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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (28/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 28 de junio de 2011 445462 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Maynas, para que se le autorice la apertura de una (01) agencia ubicada en la Provincia Constitucional del Callao; CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de la citada agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “B”, y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº 775-2008 y modifi catorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Maynas la apertura de una (01) agencia ubicada en el Centro Comercial Minka localizado en la Av. Argentina Nº 3093, Local 230-234, Calle 3, Pabellón 4, Provincia Constitucional del Callao. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÀRATE Intendente General de Microfi nanzas 657917-1 UNIVERSIDADES Otorgan duplicado de diploma de grado académico de Bachiller en Administración de la Universidad Nacional del Centro del Perú UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ RESOLUCIÓN Nº 01645-CU-2011 Huancayo, 09 de junio de 2011. EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ Visto, el expediente Nº 009236 de fecha 04 de Marzo del 2011, por medio del cual doña ELIZABETH MATILDE VENTURA EGOAVIL, solicita Duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller en Administración, por pérdida. CONSIDERANDO: Que, doña Elizabeth Matilde Ventura Egoavil, solicita duplicado de diploma de Grado de Bachiller, por pérdida; el Diploma de Grado de Bachiller en Administración fue expedido el 25.01.1979, Diploma registrado con el Nº 86, registrado a Fojas 284 del Tomo 6 - B, para el efecto, adjunta los documentos consignados en el ítem 4 de la Directiva Nº 001-2006-SG-UNCP; Que, mediante la Resolución Nº 01304-CU-2007 del 19.01.2007, la Universidad aprueba la “Directiva para otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por la Universidad Nacional del Centro del Perú”; Que, con Resoluciones Nº 1525-2006-ANR y 1895- 2006-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedición de Duplicados de Diplomas de Grados Académico y Títulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626, por medio del cual faculta a las universidades públicas y privadas expedir duplicados de diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales por pérdida, deterioro o mutilación; y De conformidad a las atribuciones conferidas por los dispositivos legales vigentes, al cumplimiento de la Directiva Nº 001-SG-2006-UNCP., y al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 11 de Mayo del 2011. RESUELVE: 1º OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE GRADO ACADEMICO DE BACHILLER EN ADMINISTRACION, a doña VENTURA EGOAVIL ELIZABETH MATILDE, de acuerdo al siguiente detalle: Diploma Nº 86, registrado a Fojas 284 del Tomo 6 - B. 2º DAR CUENTA de la presente Resolución a la Asamblea Nacional de Rectores de conformidad a la Ley 28626. 3º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaria General y Facultad de Administración de Empresas. Regístrese y Comuníquese. CARLOS ANTONIO ADAUTO JUSTO Rector ROGER RAMOS REYMUNDO Secretario General 658242-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Aprueban Reglamento de Fiscalización del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho ORDENANZA REGIONAL Nº 010-2011-GRA/CR Ayacucho, 30 de mayo de 2011 EL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, en Sesión Ordinaria de fecha 05 de mayo de 2011, trató el tema relacionado a la aprobación del Reglamento de Fiscalización del Consejo Regional de Ayacucho; y CONSIDERANDO: Que, mediante Dictamen Nº 003-2011-GRA-CR/ COENAL, la Comisión de Ética, de Normas y Asuntos Legales del Consejo Regional conformado por los Consejeros Regionales Otto Juan Castro Mendoza - Presidente, Alfonso Martínez Vargas - Secretario y Rosauro Gamboa Ventura - Vocal, presentan ante el Consejo Regional el Proyecto del Reglamento de Fiscalización del Consejo Regional de Ayacucho, iniciativa que acompaña el Informe de la Secretaria Técnica del Consejo Regional, sustentado que fue el tema se sometió a consideración del Pleno del Consejo Regional; Que, el Reglamento de Fiscalización tiene por objeto regular los procedimientos, registros y seguimiento de las