Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2011 (14/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 14 de marzo de 2011

Presidentes del Primer y MORDAZA MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Sur, respectivamente, Licencia sin Goce de Haber, mientras tengan que ejercer dichos cargos durante el presente ano, desde la fecha de su Juramentacion: 11 de marzo del 2011 hasta que concluyan las funciones inherentes a dichos cargos, dandose cuenta a la Sala Plena. En este sentido, y, en aras de cautelar la continuidad del servicio de administracion de justicia en esta Corte Superior de reciente creacion, corresponde designar a los Jueces Provisionales o Supernumerarios que asumiran las funciones de los Jueces Titulares del Juzgado Civil de MORDAZA MORDAZA del Triunfo (antes Primer Juzgado Mixto) y del Primer Juzgado Penal de San MORDAZA de Miraflores (antes Juzgado Penal), mientras dure el periodo de licencia durante el cual se desempenen como Presidentes del Primer y MORDAZA MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Sur, respectivamente. Al respecto, se debe precisar que, para el caso de designaciones de Jueces Provisionales o Supernumerarios en el Distrito Judicial de MORDAZA Sur, estas se realizan en base a la normatividad administrativa pertinente, bajo un estricto analisis de los perfiles de cada uno de los profesionales que asumiran las funciones de la judicatura, para lo cual se tiene en consideracion su capacidad e idoneidad, ademas de lo previsto en el articulo 2º de la Ley de la MORDAZA Judicial Nº 29277, y los requisitos exigidos por ley. El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la politica interna con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en pro de los justiciables; y, en virtud de dicha atribucion se encuentra facultado para designar, reasignar, ratificar y/o dejar sin efecto la designacion de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que esten en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Por tanto, en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3), 4) y 9) del articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- CONCEDER Licencia sin Goce de Haber a la Juez Titular del Juzgado Especializado Civil de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LOPEZ; mientras tenga que ejercer el cargo de Presidente del Primer MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Sur, desde el 11 de marzo del 2011 (fecha de su juramentacion) hasta que culmine sus funciones, dandose cuenta a la Sala Plena. Articulo Segundo.- DESIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Supernumerario del Juzgado Especializado Civil de MORDAZA MORDAZA del Triunfo; mientras dure la licencia concedida a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, del 11 de marzo del presente ano hasta que culmine sus funciones; con retencion por este tiempo de su cargo de Secretario de Sala al que se reincorporara al termino de la licencia de su titular. Articulo Tercero.- CONCEDER Licencia sin Goce de Haber a la Juez Titular del Primer Juzgado Especializado Penal de San MORDAZA de Miraflores, doctora MORDAZA MORDAZA YANA; mientras ejerza el cargo de Presidente del MORDAZA MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Sur, desde el 11 de marzo del 2011 (fecha de su Juramentacion) hasta que culmine sus funciones, dandose cuenta a la Sala Plena. Articulo Cuarto.- DESIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Supernumeraria del Primer Juzgado Especializado Penal de San MORDAZA de Miraflores; durante el tiempo de licencia concedido a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, vencida dicha licencia debera retornar al Juzgado de Paz Letrado Penal de San MORDAZA de Miraflores Turno "A" donde viene laborando actualmente. Articulo Quinto.- DESIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Supernumeraria del Juzgado de Paz Letrado Penal Turno "A" de San MORDAZA de Miraflores; durante el tiempo

de permanencia de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el Primer Juzgado Penal de San MORDAZA de Miraflores. Articulo Sexto.- Se precisa que los magistrados designados deberan llevar a cabo todas las diligencias programadas en los organos jurisdiccionales donde han sido designados, bajo responsabilidad. Articulo Septimo.- Hacer de conocimiento la presente resolucion al Senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscalia de la Nacion, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de MORDAZA Sur, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de MORDAZA Sur, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur, Oficina de Administracion Distrital de esta Corte Superior de Justicia, y Magistrados para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA CARTOLIN MORDAZA Presidente Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur Poder Judicial 613502-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Regulan el MORDAZA de presupuesto participativo 2012 en el distrito
ORDENANZA Nº 211 San MORDAZA de Lurigancho, 9 de marzo del 2011 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO; Visto en la Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha el Memorandum Nº 281-2011-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal, los Informes Nºs. 019 y 026-2011GP/MDSJL de la Gerencia de Planificacion, el Informe Nº 067-11-GAJ-MDSJL de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Informe Nº 0031-2011-SGPV/GDS/MDSJL de la Sub Gerencia de Participacion Vecinal, en relacion a la aprobacion del proyecto de Ordenanza que regula el MORDAZA de Presupuesto Participativo 2012 en el Distrito de San MORDAZA de Lurigancho. CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA parrafo del articulo 31º, de la Constitucion Politica del Peru, precisa que es derecho y deber de los vecinos participar en el Gobierno Municipal de su jurisdiccion; Que, los numerales 1 y 2 del articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, Capitulo XIV, del Titulo IV, sobre Descentralizacion, establece que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economia local y la prestacion de servicios publicos en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo, estableciendose que, son competentes para aprobar su organizacion interna, su presupuesto y aprobar el Plan de Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo con la Sociedad Civil; Que, los articulos 197º y 199º de la Constitucion Politica del Peru, establecen que los Gobiernos Locales formulan y aprueban el Plan de Desarrollo Concertado

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