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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2011 (31/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 88

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de marzo de 2011 440132 Que, el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 286-MDL establece que mediante Decreto de Alcaldía se dictarán las disposiciones complementarias para su adecuada aplicación; En uso de las facultades conferidas en el Numeral 6 del Artículo 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972: DECRETA : Artículo Primero.- Establecer como fecha de celebración del Matrimonio Civil Comunitario 2011, el día Jueves 19 de Mayo del 2011, con ocasión de celebrarse el 75º aniversario de creación del distrito de Lince. Artículo Segundo.- Las parejas contrayentes que participen en el Matrimonio Civil Comunitario 2011 deberán presentar la documentación que se detalla a continuación: - Copia de documentos de identidad (D.N.I., Pasaporte, Carné de Extranjería, etc) debidamente fedateados por el funcionario municipal responsable o legalizados notarialmente. - Copia certifi cada de partida de nacimiento, expedida por el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil (RENIEC) o la Municipalidad distrital correspondiente, con una antigüedad no mayor de tres (03) meses a la fecha de apertura de pliego matrimonial. - Certifi cado Médico Prenupcial (Serológico, Rayos X) con una antigüedad no mayor de treinta (30) días a la fecha de apertura de pliego matrimonial, y Constancia de Consejería Preventiva. - Declaración Jurada domiciliaria (uno de los contrayentes debe residir en la jurisdicción de Lince) y copia de recibos de servicios (luz, agua, entre otros) - Constancia de Negativa de Inscripción de Matrimonios. - Dos testigos mayores de edad (no familiares), uno por cada contrayente, presentando copia de documentos de identidad (D.N.I., Pasaporte, Carné de Extranjería, etc), fedateados por el funcionario municipal responsable o legalizados notarialmente. - Para el caso de divorciados, viudos, menores de edad y extranjeros, los requisitos adicionales serán indicados por el Registrador Civil de la Municipalidad Artículo Tercero.- Las inscripciones para participar del Matrimonio Civil Comunitario 2010 se realizarán a partir del 21 de Marzo del 2011 y se cerrarán indefectiblemente el día al 06 de Mayo del 2011, adjuntando la documentación detallada en el Artículo Primero. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación del Edicto Matrimonial, en un periódico de circulación nacional, que anuncie de forma conjunta, el matrimonio de las parejas contrayentes, que participen en el Matrimonio Civil Comunitario 2011 a realizarse en la jurisdicción del distrito de Lince. Artículo Quinto.- Encargar a la Ofi cina de Secretaria General, Gerencia de Administración y Finanzas, y la Ofi cina de Imagen Institucional, el cumplimiento del presente Decreto, en cuanto sea de su competencia. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARTÍN PRÍNCIPE LAINES Alcalde 620847-1 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Regulan el proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2012 ORDENANZA Nº 151-MDLCH Chosica, 28 de febrero de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LURIGANCHO - CHOSICA VISTO, en Sesión Ordinaria de la fecha el Proyecto de Ordenanza remitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe Nº 380 - 2011-GPP/ MDLCH, y; De conformidad, con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, y los artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL AÑO FISCAL 2012 EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Lurigancho - Chosica que adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza, el cual será publicado conjuntamente con la presente Ordenanza en la página web del Municipio (www.munichosica.gob.pe). Artículo Segundo.- Autorizar al señor Alcalde a dictar las medidas complementarias al Reglamento aprobado en el artículo anterior, que sean necesarias para el efi ciente y efi caz desarrollo del Proceso de Presupuesto Participativo. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal a través de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y todas las unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- La presenta Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, publíquese y ejecútese. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 620828-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Modifican el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 183-MDMM que regula el servicio de transporte público especial de pasajeros y/o carga en vehículos menores ORDENANZA Nº 459-MDMM Magdalena, 24 de marzo del 2011 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 06 de la fecha; y, VISTOS: El Informe Nº 022-2011-CPAC-DOPT-GDUO-MDMM del 10 de marzo de 2011 del Departamento de Obras Públicas y Transporte, el memorando Nº 155-2011- GDUO/MDMM del 11 de marzo de 2011 de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras y el Informe Nº 228-2011- GAJ-MDMM del 18 de marzo de 2011 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitución, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, señala que las municipalidades son órganos de gobierno local con