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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 2011 (02/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de marzo de 2011 438131 Artículo 2º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente Ordenanza será de aplicación en el área califi cada como Zona de Reglamentación Especial o Zona Centro Tradicional del Distrito de Chaclacayo, que forma parte del denominado Sector 4 del distrito de Chaclacayo, la misma que deberá formar parte de la actualización del Plano de Zonifi cación, aprobado mediante Ordenanza Nº 1099-MML, vigente a la fecha, siendo el área de intervención de la presente Ordenanza la que se encuentra comprendida dentro del cuadrante o poligonal defi nido por: Calle La Floresta, Los Tacones, Los Pinos, Los Robles, La Fontana, Los Álamos y Av. Nicolás Ayllón. Esta Zona de Reglamentación Especial estará su vez dividida en dos sub zonas con características diferentes: Sub Zona “A” y Sub Zona “B”, grafi cadas en el Plano Nº 01, elaborado por la Municipalidad de Chaclacayo, que se aprueba mediante la presente Ordenanza como Anexo 01. Sub Zona “A” defi nido por el cuadrante comprendido entre la Calle El Rosario, Los Pinos, Los Geranios y Av. Nicolás Ayllón. Sub Zona “B” defi nido por el cuadrante comprendido entre la Calle El Rosario, Los Pinos, Calle Los Robles, Calle La Fontana, Calle Los Álamos y Av. Nicolás Ayllón (al Oeste de Sub Zona A) y por calle La Floresta, Los Tacones, Los Geranios y Av. Nicolás Ayllón (al Este de la Sub Zona A). Artículo 3º.- NORMAS ESPECÍFICAS DE LAS SUB ZONAS Aprobar las Normas Específi cas de las Sub Zonas “A” y “B” de la Zona de Reglamentación Especial o Zona Centro Tradicional de Chaclacayo, elaboradas por la Municipalidad de Chaclacayo, las mismas que están contenidas en las Fichas Nº 01 y Nº 02 que forman parte de la presente Ordenanza como Anexo Nº 2. (22 ítems) En concordancia con la zonifi cación actual: RDB y CZ, Residencial de Densidad Baja y Comercio Zonal respectivamente. Artículo 4º.- ÍNDICE DE USOS PARA LA UBICACIÓN DE ACTIVIDADES URBANAS Incorporar en el Índice de Usos del Distrito de Chaclacayo, la ubicación de actividades urbanas para la Zona de Reglamentación Especial o Zona Centro Tradicional de Chaclacayo; según corresponda. Artículo 5º.- ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL Y VIAL Ratifi car que los Proyectos a edifi carse en la Zona de Reglamentación Especial deberán estar sustentados en Estudios de Impacto Vial Ambiental y que abarquen un sector urbano mayor y se orienten a mitigar las posibles afectaciones negativas de las edifi caciones y actividades, sobre las áreas vecinas de carácter estrictamente residencial. DISPOSICIÓN FINAL Establecer que la aprobación de aquellos aspectos referidos a la regulación y reglamentación de los retiros, estacionamientos, cercos, uso de azoteas, aspectos exteriores y normas específicas, respectivamente, que se aprueban mediante la presente Ordenanza, son facultades de competencia de la Municipalidad Distrital, en el marco de la zonificación actual y de conformidad con la legislación vigente, que podrán ser precisadas por normas complementarias de acuerdo a cada caso. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN Alcalde 608078-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES CON O SIN ANEXOS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, lo que deben tener en cuenta para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos: 1.- Junto a toda disposición, con o sin anexos, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete o cd rom con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. 2.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 3.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car, si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 4.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de alto x 24 cm. de ancho. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de Helvetica-Narrow 7 puntos. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete o cd rom o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL