Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2011 (26/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

443281

Que, el Consejo Regional en pleno, en sesion ordinaria, luego del analisis y debate correspondiente, con el MORDAZA aprobatorio por mayoria de los Consejeros Regionales, ha considerado necesario aprobar el Dictamen referido en el considerando precedente y consecuentemente el Reglamento para la eleccion de representantes de las organizaciones de la sociedad civil, ante el Consejo de Coordinacion Regional. Que, el Consejo Regional, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- APROBAR, el Dictamen Nº 0102010-GOREMAD/CPFTPEPYME, presentado por la Comision Ordinaria de Presupuesto, Fiscalizacion, Trabajo, Promocion del Empleo, la Pequena y Micro Empresa del Consejo Regional. Consecuentemente APROBAR, el Reglamento para la eleccion y participacion de representantes de las organizaciones de la sociedad civil, ante el Consejo de Coordinacion Regional, el mismo que consta de V Titulos; 11 Capitulos; 35 Articulos; y, 04 Disposiciones Transitorias y Finales, el mismo que forma parte anexa de la presente. Articulo Segundo.- DISPONER, que la finalidad de la presente ordenanza regional es la de promover la eleccion y adecuada inclusion de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Regional, incorporando criterios de equidad de genero y no discriminacion, alcanzando el desarrollo integral de la comunidad. Articulo Tercero.- ESTABLECER, que la presente ordenanza es de aplicacion obligatoria en la jurisdiccion de la Region MORDAZA de MORDAZA y comprende a los ciudadanos que forman parte de las organizaciones de la sociedad civil e instituciones publicas y privadas de la jurisdiccion. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, la publicacion de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de MORDAZA de Dios. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, para su promulgacion. En la MORDAZA de Puerto MORDAZA, a los veintitres dias del mes de diciembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA de MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de diciembre del ano dos mil diez. MORDAZA KAWAY KOMORI Presidente Regional 644196-1

Convocan al MORDAZA de Elaboracion del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA - Ano Fiscal 2012
ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2011-GRMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria llevada a cabo el 05 de MORDAZA del ano 2011, aprobo la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas de derecho publico, con autonomia

politica, economica y administrativa, teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para la contribucion al desarrollo integral y sostenible de la region. Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 77, parrafo MORDAZA, establece que el presupuesto asigna equitativamente los recursos publicos; su programacion y ejecucion responden a los criterios de eficiencia de necesidades sociales basicas y de descentralizacion. Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 3, indica que la descentralizacion tiene como finalidad el desarrollo integral, armonico y sostenible del MORDAZA, mediante la separacion de competencias y funciones; asi como, el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en beneficio de la poblacion. Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su articulo 4, establece que los Gobiernos Regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Que, la Ley Nº 27293, Ley que Crea el Sistema Nacional de Inversion Publica, en su articulo 1, indica que la citada Ley Crea el Sistema Nacional de Inversion Publica, con la finalidad de optimizar el uso de los Recursos Publicos destinados a la inversion, mediante el establecimiento de principios, procesos, metodologias y normas tecnicas relacionadas con las diversas fases de los proyectos de inversion. Que, la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, en su articulo 1, define al MORDAZA del Presupuesto Participativo, como un mecanismo de asignacion equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos publicos, que fortalece las relaciones Estado­Sociedad Civil. Para ello, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participacion de la sociedad civil en la programacion de sus presupuestos, en concordancia con sus Planes de Desarrollo Concertado; asi como, en la Vigilancia y Fiscalizacion de la gestion de los recursos publicos. Que, la Ley Nº 29298, Ley que modifica los articulos 4, 5, 6 y 7, de la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, en su articulo 5, establece que la Sociedad Civil forma parte activa en el MORDAZA de programacion participativa de los presupuestos de los gobiernos regionales y gobiernos locales, en los gastos de inversion y que el Presidente Regional, es responsable de informar y proveer la articulacion y coordinacion de los Presupuestos Participativos formulados por los Consejos de Coordinacion Local y Regional de su ambito, segun las fases establecidas en el articulo 6 de la citada ley, la misma que en su Primera Disposicion Complementaria, indica que corresponde a los Gobiernos Regionales organizar los mecanismos de coordinacion y consistencia presupuestaria en materia de gastos de inversion y entre niveles de gobierno, respetando competencias, asi como procurando economias de escala, concertacion de esfuerzos y coordinacion de recursos. Que, por Resolucion Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, se aprobo el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, "Instructivo para el MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados", precisando en el Capitulo II, Fase 1 "Preparacion", que el Presidente Regional en coordinacion con el Consejo de Coordinacion Regional, proponen la Ordenanza del MORDAZA del Presupuesto Participativo a ser elevada al Consejo Regional. Que, el objeto de la referida propuesta de ordenanza debe ser la reglamentacion del MORDAZA del Presupuesto Participativo Regional, de acuerdo a la secuencia prevista para el desarrollo del mismo en el instructivo citado, precisandose entre otros, los mecanismos de identificacion y registro, cronograma de trabajo para el desarrollo de las acciones del MORDAZA Participativo y las responsabilidades de los Agentes Participantes. Que, mediante Informe Nº 125-2011-GOREMAD/ GRPPYAT, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, cumple con remitir a la Presidencia Regional el Proyecto de Ordenanza

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