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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 28 de junio de 2011 445472 Autorizan viaje del Alcalde a Israel para participar en el curso “Proyectos municipales para la seguridad ciudadana” RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 370-2011-MDSM San Miguel, 17 de junio de 2011 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL; VISTOS, el Acuerdo de Concejo Nº032-2011/MDSM, memorando Nº535-2011-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el Informe Nº299-2011-GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, memorando Nº476-2011-GPP/MDSM emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y memorando Nº139-2011- GAF/MDSM emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas, y; CONSIDERANDO: Que, el señor alcalde, doctor Salvador Heresi Chicoma, ha sido autorizado, a través del acuerdo de vistos, para que en representación de la Municipalidad Distrital de San Miguel participe en el curso “Proyectos municipales para la seguridad ciudadana” a realizarse en la ciudad de Kfar Saba, Israel, del 07 de julio al 01 de agosto del año 2011, derivando en las áreas competentes la asignación de los recursos derivados del acuerdo; ANEXO 3 CONTROL DEL CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS Y TABACO (300) CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL CÓDIGO INFRACCIÓN INFRACTOR SANCIÓN ORGANO COMPETENTE QUE EMITE LA RESOLUCIÓN DE SANCIÓN % MEDIDA COMPLEMENTARIA 306 Por fumar o permitir que se fume en las áreas abiertas y/o cerradas de los establecimientos públicos y/o privados dedicados a la salud y educación, y en cualquier entidad pública ubicada en el distrito de San Miguel. Gerente General o responsable de la administración de la entidad o establecimiento, o consumidor 50% Clausura Gerencia de la Policía Municipal y Control de la Ciudad (*) 307 Por permitir fumar en los lugares públicos abiertos o cerrados en los que exista la prohibición de fumar Conductor 50% Clausura Gerencia de la Policía Municipal y Control de la Ciudad (*) 308 Por fumar o permitir que se fume en lugares públicos cerrados o en el interior de lugares privados donde se desarrollen actividades laborales Propietario o conductor 50% Gerencia de la Policía Municipal y Control de la Ciudad (*) 309 Por fumar o permitir que se fume en vehículos de transporte público que circulen en el distrito, en las áreas de embarque y desembarque de personas (paraderos autorizados) y/o mercancías. Propietario o conductor de la unidad móvil y consumidor 5% Internamiento de la unidad móvil en el depósito municipal Gerencia de la Policía Municipal y Control de la Ciudad (*) 310 Por no colocar los carteles instructivos precisados en el anexo 1 y/o 2 de la ordenanza sobre el régimen de prevención y control de los riesgos del consumo de tabaco. Propietario o conductor 50% Gerencia de la Policía Municipal y Control de la Ciudad (*) 311 Por efectuar la venta directa o indirecta de productos de tabaco dentro de cualquier establecimiento dedicado al giro de salud o educación, sean públicos o privados, o en las entidades públicas. Propietario o conductor 50% Decomiso de bienes Gerencia de la Policía Municipal y Control de la Ciudad (*) 312 Que las máquinas expendedoras no dispongan de la advertencia sanitaria o no cumplan con las características legalmente establecidas. Propietario o conductor 50% Gerencia de la Policía Municipal y Control de la Ciudad (*) 313 Por no exhibir o exhibir en forma inadecuada los carteles instructivos precisados en el anexo 1 y 2 de la ordenanza sobre el régimen de prevención y control del riesgo del consumo de tabaco, de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente. Propietario o conductor 50% Gerencia de la Policía Municipal y Control de la Ciudad (*) 314 Por obstaculizar o impedir la visibilidad, o dañar la frase que constituye advertencia sanitaria. Propietario o conductor 50% Clausura Gerencia de la Policía Municipal y Control de la Ciudad (*) 315 Por efectuar la venta directa o indirecta de productos de tabaco a los menores de 18 años de edad, sea para consumo propio o de terceros. Propietario o conductor 100% Clausura y decomiso de bienes Gerencia de la Policía Municipal y Control de la Ciudad (*) 316 No disponer o no exponer en lugar visible en los establecimientos en los que esté autorizada la venta de productos del tabaco, carteles que informen de la prohibición de venta de tabaco a los menores de 18 años y adviertan sobre los perjuicios para la salud derivados del uso del mismo. Propietario o conductor 50% Clausura Gerencia de la Policía Municipal y Control de la Ciudad (*) 317 Por comercializar cigarros en cajetillas menores a diez unidades, o expender los cigarrillos en forma unitaria o vender cigarrillos sin fi ltro. Propietario o conductor 50% Gerencia de la Policía Municipal y Control de la Ciudad (*) 318 La entrega o distribución de muestras de cualquier producto del tabaco, sean o no gratuitas a menores de 18 años. Propietario o conductor 50% Decomiso de bienes Gerencia de la Policía Municipal y Control de la Ciudad (*) 319 Por permitir o autorizar la instalación o uso de máquinas expendedoras de tabaco o productos de tabaco, en lugares donde tengan acceso menores de 18 años. Propietario o conductor 50% Decomiso de bienes Gerencia de la Policía Municipal y Control de la Ciudad (*) 320 Por permitir o promover la venta de productos de tabaco a cargo de menores de 18 años. Propietario o conductor 100% Clausura Gerencia de la Policía Municipal y Control de la Ciudad (*) 658474-1