Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2011 (30/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

440014

NORMAS LEGALES
E40.2.0.06

El Peruano MORDAZA, miercoles 30 de marzo de 2011

I y II, con el numeral G.50.2 0 7 indicando ubicacion conforme en zonificaciones Comercio Vecinal - CV, Comercio ZonalCZ, Industria Elemental y Complementaria-11, Industria Liviana-I2, Gran Industria-I3 e industria pesada-14, siempre que cumplan con el area minima. Tercera.- Incorporar en el Indice de Usos para el Area de Tratamiento Normativo I y II, los siguientes numerales; E40.2.0.05 Planta envasadora de Gas Licuado de Petroleo

Estacion de Compresion de Gas Natural

G50.5.0.7 Taller de Conversion Vehicular a Gas G50.5.0.01 Venta de Combustibles y grifos. G50.0.03 G50.0.04 Establecimientos de Venta de GNV Establecimientos de Gas Licuado de Petroleo.

De la siguiente manera: RDM RDA VT CV CZ CM 11 12 13 \A R R X R R R R R X R R R R R X R R R

EDIFICACION. HU E E G G G u 40 ta 50 50 50 5C 2 2 2 5
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INDICE DE USOS PARA LA UBICACION DE ACTIVIDADES URBANAS

0 05 `'1 AN'AS ENVASADORAS DE GAS LICUADO DE PETROLEO 0 06 ESTASCION D£ COMPRESION DE GAS NATURAL 0 7 TALLER DE CONVERSION VEHICULAR A GAS (AREA MINIMA 300.00 M2) (i I VENTA DE COMBUSTIBLES Y GRIFOS c 2 ESTABLECIMIENTO OE VENTA DE GAS NATURAL (GNV) c 1 ESTABLECIMIENTO DE VENTA DE GAS LICUADO DE PETROLEO (GLP)

X R R R

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X R R R

X R R R

(R) Debera cumplir con la presente Ordenanza En el Area de Tratamiento Normativo III, Los Establecimientos de Venta de Gas Licuado de Petroleo y Establecimiento de Venta de Gas Natural Vehicular, encuentra ubicacion conforme en Zonificacion Comercial siempre que se ubiquen en esquina con una via principales. Cuarta.- Deroguense toda normas Municipal que se opongan a la presente Ordenanza. Quinta.- Difundase el contenido de la presente Ordenanza para su obligatorio cumplimiento Sexta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial que ordena la Ley. POR TANTO MANDO: Registrase, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA MORDAZA Provincial 620861-1

PROYECTO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Proyecto de Resolucion que aprueba el Peaje Unitario por Compensacion a ser adicionado al Peaje del Sistema MORDAZA de Transmision y Sistema Complementario de Transmision para el periodo MORDAZA 2011 - MORDAZA 2012
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 057-2011-OS/CD MORDAZA, 29 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 4.1 de la Clausula Cuarta de la Adenda al Contrato BOOT aprobada por Resolucion Suprema Nº 037-2010-EM, publicada el 29 de MORDAZA de 2010, OSINERGMIN tiene un plazo de sesenta (60) dias calendarios, contados desde el 06 de MORDAZA de 2010, fecha en la que se suscribe la referida Adenda, para determinar el primer Monto Unitario Anual a ser adicionado al Peaje del Sistema MORDAZA de Transmision (SST) y Sistema Complementario de Transmision (SCT), calculo que debe considerar la compensacion desde el 08 de MORDAZA de 2010, fecha en la que se aplica la Tarifa Unica de Distribucion hasta el 30 de MORDAZA de 2011; Que, de acuerdo con el "Procedimiento de Aplicacion del Articulo 4° del Decreto Supremo N° 048-2008-EM", aprobado por Resolucion OSINERGMIN Nº 288-2009OS/CD, dicho Monto Unitario se denomina Peaje Unitario por Compensacion; Que, con fecha 26 de junio de 2010, se publico en el Diario Oficial El Peruano la Resolucion OSINERGMIN Nº 170-2010-OS/CD, mediante la cual se aprobo el Peaje Unitario por Compensacion que se adiciono, a partir del 01 de MORDAZA de 2010 hasta el 30 de MORDAZA de 2011, a los Peajes correspondientes a los Sistemas Secundarios de Transmision y Sistemas Complementarios de Transmision, asignados a la demanda de las Areas de Demanda 6 y 7. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 4º de la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, OSINERGMIN debe publicar, en su pagina Web institucional y en el Diario Oficial El Peruano, el proyecto de la resolucion tarifaria y una relacion de la informacion que sustenta el Proyecto, con una antelacion no menor a 15 dias habiles. En tal sentido corresponde disponer la publicacion del proyecto de resolucion que aprueba el Peaje Unitario por Compensacion que debera adicionarse, a partir del 01 de MORDAZA de 2011 hasta el 30 de MORDAZA de 2012; Que, en virtud del MORDAZA de transparencia, debera otorgarse un plazo para que los interesados puedan emitir sus opiniones y sugerencias al proyecto, las mismas que no tendran caracter vinculante ni daran lugar a procedimiento administrativo, debiendo ser analizadas por OSINERGMIN, al momento de emitir su resolucion

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