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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2011 (22/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 22 de marzo de 2011 439366 las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial; Que, artículo 82º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, señala que excepcionalmente el Ministerio podrá disponer la modifi cación de ofi cio de las características técnicas autorizadas en caso de cumplimiento de las Normas Técnicas del Servicio de radiodifusión y otras normas técnicas que emita el ministerio; Que, con Resolución Viceministerial Nº 182-2004- MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF, para distintas localidades del departamento de Lima, los mismos que fueron ratifi cados mediante Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modifi cado por Resoluciones Viceministeriales Nº(s) 265-2010-MTC/03 y 482-2010-MTC/03; Que, conforme lo dispuesto por el artículo 4º de la Resolución Viceministerial Nº 182-2004-MTC/03, ratifi cada mediante Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modifi cado por Resoluciones Viceministeriales Nº(s) 265-2010-MTC/03 y 482-2010-MTC/03, los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados pueden modifi carse de ofi cio, a fi n de optimizar el uso del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, mediante Resolución Suprema Nº 019-2009- MTC se adoptó el estándar ISDB-T (Integrated Services Digital Broadcasting Terrestrial) como el sistema de televisión digital terrestre para el Perú; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 150-2010- MTC/03, se modifi caron las Notas P11A y P51 del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias-PNAF atribuyendo para televisión digital terrestre las bandas 470-608 MHz y 614-698 MHz y reservando la banda de 698-806 MHz. Asimismo, señala que las frecuencias previamente asignadas podrán continuar siendo utilizadas para la transmisión analógica y los titulares de las estaciones analógicas autorizadas previamente en la banda 698- 746 MHz (Ch 52 al 59) migrarán pudiendo utilizar para la transmisión señales analógicas, sujetos a los plazos y condiciones que determine el Ministerio; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 393-2011- MTC/28, propone la modifi cación del plan de canalización y asignación de frecuencias del servicio de radiodifusión por televisión en UHF, a fi n de incluir el código de área y la migración de las estaciones de la banda de 698-746 MHz (Ch 52 al 59) de acuerdo a lo establecido en la Nota P11A del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias (PNAF); Que, asimismo, la citada Dirección General señala que, en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, sus modifi catorias y en el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, sus modifi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021- 2007-MTC; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el artículo 1° de la Resolución Viceministerial Nº 182-2004-MTC/03, ratifi cada mediante Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, modifi cada por Resoluciones Viceministeriales Nº(s) 265- 2010-MTC/03 y 482-2010-MTC/03 que aprobó los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF del departamento de Lima, a fi n de incluir el código de área y la migración de las estaciones de la banda de 698-746 MHz (Ch 52 al 59) de acuerdo a lo establecido en la Nota P11A del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias (PNAF) en el Plan de la localidad de Lima, conforme se indica a continuación: Localidad: Lima Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias Canal Rango (MHz) Frec. Central (MHz) 15 476 - 482 479+1/7 16 482 - 488 485+1/7 17 488 - 494 491+1/7 18 494 - 500 497+1/7 19 500 - 506 503+1/7 20 506 - 512 509+1/7 21 512 - 518 515+1/7 22 518 - 524 521+1/7 23 524 - 530 527+1/7 24 530 - 536 533+1/7 25 536 - 542 539+1/7 26 542 - 548 545+1/7 27 548 - 554 551+1/7 28 554 - 560 557+1/7 29 560 - 566 563+1/7 30 566 - 572 569+1/7 31 572 - 578 575+1/7 32 578 - 584 581+1/7 Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias Canal Rango (MHz) Frec. Central (MHz) 33 584 - 590 587+1/7 34 590 - 596 593+1/7 36 602 - 608 605+1/7 38 614 - 620 617+1/7 39 620 - 626 623+1/7 40 626 - 632 629+1/7 41 632 - 638 635+1/7 42 638 - 644 641+1/7 43 644 - 650 647+1/7 44 650 - 656 653+1/7 45 656 - 662 659+1/7 46 662 - 668 665+1/7 47 668 - 674 671+1/7 48 674 - 680 677+1/7 49 680 - 686 683+1/7 50 686 - 692 689+1/7 51 692 - 698 695+1/7 Total de Canales ISDB-T: 35 Código de Área: 000010000001 (binario) Condiciones Técnicas í Las plantas de transmisión deben ubicarse en el Cerro Marcavilca. í Se debe cumplir con las especifi caciones de la Máscara Crítica, defi nida en el numeral 7.5.1 (Característica de la máscara del espectro de transmisión) de la Norma ABTN NBR 15601 í La máxima e.r.p. para las estaciones de televisión digital terrestre (ISDB-T) es de 240 KW. í La máxima e.r.p. para las estaciones de televisión analógica (NTSC-M) es de 1000 KW. Nota: í De acuerdo a lo establecido en la Nota P11A del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias –PNAF, los canales previamente asignados podrán continuar siendo utilizados para la transmisión de señales analógicas y los canales asignados en la banda 698-746 MHz (Canales 53, 55, 57 y 59) deberán migrar, pudiendo utilizar para la transmisión señales analógicas sujetos a los plazos y condiciones que determine el Ministerio. Artículo 2º.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas