Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2011 (28/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, martes 28 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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Si la Solicitud de Pre-Calificacion ACEPTADA propone un bien mueble o servicio, LOGISTICA le adjuntara al oficio la Valorizacion que la MDR le ofrece al DEUDOR por su propuesta, para que este MORDAZA la decision de aceptarla o no. Dicha Valorizacion se efectuara de acuerdo a lo siguiente: - Para valorizar un bien mueble o servicio, LOGISTICA tendra como referencia el monto senalado en la Solicitud de Pre-Calificacion y en los Valores referenciales que posea. - Para valorizar un bien inmueble, se tendra como referencia el valor establecido por un perito del Cuerpo Tecnico de Tasadores del Peru o del Consejo Nacional de Tasaciones (CONATA). Si el DEUDOR acepta la valorizacion que la MDR le hace por su propuesta, debera de continuar con el Procedimiento de Verificacion Documentaria en RENTAS; en caso contrario, habra culminado su participacion en el proceso. Articulo 13°.- Procedimiento de Verificacion Documentaria en RENTAS Solo si la Solicitud de Pre-Calificacion califica como ACEPTADA por LOGISTICA, el DEUDOR podra seguir con el siguiente Procedimiento en RENTAS. Este Procedimiento de Verificacion Documentaria, se efectuara con la finalidad de que RENTAS asegure que el DEUDOR presente toda la documentacion que se requiere para firmar el Contrato respectivo por el Canje por Deuda. El procedimiento sera como sigue: - El DEUDOR presentara a RENTAS un expediente que debera contener toda la documentacion que se indicara en detalle en la respectiva Directiva de Canje por Deuda. - RENTAS ejecutara el procedimiento correspondiente de Verificacion Documentaria, en funcion a si la propuesta es por un bien mueble, o un bien inmueble o un Servicio. El detalle del Procedimiento de Verificacion Documentaria a seguir, se describira en la respectiva Directiva de Canje por Deuda. - Como resultado del Procedimiento de Verificacion Documentaria, la Solicitud de Acogimiento podra calificar como: o NO ACEPTADA: Cuando el DEUDOR no cumplio con presentar todos los documentos requeridos, o no se presento a firmar el contrato y los demas documentos requeridos, dentro de los plazos establecidos en dias habiles. o ACEPTADA: Cuando el DEUDOR presento todos los documentos requeridos, y se presento a a RENTAS, dentro del plazo establecido. En este caso, La Gerencia de Rentas, comunicara mediante Resolucion Gerencial al DEUDOR, que su Solicitud de Acogimiento califico como ACEPTADA, y le MORDAZA un plazo establecido en dias habiles, para que se acerque a sus oficinas para: - Firmar el Acta de Valorizacion propuesta por la MDR al DEUDOR, en caso de que su propuesta MORDAZA sido en bienes muebles o servicios. - Emitirle y entregarle la Resolucion de Gerencia de Rentas, que aprueba su Solicitud de Acogimiento. - Firmar el Contrato respectivo. Si el DEUDOR en el plazo senalado en dias habiles no se apersona a las oficinas de RENTAS, o lo hace pero no esta de acuerdo con el Acta de Valorizacion, se considerara que el DEUDOR desiste de su Solicitud, y perdera automaticamente la posibilidad de pagar la DEUDA bajo la modalidad de Canje por Deuda. Los plazos establecidos en dias habiles, se indicaran en la respectiva Directiva de Canje por Deuda. Articulo 14°.- Entrega de los bienes y/o servicios Una vez firmado el contrato, el DEUDOR debera cumplir con entregar los bienes y/o servicios, dentro los

plazos acordados y establecidos por MORDAZA partes en el contrato. Articulo 15°.- Conformidad de la transferencia de bienes o prestacion de servicios LOGISTICA, luego de verificar la conformidad de la transferencia de los bienes entregados o el Servicio efectuado por el DEUDOR, emitira un Informe de Conformidad que contendra, entre otros, el importe del bien entregado o del servicio prestado, el cual se aplicara para el pago de la DEUDA, remitiendole MORDAZA de dicho informe a RENTAS, para la acotacion correspondiente. Para el caso de la prestacion de servicio, el Informe de Conformidad se emitira cuantas veces este se realice, utilice o efectue, hasta su agotamiento, el mismo que contendra las caracteristicas senaladas en el parrafo anterior, y el importe correspondiente a cada prestacion efectiva, segun su naturaleza. Articulo 16°.- Cancelacion del monto de la DEUDA El monto a ser aplicado como pago de la DEUDA sera el valor correspondiente al bien entregado o al servicio prestado, conforme se encuentra consignado en el Informe de Conformidad, remitido a RENTAS por LOGISTICA. Con la MORDAZA de la Conformidad emitida por LOGISTICA, y enviada a RENTAS, la Gerencia de Rentas, emitira una Resolucion Gerencial, donde se MORDAZA por imputada o cancelada la deuda, haciendole llegar una MORDAZA de la misma al DEUDOR para su conocimiento y fines del caso. Articulo 17°.- Incorporacion de los bienes Emitida la Resolucion de Gerencia, senalada en el Articulo anterior, LOGISTICA incorporara al patrimonio de la MDR, los bienes indicados en dicha Resolucion, de conformidad con las normas que rigen la administracion de los bienes de los Gobiernos Locales. Articulo 18°.- De las personas que prestan el servicio En la ejecucion del servicio que preste el DEUDOR, el o el personal que designe para la ejecucion del mismo, deberan mantener la confidencialidad de la informacion a la cual tengan acceso. Asimismo, el DEUDOR estara sujeto a un sistema de supervision y evaluacion permanente por parte de la MDR, orientado basicamente a que cumpla con la calidad del servicio, en funcion a las condiciones tecnicas contenidas en el contrato suscrito con la MDR para dichos fines. Al termino del servicio, y despues de verificar que este fue prestado cumpliendo con los terminos del contrato, LOGISTICA procedera a emitir la Conformidad del Servicio, procediendo a entregarle el original al DEUDOR, y a enviar una MORDAZA de la misma a RENTAS, para su conocimiento y fines. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- El pago en bienes o servicios no es compatible con la aplicacion de otros beneficios tributarios. Segunda.- Encarguese a la Gerencia de Rentas y a la Gerencia de Administracion y Finanzas a elaborar la Directiva de procedimientos correspondiente para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza. Tercera.- Facultese a la Gerencia de Administracion y Finanzas, a efectuar las modificaciones contables y presupuestales necesarias, debido a la ejecucion de pagos con bienes y servicios. Cuarta.- Deroguese toda disposicion que contravenga lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando que se registre, publique y cumpla. MORDAZA, a los veintidos dias del mes de junio de dos mil once. MORDAZA PERAMAS MORDAZA MORDAZA 658038-2

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