Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2011 (08/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 8 de MORDAZA de 2011

Que, mediante Resolucion Defensorial N° 010 2006/ DP, publicada en el diario oficial El Peruano el 18 de febrero del 2006, la Defensoria del Pueblo creo un Premio Nacional destinado a expresar publico reconocimiento a aquellas personas o instituciones, nacionales o extranjeras, que hayan destacado significativamente en la promocion, defensa y consolidacion del orden constitucional, la institucionalidad democratica y la vigencia de los derechos humanos; Que, con Resolucion Defensorial N° 002 2011/DP, publicada en el diario oficial El Peruano el 27 de enero del 2011, se propuso organizar la Sexta Entrega de la Medalla "Defensoria del Pueblo"; Que, en el Acta de Evaluacion y Designacion de las Candidaturas Ganadoras del MORDAZA Calificador de la Sexta Entrega de la Medalla "Defensoria del Pueblo", de fecha 11 de MORDAZA del 2011, consta la decision del MORDAZA de conceder la medalla al Movimiento Movimiento de Educacion Popular Integral y de Promocion Social "Fe y Alegria", candidatura presentada por la senora MORDAZA Boyle Bianchi, y al padre MORDAZA MORDAZA Mantecon MORDAZA, S.J., candidatura presentada por MORDAZA Koc MORDAZA, Vice­Presidente del Club Deportivo "Martin MORDAZA King", la cual fue apoyada por MORDAZA Costa, Presidente de MORDAZA Nuestra; Que, el Movimiento de Educacion Popular Integral y de Promocion Social "Fe y Alegria" contribuye a la educacion de ninos, ninas y adolescentes de las zonas mas pobres y excluidas de la periferia MORDAZA y zonas rurales en 19 regiones de nuestro pais; de manera tal que su labor ha sido determinante para la formacion de ciudadanos y ciudadanas valiosos para su comunidad y protagonistas de su desarrollo; Que, en la actualidad, mas de 81,500 alumnos estudian en las 78 instituciones educativas que el Movimiento de Educacion Popular Integral y de Promocion Social "Fe y Alegria" ha fundado en el Peru. Asimismo, el Movimiento "Fe y Alegria" cuenta con programas y talleres para la culminacion de la educacion basica en adultos, personas privadas de MORDAZA y jovenes que prestan servicio militar, habiendo suscrito convenios con el Ministerio del Interior y el Ministerio de Defensa para tales fines; Que, del mismo modo, el MORDAZA Calificador decidio conceder la Medalla "Defensoria del Pueblo al Padre "Chiqui" quien destaca por su MORDAZA, MORDAZA y creatividad, asi como por la atencion personal y desvelo con que desempena su trabajo diario, durante los mas de 20 anos, dedicado a jovenes y adolescentes que pertenecen a pandillas del distrito de El Agustino; Que, la perseverancia y humanidad del padre "Chiqui" ha permitido redescubrir en aquellos adolescentes y jovenes en situacion de riesgo, oportunidades de cambio y transformacion a favor de su comunidad y de la sociedad en su conjunto; Que, su experiencia en la asociacion "Martin MORDAZA King" demuestra que la violencia juvenil puede ser enfrentada y superada con un trato respetuoso y MORDAZA, basado en el reconocimiento del ser humano como posibilidad y no como dificultad, mediante la creacion de oportunidades de desarrollo asociadas a la educacion, la cultura y el deporte; Que, del mismo modo, el trabajo desplegado por el Padre MORDAZA se ha convertido en un referente nacional e internacional en el tema de la rehabilitacion y reinsercion de jovenes infractores; SE RESUELVE: Articulo Primero. CONCEDER la Medalla "Defensoria del Pueblo" al Movimiento de Educacion Popular Integral y de Promocion Social "Fe y Alegria", en merito a su destacada labor en la promocion, la defensa y la vigencia de los derechos humanos. Articulo Segundo. CONCEDER la Medalla "Defensoria del Pueblo" al padre MORDAZA MORDAZA Mantecon MORDAZA, S.J., en merito a su destacada labor en la promocion, la defensa y la vigencia de los derechos humanos. Articulo Tercero. DISPONER que el acto publico de entrega de la Medalla "Defensoria del Pueblo" se realice el 19 de MORDAZA del ano en curso, en la MORDAZA de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensor del Pueblo (e) 637265-1

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Autorizan a diversas Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales a desarrollar actividades necesarias en el MORDAZA de las Elecciones Municipales Complementarias a realizarse el dia 3 de MORDAZA de 2011 y delegan facultades para el desplazamiento de personal
RESOLUCION JEFATURAL Nº 094-2011-J/ONPE MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2011 VISTOS: El Informe Nº 022-2011-GOECOR/ONPE, de la Gerencia de Organizacion Electoral y Coordinacion Regional y el Informe Nº 127-2011-OGAJ /ONPE de la Oficina General de Asesoria Juridica; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 37º de la Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE tiene a su cargo la organizacion y ejecucion de los procesos electorales y consultas populares; y ejerce sus atribuciones y funciones con sujecion a la Constitucion y a su Ley Organica; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2011-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano, el dia 19 de marzo de 2011, el Presidente de la Republica convoco Elecciones Municipales Complementarias para el dia MORDAZA 3 de MORDAZA del presente ano; Que, de conformidad con el articulo 49º de la Ley Organica de Elecciones, "Los Jefes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, los funcionarios de las mismas y los coordinadores de local votacion son designados por el Jefe de la ONPE mediante concurso publico (...)", asimismo, el articulo 24º de la Ley Organica de la ONPE Ley Nº 26487, establece que "Las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales se conformaran para cada MORDAZA electoral de acuerdo a las circunscripciones electorales y MORDAZA de distrito electoral que regira para cada MORDAZA en curso (...)"; Que, de la normativa citada en los considerandos precedentes, se desprende que una vez establecidas las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales ODPE, para el correspondiente MORDAZA electoral, los jefes, asistentes y coordinadores de local de votacion integraran las mismas, luego de haber superado el correspondiente concurso publico; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 084-2011-J/ ONPE, se aprobo la conformacion de trece (13) ODPE para la organizacion y ejecucion de las Elecciones Municipales Complementarias 2011; Que, estando proximos a la realizacion del MORDAZA de Elecciones Municipales Complementarias, resulta necesario designar a los funcionarios que integraran las ODPE conformadas para el referido proceso; Que, los Jefes, Asistentes Administrativos y Coordinadores de Local de Votacion designados con ocasion de las Elecciones Generales y Parlamento MORDAZA 2011, se sometieron a un concurso publico de meritos, bajo los mismos terminos que se requeririan para el MORDAZA electoral convocado; Que, ante la necesidad que se realicen las actividades necesarias para las Elecciones Municipales Complementarias 2011, resulta conveniente tomar las acciones correspondientes para el desarrollo de las mismas; Que, a fin de lograr una mayor eficiencia en la consecucion de los objetivos institucionales, resulta necesario delegar en el Gerente de la Gerencia de Organizacion Electoral y Coordinacion Regional de la ONPE, la facultad de desplazamiento de los funcionarios designados en el MORDAZA de las Elecciones Generales y Parlamento MORDAZA 2011, que desempenaran funciones en las ODPE conformadas mediante la Resolucion Jefatural Nº 084-2011-J/ONPE; a efecto que puedan ser

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