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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MAYO DEL AÑO 2011 (08/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 8 de mayo de 2011 442202 y 05 cumplen con la sección normativa de 11.40 ml, y; (iii) la existencia del 100% de viviendas con material consolidado; Que, del Acta de Sesión Nº 07 de fecha 18 de agosto de 2009 y del instrumento denominado Dictamen Regularización Habilitación Urbana Ejecutada de fecha 18 de agosto de 2009, se colige que la Comisión Técnica Dictaminadora y Califi cadora de Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, conformada mediante Resolución de Alcaldía Nº 196-2009-MDSMP de fecha 16 de abril de 2009, emitió dictamen favorable para aprobar la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada descrito en el párrafo precedente, donde los aportes reglamentarios y défi cit se determinó en función a la zonifi cación Residencial de Densidad Media – RDM (Certifi cado de Zonifi cación y Vías Nº 595-2008-MML-GDU-SPHU del 19/09/2008), así como de de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 10 de la Ordenanza Nº 836 de fecha 15 de septiembre de 2005, emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima, y; Estando a lo dispuesto en el numeral 3.6.1 del inciso 3 del artículo 79 de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 y artículo 3 de la Ley General de Habilitaciones Urbanas – Ley Nº 26878, así como de conformidad a lo previsto en el literal a) del Artículo Primero de la Resolución de Alcaldía Nº 136-2009/MDSMP de fecha 19 de marzo de 2009. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, de Tipo B, con construcción simultanea y venta garantizada, del predio de 22,300.00 m2, conformado por la Parcela Nº 10538 del Fundo Santa Rosa, denominado Programa de Vivienda Los Jardines de Santa Rosa III Etapa, Provincia y Departamento de Lima, inscrita a favor de la citada persona en el Asiento C00001 de la Partida Nº 43916882 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, y con zonifi cación Residencial de Densidad Media – RDM (Certifi cado de Zonifi cación y Vías Nº 595-2008-MML-GDU-SPHU del 19/09/2008), que deberá sujetarse a los planos y memoria descriptiva debidamente aprobadas por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la persona de Zenaido Germán Molero Rondinelli para que, dentro de los dieciocho (18) meses de notificado el presente acto administrativo, ejecute las obras necesarias para culminar con su Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, como son la obra de electrificación, agua potable, alcantarillado, veredas (aceras), pistas (calzadas), señalización y ornamentación de parque, los cuales deberán sujetarse a los planos y memoria descriptiva debidamente aprobados por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, así como a las características y especificaciones técnicas siguientes: 2.1. Diseño: CUADRO GENERAL DE AREAS DESCRIPCIÓN ÁREA (m2) Área Bruta 22,300.00 Área Afecta a Aportes 22,300.00 Área Útil 13,605.87 Recreación Pública 1,802.52 Área de Vías 6,891.61 CUADRO RESUMEN DE MANZANAS MANZANA CANTIDAD DE LOTES ÁREA (m2) A 31 5,470.03 B 32 4,684.00 C 22 3,451.84 Total 85 13,605.87 CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS (Zonifi cación RDM - Área Afecta: 22,300.00 m2) APORTES ORDENANZA Nº 836-MML PROYECTO DEFICIT % ÁREA (m2) % ÁREA (m2) % ÁREA (m2) Recreación Pública 7 1,561.00 - 1,802.52 - 0.00 Ministerio de Educación 2 446.00 - 0.00 - 446.00 SERPAR (Parques Zonales) 2 446.00 - 0.00 - 446.00 Renovación Urbana 1 223.00 - 0.00 - 223.00 Municipalidad Distrital 2 446.00 - 0.00 - 446.00 2.2. Agua Potable y Alcantarillado: Las obras deberán ejecutarse en función al Proyecto de Obras Generales del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado del Esquema Oquendo Santa Rosa y el Naranjal (Sectores 251, 252, 256 y 257), debiendo elaborar sus proyectos de redes secundarias de agua potable y alcantarillado de acuerdo a los lineamientos generales establecidos en el mencionado esquema, así como poniendo a conocimiento de SEDAPAL el inicio y termino de las obras. 2.3. Energía Eléctrica: Deberán solicitar a EDELNOR la instalación defi nitiva de las redes primarias y secundarias de energía eléctrica pública y domiciliaria, los cuales estarán acorde con los planes de expansión de la referida institución. 2.4. Instalaciones Telefónicas: Las instalaciones telefónicas, instalaciones de ductos o cámaras, y la reserva de áreas para centrales, deberán efectuarse en coordinación con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de las empresas de telefonía. 2.5. Pavimentación de Pistas y Veredas: a. Sub Rasante: Deberá realizarse una evaluación de la superfi cie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riego sucesivos y cercano al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20, donde las partículas sólidas de dicha capa tendrán un diámetro máximo de 2”. b. Base: Posterior a la capa Sub Rasante deberá colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material grueso (diámetro máximo de 1 ½”), fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. de 80. Se procurará una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. c. Superfi cie de Rodadura: Suelo estabilizado. d. Calzadas: Podrán ser del Tipo Flexible, con las dimensiones y características de los componentes de las calzadas, serán las que resulten del diseño estructural, debiendo obtener la autorización de ejecución en la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, tomando en cuenta la carga por efecto del tránsito vehicular a soportar en su vida útil y el tipo de terreno de fundación. e. Aceras: Deberán ser de concreto simple 4” de espesor, con una resistencia a la comprensión axial de f’c=140 Kg. /cm2, construido sobre una base granular de 4” de espesor compactada al 100% de la densidad seca del proctor estándar. f. Sardineles: Deberán construirse de 30 cm de profundidad, con mezcla y acabados igual que las aceras. En caso de que ésta última este en medio de jardines se construirá en ambos lados. El vertido del concreto deberá realizarse de modo que requiera el menor manipuleo posible evitando a la vez la segregación de los agregados.