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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2011 (31/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 93

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de marzo de 2011 440137 en concordancia al Artículo 16 del Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por D.S. Nº 040- 2001-MTC; Que, por Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores - Ley Nº 27189, se faculta a las Municipalidades a otorgar las autorizaciones para la prestación del referido servicio; Que, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 20º del Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores - Decreto Supremo Nº 004-2000-MTC; a solicitud de la Municipalidad Distrital competente, la Policía Nacional del Perú procederá a erradicar y poner a disposición de ésta, cualquier vehículo menor que se encuentre prestando servicio especial sin contar con la autorización respectiva, el que será liberado cuando se haya abonado la multa correspondiente que fi jará la autoridad municipal; Que, habiéndose publicado con fecha 09NOV2007, la Ordenanza Nº 069-MDSL, que dispone acogerse a lo establecido por las Ordenanzas del Concejo Metropolitano de Lima que regulan el servicio de transporte de pasajeros y carga de vehículos menores, incorporan procedimientos al TUPA y se sustituye el Cuadro de Infracciones y Sanciones al Reglamento del Servicio de Transporte Público en Vehículos Menores; en su artículo quinto se dispone SUSTITUIR el Cuadro de Infracciones y Sanciones al Reglamento del Servicio de Transporte Público en Vehículos Menores de la Ordenanza Nº 241-MML y modifi catorias, por la Tabla de Infracciones, Sanciones y Medidas Complementarias, que forma parte integrante de la Ordenanza Nº 069-MDSL como Anexo 01, la misma que será de aplicación dentro de la jurisdicción del distrito de San Luis. En dicho anexo se establece como sanción o medida complementaria, para algunas infracciones, el Internamiento del Vehículo en el Depósito Municipal; Que, mediante la Ordenanza N° 072-MDSL, publicada el 22NOV2007 se modifi có el cuadro de Infracciones y Sanciones del Servicio de Transporte de Pasajeros y de Carga de Vehículos Menores aprobado a través de Ordenanza N° 060-MDSL; Que, en atención a lo expuesto en el considerando precedente, resulta necesario implementar adecuadamente los mecanismos e infraestructura debida para la ejecución de dicha sanción o medida complementaria, viabilizando el cumplimiento de la función de control permanente, atribuida a la autoridad municipal; Que, la primera disposición complementaria y modifi catoria de la Ordenanza N° 241-MLM establece que las Municipalidades Distritales dictarán, dentro del ámbito de su jurisdicción, las Ordenanzas y Decretos de Alcaldía necesarios para la aplicación de dicha Ordenanza. Asimismo se señala, las Municipalidades Distritales expedirán las normas pertinentes a efectos de derogar las existentes que se opongan a dicha Ordenanza o en su defecto las adecuarán; Que el Artículo 42º de la Ley Nº 27972, preceptúa que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente Administración Municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y los artículos 20º inciso 6); y, 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972. DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER como Depósito Municipal para el Internamiento de Vehículos Menores, en el marco de la Ordenanza N° 069-MDSL y sus modifi catorias, a las siguientes instalaciones: 1) La Base de Serenazgo, ubicado en la Av. Manuel Echeandía intersección con la Av. Nicolás Arriola s/n (frente a Entel) – San Luis 2) El Estadio Municipal, ubicado en la Av. Mariscal Domingo Nieto Cuadra 2 s/n – San Luis. Artículo Segundo.- APROBAR el Reglamento para la Operación y Funcionamiento del Depósito Municipal y para el Internamiento y Liberación de Vehículos Menores en el Distrito, el cual consta de cuatro (04) Títulos y diez (10) Artículos y forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Tercero.- APROBAR los Formularios denominados Papeleta de Infracción, Acta de Internamiento y Orden de Liberación, los mismos que, como anexos 01, 02 y 03 forman parte integrante del presente Decreto. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Desarrollo Urbano y la Sub Gerencia de Obras Públicas y Tránsito. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario Ofi cial “El Peruano” y a la Sub Gerencia de Informática y Estadística su difusión en el Portal Institucional y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas. Artículo Sexto.- DISPONER que el presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. RICARDO CASTRO SIERRA Alcalde REGLAMENTO PARA LA OPERACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL DEPÓSITO MUNICIPAL Y PARA EL PROCEDIMIENTO DE INTERNAMIENTO Y LIBERACIÓN DE VEHÍCULOS MENORES EN EL DISTRITO TÍTULO I OBJETIVO Artículo 1.- El presente Reglamento tiene como objeto regular la Operación y Funcionamiento del Depósito Municipal, el procedimiento de Internamiento y Liberación de Vehículos Menores en el distrito de San Luis; para la debida aplicación de las sanciones y medidas complementarias contenidas en el Anexo I de la Ordenanza Nº 069-MDSL y sus modifi catorias, garantizando las condiciones óptimas para la custodia y seguridad de los Vehículos Menores, y por ende la seguridad vial en favor de los vecinos. TÍTULO II BASE LEGAL Artículo 2.- El presente Decreto se sustenta en la: a) Constitución Política del Perú, inciso 4) del Art. 192. b) Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, inciso d) numeral 2.2 del Artículo 73, numeral 3.2) del Art. 81 c) Ley Nº 27189 - Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores d) Decreto Supremo Nº 004-2000-MTC y su modifi catoria Decreto Supremo Nº 009-2000-MTC.- Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores. e) Ordenanza Nº 241-99/MML - Regula el Servicio de Transporte de Pasajeros y de Carga en Vehículos Menores. f) Ordenanza Nº 069-MDSL que dispone el acogerse a lo establecido por Ordenanzas del Concejo Metropolitano de Lima que regulan el servicio de transporte de pasajeros y carga de vehículos menores, incorporan procedimientos al TUPA y se sustituye el Cuadro de Infracciones y Sanciones al Reglamento del Servicio de Transporte Público en Vehículos Menores, y sus modifi catoria Ordenanza N° 072-MDSL. TÍTULO III DEFINICIONES Artículo 3.- Para los efectos del presente reglamento se entenderá por: a) Depósito Municipal: Local provisto de equipamiento y seguridad para el internamiento de vehículos menores. b) Internamiento del Vehículo: Ingreso del vehículo al Depósito Municipal como consecuencia de la aplicación de la sanción complementaria de internamiento. c) Liberación del Vehículo Menor: Salida del vehículo menor, cumpliendo con las exigencias establecidas en el presente Reglamento.