Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2011 (20/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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que regula el MORDAZA de Afiliacion al Regimen de Financiamiento Semicontributivo del Seguro Integral de Salud en el MORDAZA del Aseguramiento Universal en Salud - Ley Nº 29344" y sus Anexos, que incluye el Formato de Contrato de Seguro de Salud y sus dos (02) Anexos; Que, la Directiva Nº 001-2011-SIS/GO "Directiva que regula el MORDAZA de Afiliacion al Regimen de Financiamiento Semicontributivo del Seguro Integral de Salud en el MORDAZA del Aseguramiento Universal en Salud - Ley Nº 29344", establece en el numeral 12.1: "Copago para la atencion ambulatoria en Establecimientos de Salud de la Red Publica No se efectuaran copagos por las atenciones ambulatorias que se encuentren dentro de la cobertura referencial MORDAZA de acuerdo al PEAS, segun lo establecido en el D.S. Nº 016-2009-SA. Por cada atencion ambulatoria que exceda la cobertura referencial MORDAZA establecida en el PEAS, el asegurado debera pagar dicha atencion, el consumo de medicamentos e insumos y procedimientos diagnosticos y terapeuticos, segun el tarifario del establecimiento de salud. No estan sujetas a copago las atenciones de emergencias y las prestaciones preventivo-promocionales."; Que, la Gerencia de Financiamiento y la Gerencia de Operaciones han sustentando, conforme al documento de vistos, la necesidad de modificar el numeral 12.1 de la Clausula Decimo Segunda: COPAGOS del Contrato de Seguro de Salud Regimen de Financiamiento Semicontributivo, aprobado como Anexo 8, mediante Resolucion Jefatural Nº 014-2011/SIS, de acuerdo a su respetiva competencia funcional; Que, es proposito de la Gestion Institucional del Seguro Integral de Salud, cautelar el MORDAZA de solidaridad a que se refiere la Ley Nº 29344, Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, siendo necesario efectuar las modificaciones pertinentes en las directivas emitidas por la Institucion; Estando a lo opinado favorablemente por las Gerencias de Operaciones y de Financiamiento y la Oficina de Asesoria Juridica, como el visto MORDAZA de la Oficina de Planeamiento y Desarrollo, la Secretaria General y la Sub Jefatura del SIS; De conformidad a lo establecido en el inciso i) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar, la modificacion del numeral 12.1 de la CLAUSULA DECIMO SEGUNDA: COPAGOS del Contrato de Seguro de Salud - Regimen de Financiamiento Semicontributivo, aprobado como Anexo 8, en el rubro ANEXOS con el numeral 11.8, mediante la Resolucion Jefatural Nº 014-2011/SIS que aprobo la Directiva Nº 0012011-SIS/GO "Directiva que regula el MORDAZA de Afiliacion al Regimen de Financiamiento Semicontributivo del Seguro Integral de Salud en el MORDAZA del Aseguramiento Universal en Salud - Ley Nº 29344" y sus Anexos, conforme a los fundamentos expuestos en el considerando de la presente resolucion, en los siguientes terminos: "12.1 Atencion ambulatoria en Establecimientos de Salud de la Red Publica No se efectuaran copagos por las atenciones ambulatorias que se encuentran dentro de la cobertura referencial MORDAZA aprobada para el PEAS, segun el D.S. Nº 016-2009-SA. Asimismo, no estan sujetas a copagos las atenciones de emergencias y las prestaciones preventivo-promocionales." Articulo 2º.- Encargar a Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web del Seguro Integral de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HUARACHI MORDAZA Jefe Institucional del Seguro Integral de Salud 642496-1

Modifican Directiva que regula el MORDAZA de afiliacion al Regimen de Financiamiento Subsidiado del Seguro Integral de Salud, aprobada mediante R.J. Nº 092-2010/SIS
RESOLUCION JEFATURAL Nº 061-2011/SIS MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2011 VISTO: El Memorando conjunto Nº 189-2011-SISGO/OIE de la Gerencia de Operaciones y la Oficina de Informatica y Estadistica, y el Informe Nº 155-2011-SIS/ OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el Seguro Integral de Salud (SIS) es un Organismo Publico Ejecutor del Ministerio de Salud, creado por Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud y definido en el articulo 7º de la Ley Nº 29344 - Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud como una Institucion Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), encargada de administrar los fondos destinados al financiamiento de prestaciones de salud u ofrecer coberturas de riesgos de salud a sus afiliados; Que, el articulo 3º de la Ley Nº 29344, Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, establece que el aseguramiento universal en salud es un MORDAZA orientado a lograr que toda la poblacion residente en el territorio nacional disponga de un seguro de salud que le permita acceder a un conjunto de prestaciones de salud de caracter preventivo, promocional, recuperativo y de rehabilitacion, en condiciones adecuadas de eficiencia, equidad, oportunidad, calidad y dignidad, sobre la base del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS); Que, la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, establece en el numeral 12.1 del articulo 12º, que a partir del ano 2011, para la incorporacion de nuevos beneficiarios en todos los programas sociales o de subsidios del Estado que se vengan ejecutando en el MORDAZA de las disposiciones legales vigentes, es necesario que se identifiquen con el Documento Nacional de Identidad (DNI) y se seleccionen tomando en cuenta la evaluacion de elegibilidad realizada por el Sistema de Focalizacion de Hogares (SISFOH); Que, el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 2062011/MINSA, ratifica la facultad del Seguro Integral de Salud para emitir las disposiciones necesarias a fin de sustituir gradualmente el LPIS por el PEAS en los ambitos del Aseguramiento Universal en Salud e implementar progresivamente el desarrollo de los Regimenes Subsidiado y Semicontributivo, en lo concerniente a la afiliacion, cobertura prestacional, control y pago de prestaciones; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 092-2010/SIS, se aprueba la Directiva Nº 003-2010-SIS/GO "Directiva que regula el MORDAZA de afiliacion al Regimen de Financiamiento Subsidiado del Seguro Integral de Salud en el MORDAZA del Aseguramiento en Universal - Ley Nº 29344" y sus Anexos; Que, conforme al documento de vistos, la Gerencia de Operaciones y la Oficina de Informatica y Estadistica sustentan la necesidad de adicionar en la Directiva Nº 003-2010-SIS/GO, una nueva modalidad y un procedimiento de afiliacion al Regimen de Financiamiento Subsidiado del SIS a traves de una Afiliacion Automatica y Colectiva dirigida a beneficiarios de programas sociales e instituciones afines, de ampliar los alcances del numeral 10.5 de la precitada Directiva a centros de digitacion de Zonas AUS y de modificar el Anexo 11.1 Formato de Recoleccion de Datos e Instructivo de Llenado aprobado en la misma Directiva, a fin de incorporar el MORDAZA correspondiente al "domicilio"; Con el visto MORDAZA de la Sub Jefatura del SIS, Secretaria General, Gerencia de Operaciones, Oficina de Informatica y Estadistica, Oficina de Planeamiento y Desarrollo, y con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica;

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