Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2011 (20/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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Ley N° 26979, no es de aplicacion a los organos de la Administracion Tributaria cuyo personal ingreso mediante Concurso Publico; Que, el articulo 4° de la Resolucion de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Maritima del Callao, Intendente de Aduana Aerea del Callao, Intendente de Fiscalizacion y Gestion de Recaudacion Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempenaran como Auxiliares Coactivos dentro del ambito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto la designacion de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana Aerea del Callao. Articulo Segundo.- Designar como Auxiliares Coactivos de la Intendencia de Aduana Aerea del Callao, a los senores MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA LEON. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente 642359-1

numeral precedente y recomienda su aprobacion; y con la conformidad de la Gerencia de Asesoria Legal; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 3° de la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en Servicios Publicos, Ley N° 27332, modificada por las Leyes Nº 27631 y Nº 28337, el Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones OSIPTEL- ejerce, entre otras, la funcion normativa que comprende la facultad de dictar en el ambito y en materia de su competencia, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de caracter general y mandatos u otras normas de caracter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, el numeral 2 del Articulo 9º de los Lineamientos de Politica del Sector Telecomunicaciones, aprobados por Decreto Supremo Nº 003-2007-MTC, senala que el OSIPTEL podra ordenar la aplicacion de Cargos de Interconexion Diferenciados respecto de las llamadas originadas (terminadas) en los telefonos ubicados en areas urbanas y terminadas (originadas) en los telefonos ubicados en areas rurales y lugares de preferente interes social, siempre que el promedio ponderado de los cargos diferenciados no supere el cargo tope de interconexion; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 0052010-CD/OSIPTEL publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de febrero de 2010, se dispuso aprobar los "Principios Metodologicos Generales para Determinar Cargos de Interconexion Diferenciados aplicables a Comunicaciones con Areas Rurales y Lugares de Preferente Interes Social", MORDAZA que define la metodologia y criterios que seran utilizados para la diferenciacion de cargos de interconexion; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 038-2010-CD/OSIPTEL publicada en el Diario Oficial El Peruano el 13 de MORDAZA de 2010, se dispuso aprobar las "Reglas para la Determinacion de Cargos de Interconexion Diferenciados", MORDAZA que establece las reglas y el procedimiento aplicable para la aprobacion de los cargos de interconexion diferenciados; Que, el articulo 1º del Anexo 1 de la referida Resolucion Nº 038-2010-CD/OSIPTEL dispone que, la empresa operadora que se encuentre obligada a proveer sus instalaciones de interconexion aplicando cargos diferenciados debera remitir al OSIPTEL la informacion a que se refiere el articulo 4° de dicha resolucion, como MORDAZA, el 28 de febrero de cada ano; Que, mediante carta C-074-11-S&S recibida el 28 de febrero de 2011 Global Crossing Peru S.A. remite la informacion a que se refiere el considerando anterior; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 048-2011-CD/OSIPTEL, se dispuso publicar un aviso en el Diario Oficial El Peruano, poniendo en conocimiento del publico en general que el Proyecto de Determinacion de Cargos Diferenciados para Global Crossing Peru S.A. fue publicado en la pagina web del OSIPTEL, con la finalidad de que los interesados remitan sus comentarios dentro del plazo de quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de publicacion del mencionado aviso; Que, el aviso a que se hace referencia en el considerando precedente fue publicado en el Diario Oficial El Peruano el 21 de MORDAZA de 2011; Que, no habiendose recibido comentarios al proyecto publicado, corresponde aprobar los Cargos de Interconexion Diferenciados aplicables a la siguiente prestacion de interconexion que provee Global Crossing Peru S.A., sujeta al cargo tope establecido por el OSIPTEL: "originacion y/o terminacion de llamadas en la red del servicio de telefonia fija local"; Que, forma parte de la motivacion de la presente resolucion el Informe Sustentatorio Nº 254-GPRC/2011 de la Gerencia de Politicas Regulatorias y Competencia del OSIPTEL; En aplicacion de las funciones previstas en el inciso i) del articulo 25° y en el inciso b) del articulo 75° del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesion Nº 420;

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Determinan cargos de interconexion diferenciados para diversas prestaciones provistas por Global Crossing Peru S.A., MORDAZA Movil Peru S.A.C., Telefonica Moviles S.A., Telefonica del Peru S.A.A. y Telmex Peru S.A.
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 067-2011-CD/OSIPTEL MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2011. EXPEDIENTE MATERIA : N° 00001-2011-CD-GPRC/IXD. : Determinacion de cargos de interconexion diferenciados a Global Crossing Peru S.A. / Aprobacion.

ADMINISTRADO : Global Crossing Peru S.A. VISTOS: (i) El Proyecto de Resolucion presentado por la Gerencia General, que tiene por objeto determinar los Cargos de Interconexion Diferenciados aplicables a Global Crossing Peru S.A. por "originacion y/o terminacion de llamadas en la red del servicio de telefonia fija local"; (ii) El Informe Nº 254-GPRC/2011 de la Gerencia de Politicas Regulatorias y Competencia del OSIPTEL, que sustenta el referido proyecto a que se refiere el

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