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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (28/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 28 de junio de 2011 Artículo 2º.- APROBAR la Nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Jaén, que se adjunta a la presente, la misma que consta de IX Capítulos, VIII Títulos y 216 Artículos. Artículo 3º.- DEJAR SIN EFECTO, toda disposición que se oponga a la presente Norma Municipal. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Ofi cina General de Administración, Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, implementen la aplicabilidad de la presente ordenanza. Artículo 5°.- AUTORIZAR a la Ofi cina de Secretaría General, a través de la Unidad de Imagen Institucional y Protocolo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano”; y a la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, a través de la Unidad de Racionalización, Informática y Sistemas, publicar la Ordenanza e incluir el texto completo de la Norma en el Portal Electrónico de la Municipalidad Provincial de Jaén, para su difusión. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GILMER A. FERNÁNDEZ ROJAS Alcalde de la Provincia de Jaén 658253-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TUMBES Autorizan viaje de la Alcaldesa a Brasil para participar del recorrido por terminales terrestres operados por SOCICAM BRASIL ACUERDO DE CONCEJO Nº 066-2011-MPT-SG Tumbes, 23 de junio de 2011 VISTOS: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 22 de Junio del 2011, carta N° 204-2011-HG, Informe Nº 669-2011/GAL-MPT; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia tal como lo establece la Constitución Política del Estado en su artículo 194º, concordante con la Ley Orgánica de Municipalidades, artículo II de su Título Preliminar; Que, los artículos 2° y 3° de la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la autorización de viajes al exterior se deberá sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad; asimismo, deberá de publicarse en El Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, el artículo 2° del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM- normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, se establece que “…la autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentados en el interés nacional o en el interés especifi co de la institucional, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac…” sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad; Que, el artículo 10° del mismo cuerpo normativo, establece que dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el titular de la entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado; Que, el inciso 11) del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establece que son atribuciones del Concejo Municipal “autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”, por lo que la autorización de viaje deberá ser aprobada por el concejo municipal; Que, con carta N° 204-2011-HG, la Gerente General Giovanna Blanco Aliaga de HECOGROUP, pone de conocimiento que el pasado 12 de junio del presente año en curso sostuvo una reunión con el señor Presidente de la Región de Tumbes, a quien le hizo llegar su invitación a visitar los terminales terrestres operados por SOCICAM BRASIL, Empresa Brasilera de tecnología y servicios para sistemas de integración de transportes, fundada en 1972, encargada de la administración, la operación y el desarrollo comercial de terminales de ómnibus de pasajeros, quienes como empresarios peruanos representantes de la Empresa Brasilera, le es muy importante contar con la presencia de las autoridades más representativas de Tumbes, por lo que extendieron la invitación a la Alcaldesa Provincial de Tumbes fi n de contar con su presencia, y poder realizar el viaje a Brasil para conocer el Terminal Tieteé, campinas y otros de la ciudad de Sau Paulo - Brasil; Que, con Informe Nº 669-2011-MPT- GAL, el Gerente de Asesoría Legal expresa opinión favorable a la autorización de viaje al exterior de la Sra. Alcaldesa con la fi nalidad de realizar las gestiones mencionadas, previa aprobación por el Concejo Municipal, conforme se encuentra señalado en el artículo 9°, numeral 11) de la Ley N°27972, Que, la presencia del representante de esta Municipalidad, es de gran utilidad e importancia para esta comuna, porque en ella se podrá concentrar relaciones y contactos para realizar proyectos en sistema de integración de transportes, a través del hermanamiento de ciudades, apoyo interinstitucional, con los representantes de la Región, haciendo que el costo - benefi cio de este viaje sea positivo para esta Municipalidad, de lo mismo que dará cuenta el benefi ciario en su oportunidad, razones por lo cual se encuentra justifi cado el viaje; Estando al interés institucional y a los artículos 9° numeral 11) y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972. Con la aprobación de Mayoría Califi cada y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta. ACORDÓ: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al país de Brasil del 30 de Junio al 04 de Julio del 2011, para participar del recorrido por terminales terrestres operados por SOCICAM BRASIL, Empresa Brasileña de Tecnología y Servicios para Sistemas de Integración de Transportes, a la Sra. Alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Tumbes Lic. Isabel Marjorie Jiménez Gonzales. El mismo que no irrogara gastos a la entidad. Artículo Segundo.- Dentro de los 15 días calendario posteriores a su retorno al país la Sra. Alcaldesa cuyo viaje se autorizado por el presente acuerdo deberá presentar ante el Concejo Municipal un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá. Artículo Tercero.- El presente acuerdo no libera ni exonera del pago del impuesto o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo Cuarto.- El presente acuerdo será publicado en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal web institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ISABEL MARJORIE JIMENEZ GONZALES Alcaldesa 658257-1 445476