TEXTO PAGINA: 8
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de marzo de 2011 440052 correspondientes, con cargo al respectivo presupuesto fi scal; Que, el citado viaje en Misión de Estudios se encuentra considerado en el Rubro 1.- “FORMACIÓN/ CALIFICACIÓN/ESPECIALIZACIÓN”, Ítem Nº 4, del Anexo 01 del Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa para el año 2011, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 015-2011- DE/SG del 13 de enero de 2011; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG de fecha 26 de enero de 2004; Que, de conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM de fecha 5 de junio de 2002, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; y, Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Cadete I Año Christian Nill MACAVILCA PORRAS, identifi cado con DNI Nº 47706637, para realizar el Curso de Formación de ofi ciales en el Colegio Militar de la República Argentina, en el período comprendido del 15 de abril de 2011 al 31 de diciembre de 2014. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: AÑO FISCAL 2011 PASAJES Lima - Argentina - Lima US$ 731.00 x 1 persona (Incluye TUUA) Gastos de traslado (Ida) US$ 500.00 x 2 compensaciones Para los pagos correspondientes a los ejercicios fi scales 2012, 2013 y 2014, se emitirán las resoluciones correspondientes, con cargo al respectivo presupuesto fi scal; Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará el pago de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, que corresponda de acuerdo a la modalidad de la misión por días reales y efectivos de servicios en el exterior, de conformidad con el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG del 25 de julio de 2008, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y civil del Sector Defensa aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el señor Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 622066-12 Autorizan viaje de cadete del Ejército para realizar Curso de Formación de Oficiales en la Escuela Militar de la República Federativa de Brasil RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 117-2011-DE/ Lima, 30 de marzo de 2011 VISTO: La Hoja de Recomendación Nº 010/U-3.c.6.b, de 26 de enero de 2011, del Comando de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, con el documento del Visto, el Comando del Ejército designó al Cadete II Año Huber Alejandro TAPIA BARON, para realizar el Curso de Formación de Ofi ciales en la Escuela Militar de Brasil, por el período comprendido del 15 de abril de 2011 al 31 de diciembre de 2014; Que, para la designación del Cadete antes nombrado, se ha tenido en cuenta su desempeño académico en la Escuela Militar de Chorrillos “Coronel Francisco Bolognesi” AF-2010; Que, es benefi cioso para los intereses Institucionales la participación de un (1) Cadete de la Escuela Militar de Chorrillos “Coronel Francisco Bolognesi”, para realizar Curso de Formación de Ofi ciales en la Escuela Militar de Brasil, por cuanto permitirá disponer de personal con un elevado nivel académico y preparación profesional en un centro de enseñanza militar en el extranjero, así como continuar fortaleciendo las relaciones bilaterales con la República Federativa de Brasil; Que, los gastos que ocasionen el presente viaje en Misión de Estudios, serán sufragados con el presupuesto del Ministerio de Defensa, Ejército de Perú, Año Fiscal - 2011; Que, para los pagos correspondientes a los ejercicios fi scales 2012, 2013 y 2014, se emitirán las resoluciones correspondientes, con cargo al respectivo presupuesto fi scal; Que, el citado viaje en Misión de Estudios se encuentra considerado en el Rubro 1.- “FORMACIÓN/CALIFICACIÓN/ ESPECIALIZACIÓN”, Ítem Nº 9, del Anexo 01 del Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa para el año 2011, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 015-2011 DE/SG del 13 de enero de 2011; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008 DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004; Que, de conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, el