Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2011 (05/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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Norte:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de marzo de 2011

Partiendo del punto Nº 1 ubicada en la naciente de una quebrada sin nombre el limite continua mediante linea recta en direccion noreste hasta llegar al punto Nº 2, naciente de una quebrada sin nombre, prosiguiendo aguas abajo por esta misma quebrada hasta llegar a su desembocadura en una quebrada sin nombre punto Nº 3, para continuar mediante linea recta en direccion noreste hasta llegar a la naciente de una quebrada sin nombre en el punto Nº 4, prosiguiendo aguas abajo hasta su desembocadura en una quebrada sin nombre en el punto Nº 5. Este: Desde el ultimo punto mencionado el limite continua aguas arriba por esta quebrada sin nombre hasta llegar a su naciente en el punto Nº 6, prosiguiendo mediante linea recta en direccion sureste hasta llegar a una quebrada sin nombre en el punto Nº 7, el que continua aguas arriba hasta llegar a su naciente en el punto Nº 8, para continuar mediante linea recta en direccion noreste hasta llegar a la naciente de una quebrada sin nombre en el punto Nº 9, prosiguiendo aguas abajo hasta su desembocadura en el Rio Chiriaco en el punto Nº 10. Sur: Desde ultimo punto mencionado, el limite continua aguas arriba por la quebrada Cangasa hasta alcanzar al extremo oriental de la Reserva Comunal Chayu Nain; para luego continuar por esta misma Reserva Comunal por su limite este, norte y oeste hasta alcanzar en el punto Nº 11 ubicada en el extremo occidental de la Reserva Comunal, prosiguiendo mediante linea recta en direccion suroeste hasta llegar a la naciente de la quebrada Aramango en el punto Nº 12. Oeste: Desde el ultimo punto mencionado, el limite continua aguas abajo por la quebrada Aramango hasta

llegar al punto Nº 13, prosiguiendo mediante linea recta en direccion noroeste hasta llegar al punto Nº 14, naciente de una quebrada sin nombre, para continuar aguas abajo hasta llegar a su desembocadura en una quebrada sin nombre en el punto Nº 15, el limite continua mediante linea recta en direccion noreste, hasta llegar al punto Nº 1 inicio de la presente memoria descriptiva. LISTADO DE PUNTOS
COORDENADAS UTM PUNTO 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 ESTE 796 302,0097 802 384,0093 803 783,0091 807 543,0089 808 963,0088 809 522,0088 811 378,0087 812 652,0085 814 848,0084 821 168,0080 797 726,0400 794 644,0097 794 640,0097 793 613,0099 793 461,0099 NORTE 9 403 486,0004 9 406 691,0004 9 408 332,0004 9 410 055,0004 9 411 075,0004 9 408 115,0004 9 406 522,0003 9 402 998,0004 9 403 145,0003 9 401 667,0004 9 390 575,2284 9 390 481,0004 9 392 737,0004 9 396 525,0004 9 398 791,0004

La version oficial impresa y digital de los limites de la MORDAZA de amortiguamiento se encuentra en el expediente que sustenta la presente Resolucion Presidencial y en el SERNANP, respectivamente por lo que constituye en lo sucesivo el principal documento e institucion a los que debera recurrirse en materia de ordenamiento territorial a todo nivel .

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu. com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotiza@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 3 paginas o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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