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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de marzo de 2011 439704 Aprueban texto de Addenda N° 1 al Contrato de Fideicomiso en Administración “Fideicomiso Privado Nuevo Aeródromo para la Escuela de Aviación Civil”, a celebrarse entre el Ministerio, DH Mont & CG & M S.A.C. y La Fiduciaria S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 219-2011-MTC/01 Lima, 25 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial No. 119-2009- MTC/02 de fecha 11 de febrero de 2009, se declaró de interés nacional el Proyecto Construcción de un aeródromo de uso público, así como las instalaciones necesarias para el desarrollo de actividades formativas de la aviación civil y todas aquellas que le son inherentes, en el terreno de 11 766 758,34 m2, ubicado a la altura de los Kilómetros 181 y 183 de la Carretera Panamericana Sur, distrito de Grocio Prado, provincia de Chincha, departamento de Ica; Que, mediante Resolución Ministerial No. 220-2010- MTC/02 de fecha 10 de mayo de 2010 se aprobó el texto del “Contrato para el Desarrollo del Proyecto Inmobiliario y la Construcción del Nuevo Aeródromo” en el extremo del Capítulo Cuarto que comprende al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, así como el texto del Contrato de Fideicomiso en Administración “Fideicomiso Privado Nuevo Aeródromo para la Escuela de Aviación Civil”; Que, el Contrato para el Desarrollo de Proyecto Inmobiliario y la Construcción del Nuevo Aeródromo fue suscrito con fecha 11 de mayo de 2010 por el Consorcio DHMONT & CG & M S.A.C., la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones – MTC, con la intervención del MTC específi camente en lo referido al Capítulo Cuarto y al Anexo D del contrato, vinculados con la Construcción del Nuevo Aeródromo para la Escuela de Aviación Civil; Que, en el citado contrato, DH MONT & CG & M S.A.C. asumió la obligación frente al Ministerio de Transportes y Comunicaciones de elaborar el expediente técnico y construir un nuevo aeródromo para la Escuela de Aviación Civil; Que, el Contrato de Fideicomiso en Administración “Fideicomiso Privado Nuevo Aeródromo para la Escuela de Aviación Civil” fue suscrito con fecha 11 de mayo de 2010 por el Consorcio DH MONT & CG & M S.A.C en calidad de fi deicomitente, La Fiduciaria S.A. en calidad de fi duciario y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones en calidad de fi deicomisario, con el objeto de constituir un fi deicomiso en administración para la construcción del nuevo aeródromo para la Escuela de Aviación Civil; Que, mediante Ofi cio No. 141-2011-MTC/12 del 01 de febrero de 2011, la Dirección General de Aeronáutica Civil – DGAC propuso a DH MONT & CG & M S.A.C. la modifi cación de los contratos en lo referido a la formulación del expediente técnico y a la supervisión del equipamiento aeronáutico; Que, mediante Carta No. 39-2010-GG P/D N° 024579 del 25 de febrero de 2011, DH MONT & CG & M S.A.C. otorga su conformidad y plantea modifi caciones adicionales al Proyecto de Addenda No. 01 al Contrato de Fideicomiso en Administración “Fideicomiso Privado Nuevo Aeródromo para la Escuela de Aviación Civil”; Que, mediante comunicación LEG – 0357-2011-0003 del 02 de marzo de 2011, la empresa La Fiduciaria S.A. manifi esta su plena conformidad con las modifi caciones y texto del Proyecto de Addenda No. 1 antes referido; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, mediante Informe No. 188-2011-MTC/12 del 14 de marzo de 2011 ha manifestado su conformidad con el texto de las modifi caciones, opinando favorablemente por la suscripción de la Addenda No. 01, toda vez que viabilizará la construcción del aeródromo; Que, en consecuencia es necesario aprobar el texto de Addenda No. 1 del citado contrato, así como autorizar al funcionario que lo suscribirá en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo dispuesto por la Ley No. 29370 y el Decreto Supremo No. 021-2007-MTC y Ley No. 27261; SE RESUELVE : Artículo 1.- Aprobar el texto de la Addenda No. 1 al Contrato de Fideicomiso en Administración “Fideicomiso Privado Nuevo Aeródromo para la Escuela de Aviación Civil”, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución, a celebrarse entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, DH MONT & CG & M.S.A.C y la empresa La Fiduciaria S.A. a que se hace referencia en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Autorizar al Director General de Aeronáutica Civil a suscribir en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Addenda del contrato materia del artículo precedente, así como los documentos que resulten necesarios para su formalización. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 620115-1 Renuevan autorización a la Empresa Peruana de Comunicación E.I.R.L. - Radio Latina para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en el distrito de Huacho, departamento de Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 193-2011-MTC/03 Lima, 18 de febrero de 2011 VISTO, el escrito de registro Nº 2010-015105, presentado por la EMPRESA PERUANA DE COMUNICACIÓN E.I.R.L. – RADIO LATINA, sobre renovación de su autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Huacho, provincia de Huaura, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 287- 2001-MTC/15.03 del 30 de abril de 2001, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 05 de mayo de 2001; se renovó la autorización a la EMPRESA PERUANA DE COMUNICACIÓN E.I.R.L. – RADIO LATINA, para continuar operando una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) ubicada en el distrito de Huacho, provincia de Huaura, departamento de Lima, con vencimiento al 31 de mayo de 2010; Que, con escrito de registro Nº 2010-015105 del 16 de abril de 2010, la EMPRESA PERUANA DE COMUNICACIÓN E.I.R.L. – RADIO LATINA, solicitó la renovación de su autorización que le fuera otorgada para operar la estación radiodifusora sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Huacho, provincia de Huaura, departamento de Lima; Que, las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión se otorgan por el plazo máximo de diez (10) años, renovables por períodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 15º de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, concordado con el artículo 67º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión – Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, el artículo 69º del mencionado Reglamento establece las condiciones a las cuales se sujeta la renovación de las autorizaciones para la prestación del