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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2011 (31/03/2011)

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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de marzo de 2011 440055 Educación (www.minedu.gob.pe) en la misma fecha de su publicación, y en la página electrónica de la Dirección de Educación Superior Tecnológica y Técnico Productiva. (http://destp.minedu.gob.pe/). Regístrese y comuníquese. MANUEL ALEJANDRO SOLÍS GÓMEZ Director General de Educación Superior y Técnico Profesional NORMAS NACIONALES PARA EL DESARROLLO DE CURSOS DE EXTENSIÓN Y PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN, ACTUALIZACIÓN O ESPECIALIZACIÓN EN INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO E INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACIÓN I. FINALIDAD Orientar el desarrollo de los cursos de extensión y los procesos de diseño, implementación, ejecución, monitoreo y supervisión, así como autorización de programas de capacitación, actualización o especialización, en Instituto de Educación Superior Tecnológico (IEST) e Instituto Superior de Educación (ISE). II. OBJETIVO Normar los procedimientos para el desarrollo de cursos de extensión, así como el diseño, implementación, ejecución, monitoreo y supervisión de programas de capacitación, actualización o especialización en los IEST e ISE. III. MARCO LEGAL a) Constitución Política del Perú. b) Ley Nº 28044, Ley General de Educación c) Ley Nº 29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior d) Decreto Supremo N° 006-2006-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; modifi cado por los D.S. N°s. 016-2007-ED, 019-2007-ED y 001-2008-ED. e) Decreto Supremo Nº 004-2010-ED, Reglamento de la Ley Nº 29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior. IV. CURSOS DE EXTENSIÓN Los cursos de extensión comprenden actividades de capacitación que conducen a una certifi cación institucional. Dichos cursos deben estar relacionados con las carreras profesionales autorizadas que oferta el IEST o ISE. Los IEST o ISE públicos o privados, podrán ofertar cursos de extensión utilizando la modalidad presencial o semi-presencial, sin interferir el normal desarrollo de las carreras profesionales autorizadas. Estos cursos no requieren ser autorizados por ninguna de las instancias de gestión educativa descentralizada del Ministerio de Educación. El IEST o ISE deberá presentar ante la DRE el plan de actividades a desarrollar que incluye la descripción de los cursos y sustentar que no interfi ere en el desarrollo de las carreras profesionales autorizadas en el local del IEST o ISE presentando los horarios de funcionamiento de los cursos de extensión, y de las carreras profesionales y programas autorizados. Además, deben presentar los formatos de los Anexos 1 y 2 debidamente llenados. El IEST o ISE diseñará los documentos técnico pedagógicos específi cos para los cursos de extensión como nóminas, registros, actas y certifi cados. Los IEST o ISE públicos y privados para ofertar los cursos de extensión deberán tener las condiciones de infraestructura apropiada, equipamiento propio y personal docente califi cado. En el caso de IEST o ISE públicos los docentes nombrados y contratados sólo podrán desarrollar las actividades del curso de extensión, fuera de las horas de su jornada laboral asignada en la resolución de nombramiento o contrato. La denominación del curso de extensión debe ser diferente al de las carreras profesionales y programas autorizados que desarrolla el IEST o ISE. Dicha denominación debe tener el necesario sustento científi co o tecnológico. Los cursos de extensión no podrán tener la misma denominación que los módulos correspondientes a los ciclos básico y medio de la Educación Técnico Productiva. V. PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN, ACTUALIZACIÓN Y ESPECIALIZACIÓN 5.1 Programa de Capacitación Un programa de capacitación comprende un conjunto de acciones formativas, de corto plazo, orientadas a la adquisición y desarrollo de capacidades personales y profesionales de los técnicos, profesionales técnicos, profesionales y público interesado, a fi n de promover la versatilidad, movilidad ocupacional, mejorar el desempeño laboral y empleabilidad. Un programa de capacitación debe responder a las demandas de las organizaciones económicas y productivas y a las necesidades de capacitación de técnicos, profesionales técnicos y profesionales; y se estructura sobre la base de las competencias requeridas por el mercado laboral. Estas competencias son defi nidas, con participación de los empleadores. Tienen las siguientes características: a) Son procesos formativos de corto plazo y están organizados en módulos o asignaturas. b) Están dirigidos a los técnicos, profesionales técnicos, profesionales o personas interesadas. c) Permite el aprendizaje de diversas temáticas relacionadas a las carreras profesionales o programas tecnológicos que se ofertan en el IEST o ISE. d) La capacitación es desarrollada en la modalidad presencial, o semi-presencial. e) Tiene una duración de 36 horas cronológicas como mínimo, equivalentes a 1,5 créditos. Cada crédito equivale a 24 horas de trabajo académico realizado por los participantes. Equivalencia Modalidad Porcentaje Horas mínimas Créditos 24 h <>1 crédito Presencial 100% 36 hrs. 1,5 24 h <>1 crédito Semi-presencial 60% hrs. presencial como mínimo 40% hrs. a distancia como máximo 36 hrs. 1,5 El desarrollo de la capacitación está a cargo de los docentes del IEST o ISE, o profesionales contratados específi camente para este fi n. En el caso de IEST e ISE públicos los docentes nombrados y contratados sólo podrán desarrollar las actividades de capacitación, fuera de las horas de la jornada laboral asignada en su resolución de nombramiento o contrato. Requisitos de acceso: a) Obtener una vacante b) Pago por derecho de capacitación Certifi cación a) Los IEST e ISE generan los certifi cados correspondientes a los programas de capacitación a nombre del Ministerio de Educación de acuerdo al formato establecido por la Dirección de Educación Superior Tecnológica y Técnico Productiva. b) El número del certifi cado es autogenerado y debe ser registrado en el libro de certifi cados de la institución. c) El Director General del IEST o ISE otorgará el certifi cado a los participantes, que aprueben los créditos del plan de estudios del programa de capacitación. 5.2 Programa de Actualización Un programa de actualización comprende un conjunto de acciones formativas, de corto plazo, orientadas al desarrollo, complementación y fortalecimiento de capacidades personales y profesionales de los técnicos, profesionales técnicos y profesionales, a fi n de promover la versatilidad, movilidad ocupacional, mejorar el desempeño laboral y empleabilidad. Un programa de actualización debe responder a las demandas de las organizaciones económicas y