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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 28 de junio de 2011 445456 fi nes de control con el objeto de supervisar, vigilar y verifi car la gestión, la captación y el uso de los recursos y bienes del Estado; Que, en concordancia con el marco normativo señalado, mediante Resolución de Contraloría N° 131- 2004-CG se aprobó la Directiva Nº 011-2004-CG/GDPC, “Procedimiento para la Ejecución de Acciones Rápidas”, a fi n de regular la actuación inmediata de la Contraloría General de la República en los casos que se requiera su intervención; Que, conforme a lo señalado en el documento de visto, en el marco del proceso de mejora continua de los procesos de control gubernamental es necesario la revisión y modifi cación de diversos aspectos regulados en el “Procedimiento para la Ejecución de Acciones Rápidas”, correspondiendo a este Organismo Superior de Control considerar los fundamentos expuestos sobre la materia por la Corte Suprema de Justicia y lo previsto en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29622, a fi n de actualizar el marco técnico normativo aplicable al Sistema Nacional de Control; coadyuvando de esta manera a la supervisión, vigilancia y verifi cación de los actos y resultados de la gestión pública; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32° de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República: SE RESUELVE: Artículo Primero.- Sustituir el numeral 7.5 de la Directiva N° 011-2004-CG/GDPC “Procedimiento para la ejecución de Acciones Rápidas”, por el texto siguiente: 7.5 Ejecución de la verifi cación.- Aprobada la verifi cación de denuncias, la Comisión de Control designada procederá a ejecutar la verifi cación a fi n de constatar y/o comprobar directamente la información recibida u obtenida sobre el presunto hecho irregular e informar a la mayor brevedad sobre su veracidad y/o razonabilidad. La verifi cación será objeto, acorde a su alcance, de una planifi cación básica y del cumplimiento puntual de las labores de campo, estando facultada la Comisión para aplicar los procedimientos y técnicas de control pertinentes a fi n de agilizar la obtención de la evidencia y documentación sustentatoria en forma ordenada y detallada por cada hecho revelado, a fi n de emitir oportunamente los resultados a que arriben. Previo a la emisión del “Informe de Verifi cación de Denuncias” la Comisión de Control brindará la oportunidad a los funcionarios y servidores públicos vinculados por razón de competencia y/o participación en los hechos o actos presuntamente irregulares, estén o no prestando servicios en la entidad auditada, que presenten en el plazo otorgado sus comentarios y/o aclaraciones de forma individual sobre los aspectos advertidos por la Comisión de Control. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el numeral 8.1 de la Directiva N° 011-2004-CG/GDPC “Procedimiento para la ejecución de Acciones Rápidas”. Artículo Tercero.- Incorporar el numeral 9.1 Disposición Transitoria de la Directiva N° 011-2004-CG/ GDPC “Procedimiento para la ejecución de Acciones Rápidas”, con el texto siguiente: IX. DISPOSICIÓN TRANSITORIA 9.1 Tratándose de hechos ocurridos a partir de la vigencia de la Ley N° 29622, la Comisión de Control tendrá en cuenta lo previsto en la segunda disposición complementaria y fi nal de la citada Ley. Artículo Cuarto.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación y será de aplicación exclusiva e inmediata para las acciones rápidas que se inicien o se encuentren en la etapa de trabajo de campo, por la Contraloría General de la República. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y en la página web de la Contraloría General de la República (www.contraloria.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. FUAD KHOURY ZARZAR Contralor General de la República 658319-1 Autorizan viaje de profesional a Argentina para participar en evento sobre desarrollo de capital en América Latina y el Caribe RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 169-2011-CG Lima, 27 de junio de 2011 VISTOS; la comunicación de fecha 15 de marzo de 2011, suscrita por el Presidente de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas y, los representantes del Banco Mundial, la Federación Internacional de Contadores, el Banco Interamericano de Desarrollo y el Comité de Políticas Públicas Mundiales, así como la Hoja Informativa N° 00036-2011-CG/CT de la Gerencia de Cooperación Técnica de fecha 22 de junio de 2011; CONSIDERANDO: Que, conforme se da cuenta en los documentos de vistos, el Presidente de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), los representantes del Banco Mundial, la Federación Internacional de Contadores (IFAC), el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Comité de Políticas Públicas Mundiales (GPPC), en su condición de organizadores del evento Contabilidad y Responsabilidad para el Crecimiento Económico Regional - CReCER 2011, invitan a la Contraloría General de la República a participar en el referido evento denominado “Desarrollo de capital en América Latina y el Caribe: Un intercambio entre líderes de los sectores público y privado”, que se llevará a cabo del 29 de junio al 1 de julio de 2011 en Buenos Aires, Argentina; Que, el objetivo principal de CReCER, es crear una mayor conciencia sobre la importancia de las buenas prácticas de información fi nanciera y de auditoría para el desarrollo de una economía de mercado próspera y un sector público efi ciente, sentando las bases para el desarrollo económico equitativo y sostenible a nivel regional; habiéndose previsto en la agenda de trabajo de la citada conferencia, tratar entre otros temas técnicos de importancia, el rol de la contabilidad y auditoría para el desarrollo de los mercados de capitales, el rol del auditor en la mejora de la transparencia y de la confi anza en los mercados, la importancia del control público, la adopción e implementación de las Normas Internacionales de Auditoría y las Normas Internacionales de Contabilidad para el sector público; Que, en el marco del proceso de transformación institucional, la Contraloría General de la República, conforme a su Plan Estratégico 2010 – 2012, viene impulsando el intercambio de conocimientos con las instituciones públicas y privadas, así como implantar un nuevo enfoque de control, para cuyo efecto cobra importancia el conocimiento de buenas prácticas y experiencias innovadoras, siendo que los temas técnicos a tratar en el citado evento, permitirán la captación de iniciativas e identifi cación de áreas de interés, orientadas a la mejora del control gubernamental; Que, la Gerencia Central de Auditoría Financiera es el órgano encargado de ejecutar y supervisar las auditorías fi nancieras a las entidades públicas, empresas del Estado y proyectos fi nanciados por organismos multilaterales; emitir el informe de la auditoría a la Cuenta General de la República; y conducir los