Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2011 (28/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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CAPITULO III FUNCIONES

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 28 de junio de 2011

Articulo 4º. Corresponde al Consejo de Coordinacion Local Distrital de MORDAZA de la Legua-Reynoso ejercer las siguientes funciones: 1. Coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Municipal Concertado y el Presupuesto Participativo del Distrito conforme a lo normado en la Ley No. 28056 Ley del Presupuesto Participativo y su Reglamento. 2. Proponer la Elaboracion proyectos de inversion y de servicios publicos locales. 3. Proponer convenios de cooperacion distrital para la prestacion de servicios publicos. 4. Promover la formacion de fondos de inversion como estimulo a la inversion privada en apoyo del desarrollo economico local sostenible. 5. Otras que le encargue o solicite el Concejo Municipal distrital. 6. Promover la participacion ciudadana para el desarrollo local integral del distrito. 7. Promover el Plan de Desarrollo de Ciudades para la sociedad civil del distrito. 8. Promover la vigilancia y control ciudadano de la gestion local, de acuerdo a las normas de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, asi con la del Codigo de Etica de la Funcion Publica. Articulo 5º. El Consejo de Coordinacion Local Distrital de MORDAZA de la Legua-Reynoso, no constituye un organo de gobierno local, por lo cual no ejerce funciones ni actos de gobierno. Sus propuestas y todo lo que emane del ejercicio de sus funciones, carecen por si solas de caracter vinculante y, por tanto, requeriran de la aprobacion del Concejo Municipal. CAPITULO IV INSTALACION Y FUNCIONAMIENTO Articulo 6º. El Consejo de Coordinacion Local Distrital de MORDAZA de la Legua-Reynoso, se instala cuando lo convoque el MORDAZA de MORDAZA de la Legua-Reynoso. Articulo 7º. El Consejo de Coordinacion Local Distrital de MORDAZA de la Legua-Reynoso, se reune ordinariamente (dos) 02 veces al ano, y en forma extraordinaria cuando asi lo convoque el MORDAZA Distrital. Articulo 8º. El Consejo de Coordinacion Local Distrital de MORDAZA de la Legua-Reynoso, se reunira en sesion ordinaria, una vez al ano, para coordinar, concertar y proponer el Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado y proponer el Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado y el Presupuesto Participativo Distrital. Articulo 9º. Las convocatorias a las sesiones ordinarias o extraordinarias del Consejo de Coordinacion Local Distrital de MORDAZA de la Legua-Reynoso, podran ser notificadas mediante documento escrito, medio electronico y/o via telefonica, indicando el dia, la hora y la agenda a tratar. Articulo 10º. La instalacion y funcionamiento Consejo de Coordinacion Local Distrital de MORDAZA de la Legua-Reynoso, requiere de la asistencia de la mitad mas uno, de sus miembros. En caso de no alcanzarse el quorum reglamentario, se realizara una MORDAZA convocatoria, en los siguientes treinta minutos, iniciandose la sesion con los integrantes que estuvieron presentes. La asistencia del MORDAZA es obligatoria e indelegable. Articulo 11º. Los Acuerdos del Consejo de Coordinacion Local Distrital de MORDAZA de la LeguaReynoso, son consensuados, estos se obtendran mediante la votacion entre sus miembros y por mayoria simple de votos. El presidente del Consejo de Coordinacion Local Distrital tiene el MORDAZA dirimente. Articulo 12º Las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo de Coordinacion Local Distrital de MORDAZA de la Legua-Reynoso, seran anotadas en un libro de

Actas, abierto y llevado por la Secretaria General de la Municipalidad. Articulo 13º Los integrantes del Consejo de Coordinacion Local Distrital de MORDAZA de la LeguaReynoso, en ningun caso percibiran dietas, viaticos, u otro MORDAZA de asignacion de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de la Legua-Reynoso, en virtud de dicho cargo. Articulo 14º. Para un mejor cumplimiento de sus funciones, los miembros del Consejo de Coordinacion Local Distrital de MORDAZA de la Legua-Reynoso, podran solicitar por escrito la informacion necesaria, a los funcionarios de la Municipalidad. Articulo 15º. Los representantes la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de MORDAZA de la Legua-Reynoso, podran asistir a las sesiones del Concejo de la Municipalidad, teniendo derecho a voz. TITULO III DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL EN EL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL DE MORDAZA DE LA LEGUA-REYNOSO CAPITULO I VIGENCIA EN EL CARGO Articulo 16º. Los representantes de la sociedad civil, elegidos democraticamente, ejerceran sus cargos en el Consejo de Coordinacion Local Distrital de MORDAZA de la Legua-Reynoso, por un periodo de dos (02) anos. CAPITULO II ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL Articulo 17º. Los representantes de la Sociedad Civil elegidos de entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones civiles del distrito que se hayan inscrito el Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil, que para tales efectos abrira la Municipalidad de MORDAZA de la Legua-Reynoso, siempre y cuando dichas organizaciones acrediten personeria juridica y un minimo de tres (03) anos de actividad institucional comprobada. CAPITULO III DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS REPRESENTATNES DE LA SOCIEDAD CIVIL Articulo 18º. Los representantes de la Sociedad Civil que integran el Consejo de Coordinacion Local Distrital de MORDAZA de la Legua-Reynoso, tienen los siguientes derechos: 1. Presentar de forma individual o colectiva al Consejo de Coordinacion Local Distrital de MORDAZA de la LeguaReynoso, las opiniones y propuestas por escrito, las cuales deberan ser debatidas en las sesiones. 2. Solicitar, con la debida anticipacion, a los funcionarios de la Municipalidad la informacion y documentacion relacionadas con el objeto de la Sesion del Consejo de Coordinacion Local Distrital de MORDAZA de la LeguaReynoso. 3. Participar en comisiones de trabajo que fueran necesarias, para cumplir con las funciones del Consejo de Coordinacion Local Distrital de MORDAZA de la LeguaReynoso, y otras que el Concejo Municipal le encargue y/o solicite. 4. Recoger las opiniones y necesidades de los ciudadanos y las organizaciones de la sociedad civil, y presentarlas en las sesiones del Concejo Municipal. 5. Establecer de manera permanente medios y/o instrumentos que permitan el ejercicio de las funciones senaladas en la MORDAZA de nexo con la poblacion en general. Articulo 19º. Los representantes de la sociedad civil que integran el Consejo de Coordinacion Local Distrital

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