Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2011 (08/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 8 de MORDAZA de 2011

Declaran resuelto contrato de concesion suscrito con TV Cable MORDAZA MORDAZA S.A.C. y dejan sin efecto R.M. N° 0592004-MTC/03
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 305-2011-MTC/03 MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 059-2004MTC/03 del 2 de febrero de 2004, se otorgo a la empresa TV CABLE MORDAZA MORDAZA S.A.C., concesion por el plazo de veinte (20) anos, para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en el area que comprende los distritos de Huancayo, El Tambo y MORDAZA de la provincia de Huancayo, departamento de Junin. El contrato de concesion fue suscrito el 30 de MORDAZA de 2004; Que, el literal b) del numeral 6.03 de la Clausula Sexta del Contrato de Concesion, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 059-2004-MTC/03, establece que la concesionaria debera cumplir con el pago de la tasa anual, en aplicacion a lo establecido en el Reglamento General; Que, el numeral 6) del articulo 136º del aludido Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado con Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, establece que es obligacion del concesionario el pagar oportunamente los derechos, tasas y canon y demas obligaciones que genere la concesion; actualmente ello esta previsto en el numeral 6) del articulo 130º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; Que, por su parte, el articulo 237º del citado Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, senala que los titulares de concesiones, abonaran con caracter de pago a cuenta de la tasa que en definitiva les corresponda abonar por la explotacion comercial del servicio, cuotas mensuales equivalentes a un porcentaje fijado, aplicado sobre los ingresos brutos percibidos durante el mes inmediato anterior al pago; en el mes de MORDAZA de cada ano se efectuara la liquidacion final, debiendose abonar la cuota de regularizacion respectiva. Si quedara saldo a favor del contribuyente, podra aplicarlo a los respectivos pagos a cuenta de los meses siguientes o alternativamente podra hacer uso de los mecanismos que determine oportunamente el Ministerio; dichas disposiciones se encuentran contenidas en el articulo 230º del actual Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado con Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; Que, de acuerdo a lo senalado en la Hoja Informativa Nº 00538-2010-MTC/27 del 9 de noviembre de 2010, la empresa TV CABLE MORDAZA MORDAZA S.A.C., pago la tasa correspondiente a los anos 2004, 2005 y 2006 con fecha 29 de marzo de 2008, verificandose que la concesionaria ha incumplido con el pago oportuno de la referida obligacion; Que, conforme se verifica en el considerando anterior, a la fecha de configuracion del referido incumplimiento, se encontraba vigente el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado con Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, MORDAZA que resulta aplicable al presente caso en virtud de lo senalado en el numeral 25.07 de la Clausula Vigesimo MORDAZA del contrato suscrito el 30 de MORDAZA de 2004; Que, el numeral 5) del articulo 144º del Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, establece como causal de resolucion de pleno derecho el incumplimiento del pago de la tasa durante dos (02) anos calendario consecutivos, salvo que cuente con fraccionamiento vigente o se MORDAZA dejado en suspenso la exigibilidad de las obligaciones economicas conforme a lo establecido en la Ley General del Sistema Concursal; actualmente, ello se encuentra establecido en el articulo 137º del TUO del Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007MTC; Que, por su parte, el literal a) del numeral 18.01 de la Clausula Decimo Octava del Contrato de Concesion

aprobado con Resolucion Ministerial Nº 059-2004MTC/03, establece que este quedara resuelto cuando la concesionaria incurra en alguna de las causales de resolucion previstas en la norma; Que, de lo expuesto en los considerandos anteriores y, conforme a lo senalado en la Hoja Informativa Nº 005382010-MTC/27, la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones, concluye mediante Informes Nº 16772010-MTC/27 de fecha 6 de diciembre de 2010 y Nº 4882011-MTC/27 del 12 de MORDAZA de 2011, que la empresa TV CABLE MORDAZA MORDAZA S.A.C., incurrio en causal de resolucion de pleno derecho del Contrato de Concesion aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 0592004-MTC/03 por el incumplimiento del pago de la tasa durante dos (02) anos calendario consecutivos prevista en el numeral 5) del articulo 144º del entonces Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, actualmente, numeral 5) del articulo 137º del TUO del Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; De conformidad con lo dispuesto por el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC; el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado con Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; Con la opinion favorable de la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que ha quedado resuelto de pleno derecho el Contrato de Concesion suscrito con la empresa TV CABLE MORDAZA MORDAZA S.A.C., aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 059-2004-MTC/03, y en consecuencia, dejar sin efecto el citado resolutivo, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 636923-1

Declaran resuelto de pleno derecho contrato de concesion para la prestacion de servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable y dejan sin efecto la R.M. Nº 022-2007-MTC/03
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 310-2011-MTC/03 MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 022-2007MTC/03 de fecha 11 de enero de 2007, se otorgo al senor MORDAZA MORDAZA ANDRADES, concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, en la modalidad de cable alambrico u optico, por el plazo de veinte (20) anos en el area que comprende el distrito de Yonan, de la provincia de Contumaza, y el distrito de MORDAZA MORDAZA, de la provincia de San MORDAZA, del departamento de Cajamarca; habiendose suscrito el respectivo contrato de concesion el 03 de MORDAZA de 2007; Que, el numeral 6.02 de la clausula sexta del contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 0222007-MTC/03, establece que el concesionario tiene la obligacion de iniciar la prestacion del servicio concedido en un plazo que no excedera de doce (12) meses, computados desde la fecha efectiva, es decir desde el 03 de MORDAZA de 2007; asimismo, en caso que el concesionario

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