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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2011 (14/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 14 de marzo de 2011 438943 ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Aprueban publicación de proyecto de Resolución que contiene propuesta de metodología para la determinación de pagos adicionales por exceso de concentración respecto de Valores Máximos Admisibles de descargas de aguas residuales, derogación del literal “j” del artículo 47º del Reglamento General de Tarifas, modificación del artículo 42º del Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento, modificación del Anexo 4 del Reglamento General de Supervisión, Fiscalización y Sanción de las EPS y otras normas RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 009-2011-SUNASS-CD Lima, 7 de marzo de 2011 VISTO: El Informe Nº 009-2011-SUNASS/100 presentado por la Gerencia de Políticas y Normas, que contiene: (i) la propuesta de metodología para la determinación de los pagos adicionales por exceso de concentración respecto de los Valores Máximos Admisibles de las descargas de aguas residuales no domésticas en el servicio de alcantarillado, (ii) la derogación del literal “j” del artículo 47º del Reglamento General de Tarifas aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS- CD, (iii) la modifi cación del artículo 42º del Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 011- 2007-SUNASS-CD, y (iv) la modifi cación del Anexo 4 “Tabla de infracciones y sanciones” del Reglamento General de Supervisión, Fiscalización y Sanción de las EPS, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 003-2007-SUNASS-CD, entre otros y su correspondiente Exposición de Motivos; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3.1º de la Ley Nº 27332 -Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos-, señala que los Organismos Reguladores ejercen la función normativa que comprende la facultad de dictar en el ámbito y materia de sus respectivas competencias, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las Entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, el artículo 5º del Reglamento General de la SUNASS, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, establece el Principio de Transparencia en virtud del cual las decisiones de la SUNASS serán debidamente motivadas y las decisiones normativas y/o reguladoras serán prepublicadas para recibir opiniones de los administrados; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20º del Reglamento General de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento y el artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; El Consejo Directivo en Sesión Nº 004-2011; HA RESUELTO: Artículo 1º.- Aprobar la publicación del proyecto de Resolución de Consejo Directivo que contiene (i) la propuesta de metodología para la determinación de los pagos adicionales por exceso de concentración respecto de los Valores Máximos Admisibles de las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de recolección del servicio de alcantarillado, (ii) derogación del literal “j” del artículo 47º del Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD, (iii) modifi cación del artículo 42º del Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 011-2007-SUNASS-CD, (iv) modifi cación del Anexo 4 “Tabla de infracciones y sanciones” del Reglamento General de Supervisión, Fiscalización y Sanción de las EPS, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 003-2007-SUNASS-CD, y (v) otras normas complementarias, su correspondiente Exposición de Motivos, y disponer su publicación en la página web de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). Artículo 2º.- Otorgar a los interesados un plazo de quince (15) días calendario contados desde el día siguiente a la fecha de la publicación de la presente resolución, para que presenten sus comentarios sobre el proyecto de Resolución de Consejo Directivo y su Exposición de Motivos señalados en el artículo anterior, en el local de la SUNASS ubicado en Av. Bernardo Monteagudo Nº 210 - 216, Magdalena del Mar, o por vía electrónica al correo: gpn@sunass.gob.pe. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia de Políticas y Normas de la SUNASS, el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten. Con el voto aprobatorio de los señores Consejeros José Eduardo Salazar Barrantes, Jorge Luís Olivarez Vega y Julio Baltazar Durand Carrión. Regístrese y publíquese. JOSÉ EDUARDO SALAZAR BARRANTES Presidente del Consejo Directivo 613498-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Modifican los Capítulos I y X del Reglamento Interno de Cavali S.A. ICLV RESOLUCIÓN CONASEV Nº 023-2011-EF/94.01.1 Lima, 1 de marzo de 2011 VISTOS: El expediente N° 2010031243 así como el Informe N° 097-2011-EF/94.06.1 de fecha 08 de febrero de 2011 presentado por la Dirección de Mercados Secundarios, con la opinión favorable de la Gerencia General;