedimiento de ratifi cación. Respecto de los designados, se deberá presentar información que facilite su contacto (números telefónicos, dirección de correo electrónico, entre otros). d) Informe legal que sustente la Ordenanza aprobada sometida a ratifi cación, señalando sus antecedentes normativos o la indicación expresa de su inexistencia. e) Información que sustente los costos de los tributos aprobados por las Ordenanzas sometidas a ratifi cación, los cuales deberán ser presentados conforme a los lineamientos y formatos establecidos en la Directiva de metodología de costos aprobada por el SAT. En el caso de los Arbitrios Municipales, Estacionamiento Vehicular y Emisión Mecanizada, dicha información se presentará según los requisitos específi cos previstos en los literales a), b) y d) del numeral 7.1; los literales a) y b) del numeral 7.3; y, los literales a) y b) del numeral 7.4 del Artículo 7 de la presente norma, respectivamente. Además de ello, la Municipalidad Distrital deberá aportar la documentación que sustente la información considerada en los literales mencionados. f) Información que sustente el mecanismo de distribución del costo del servicio entre los contribuyentes. g) Formatos de declaración jurada suscritos por los funcionarios responsables de la generación de la información que obre en el expediente de ratifi cación. Dichos formatos serán aprobados por el SAT y publicados en su página web. h) Medios magnéticos (disco compacto) que contenga la información remitida físicamente en el expediente de ratifi cación. Este requisito es indispensable para el inicio o la continuidad del procedimiento de ratifi cación. i) Otros documentos que se estime necesario presentar para el procedimiento de ratifi cación. Artículo 7º.- Requisitos Específi cos por Tipo de Tributo Según el tipo de tributo, corresponderá que se presente la información según el detalle que aparece a continuación: 7.1. Requisitos aplicables a la ratifi cación de Ordenanzas que aprueben Arbitrios Municipales – Procedimiento Regular: a) El Informe Técnico Financiero, anexo a la Ordenanza sometida a ratifi cación, deberá contener la siguiente información: • Explicación de los costos de los servicios prestados según el número de contribuyentes registrados a quienes se prevé prestar cada tipo de servicio. Ello supone incorporar el detalle de cada uno de los conceptos establecidos en las Estructuras de Costos, que conlleven a una interpretación y entendimiento de los montos y cantidades mostrados en los formatos respectivos. • Cuadro que indique el número de predios y contribuyentes de cada servicio; así como el número de predios de propiedad de las personas que gozan de los benefi cios de inafectación y/o exoneración. • Metodología de distribución de costos propuesta por la Municipalidad para el cálculo de las tasas de cada uno de los arbitrios. Ello conlleva la inclusión de información relevante que permita sustentar los diferentes grados en materia de prestación de servicio que se brinde. • Cuadro comparativo por tipo de arbitrio de los contribuyentes y predios, cuyas tasas presenten variaciones respecto de aquellas que fueran aprobadas en el ejercicio precedente. • Justificación a detalle de los incrementos producidos respecto de los costos de cada uno de los arbitrios con relación al ejercicio anterior de darse el caso. b) Los Cuadros de Estructuras de Costos presentados en forma desagregada y detallada por cada uno de los servicios sometidos a ratifi cación; los cuales deberán de ser elaborados conforme a los lineamientos y formatos establecidos en la Directiva de metodología de costos aprobada por el SAT. c) Los Cuadros de Estimación de Ingresos anuales de acuerdo a la estructura de tasas defi nidas en la ordenanza materia de ratifi cación. d) Información y documentación que sustente la ejecución de los montos totales establecidos en las estructuras de costos de los servicios aprobadas en la Ordenanza que fuera ratifi cada para el ejercicio anterior.