Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2011 (14/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 14 de marzo de 2011

Que, el articulo 228° de la Ley del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Legislativo N° 861, modificado por Decreto Legislativo N° 1061, establece que CONASEV aprueba los estatutos y reglamentos internos de las instituciones de compensacion y liquidacion de valores, asi como controla y supervisa las actividades de las mencionadas instituciones; Que, de conformidad con el articulo 26° del Reglamento de Instituciones de Compensacion y Liquidacion de Valores, aprobado por Resolucion CONASEV N° 03199-EF/94.10, corresponde a CONASEV aprobar los reglamentos internos de las referidas instituciones de compensacion y liquidacion de valores, asi como sus modificaciones, en forma previa a su aplicacion; Que, Cavali S.A. ICLV solicito la modificacion del Capitulo I "De las Disposiciones Preliminares y Definiciones" y Capitulo X "De los Servicios de Informacion" de su Reglamento Interno, aprobado por Resolucion CONASEV N° 057-2002-EF/94.10, asi como la inclusion del Capitulo XIV "Del Servicio de Matricula" a dicho reglamento, para lo cual presento la informacion exigida por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo N° 056-2002-EF; Que, la modificacion solicitada tiene por finalidad regular la prestacion del servicio de informacion al MORDAZA que CAVALI pretende brindar a los participantes, inversionistas institucionales en general, empresas consultoras, centros de investigacion y demas agentes del MORDAZA, y la prestacion del servicio de matricula de acciones representadas mediante certificados fisicos que CAVALI pretende brindar a emisores con valores inscritos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, de la evaluacion a la documentacion y sustento presentado por Cavali S.A. ICLV, resulta atendible modificar el Reglamento Interno MORDAZA mencionado; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 11, inciso e), del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores, aprobado mediante Decreto Ley N° 26126, asi como lo acordado por el Directorio de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores reunido en sesion del 14 de febrero de 2011; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar los Capitulos I y X del Reglamento Interno de Cavali S.A. ICLV, sustituyendo los articulos que se indican a continuacion: "CAPITULO I.- DE LAS DISPOSICIONES PRELIMINARES Y DEFINICIONES (...) Articulo 3°.- Definiciones Para los efectos del Reglamento Interno, se listan a continuacion los terminos utilizados en los distintos Capitulos de este, con sus respectivas definiciones. 1. Accionista: Aquel que en forma individual o bajo el regimen de copropiedad mantenga a su nombre acciones registradas en el Registro de Matricula. 2. Afectacion(es): Constitucion de derechos reales, cargas y gravamenes sobre Valores Anotados en Cuenta mediante la correspondiente inscripcion en el Registro Contable y/o sobre acciones representadas en certificados fisicos mediante la correspondiente inscripcion en el Registro de Matricula. 3. AFP: Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. 4. Agente Liquidador: Entidad financiera a traves de la cual CAVALI centraliza el MORDAZA de liquidacion de fondos de las operaciones realizadas en las Bolsas y en los mecanismos centralizados de negociacion. 5. Agente Promotor: Sociedad Agente que, previa autorizacion de la BVL, cumple la funcion de promover la liquidez de los valores listados en dicha bolsa.

6. Agente Retenedor: Es la entidad norteamericana que se encarga de retener y entregar al Gobierno Norteamericano, los impuestos que de acuerdo a las Leyes de los Estados Unidos de Norteamerica, graven actualmente o en el futuro, los Pagos de los valores depositados en la Cuenta CAVALI-DTC. 7. Banco(s) Liquidador(es): Entidad financiera a traves de la cual los Participantes Directos, reciben y transfieren fondos al Agente Liquidador, de las operaciones realizadas en las Bolsas y en los mecanismos centralizados de negociacion. 8. Banco(s) Pagador(es): Entidad financiera a traves de la cual CAVALI, por encargo de los emisores o quien los represente, efectua el pago de derechos y beneficios en efectivo provenientes de los valores inscritos en el Registro Contable. 9. BCRP: Banco Central de Reserva del Peru. 10. BdR: Bonos de Reconocimiento. 11. BVL: Bolsa de Valores de Lima. 12. Bolsas: Las Bolsas de Valores. 13. CAVALI: CAVALI S.A. ICLV. 14. Comite: Comite Administrador del Fondo. 15. Comprobante de Pago: Todos aquellos regulados en la normatividad tributaria vigente. 16. CONASEV: Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores. 17. Cuenta de Emisor(es): Cuenta asignada al Emisor para el registro de los Valores Anotados en Cuenta que hayan emitido, y se encuentren inscritos a nombre de los Titulares. 18. Cuenta(s) Matriz(ces): Cuenta asignada al Participante para el registro de los Valores Anotados en Cuenta, de su propiedad o de la de sus Titulares, segun corresponda. 19. Cuenta CAVALI-DTC: Cuenta de valores asignada a CAVALI por parte de DTC, en su calidad de Participante Directo, en la que se encuentran depositados los Valores que fueran elegibles para DTC, los mismos que son Anotados en Cuenta en el Registro Contable a cargo de CAVALI. 20. Cuenta Efectivo: Cuenta Contable registrada en CAVALI en la que se acreditan los fondos que hubieran sido transferidos a la cuenta que mantiene CAVALI en el Agente Liquidador por instruccion del Participante Directo encargado de la Liquidacion a traves de su Banco Liquidador y/o los fondos producto de la liquidacion de obligaciones pagadas a favor de dicho Participante, asi como las devoluciones de margen de garantia, de ser el caso, en estos dos ultimos casos, cuando los fondos aun se mantienen en la cuenta de CAVALI en el Agente Liquidador. Asimismo, desde dicha cuenta se debitaran los fondos para la cancelacion de las obligaciones del Participante Directo encargado de la liquidacion. Esta cuenta refleja los fondos asignados a dicho Participante, producto de la liquidacion de sus operaciones, en la cuenta que mantiene CAVALI en el Agente Liquidador. El saldo de la Cuenta Efectivo, culminado el MORDAZA de cierre del dia, debe ser cero. El cargo y abono realizados desde y hacia la Cuenta Efectivo, son irreversibles. 21. Desafectacion(es): Levantamiento de la inscripcion de los derechos reales, cargas y gravamenes realizados sobre Valores Anotados en Cuenta. 22. Dias: Los utiles. 23. Directorio: Directorio de CAVALI. 24. DTC: Depository Trust Company, empresa dedicada a la compensacion y liquidacion de valores, organizada de acuerdo a las leyes del Estado de Nueva MORDAZA, Estados Unidos de America. 25. Emisor(es): Los Emisores son entidades de derecho publico o de derecho privado, que emiten valores, los cuales pueden ser registrados en el Registro Contable. 26. Emisor Extranjero: Emisor constituido en el exterior. 27. Entidad(es): Comprende al Emisor o su representante, Participante Directo o Participante Indirecto o Agente Promotor. 28. Fecha de Canje: es la fecha en la que se hacen efectivos los acuerdos del Emisor que involucren intercambio de valores, derechos u otro beneficio.

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