Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2011 (26/05/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 74

443274

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2011

- Que, segun el Sub Modelo de Valor Bioecologico, que constituye un insumo para la elaboracion del documento final de la Zonificacion Ecologica Economica "ZEE" aprobada con Ordenanza Regional N° 018-2010GR.CAJ/CR, entendiendose como cabecera de MORDAZA a las nacientes del rio constituidas por lagunas y bofedales principalmente, ubicadas en la parte mas alta de la MORDAZA, las mismas que se determinaron en funcion a las regiones que se caracterizan por altos niveles de precipitacion, baja temperatura y baja evapotranspiracion. La depresion de Huancabamba MORDAZA una diferencia importante entre las zonas norte y sur de MORDAZA, por ello, se ha delimitado el area ubicada por encima de los 3500 msnm al sur de la depresion de Huancabamba (Region Jalca segun Pulgar MORDAZA, 1987) y el area ubicada sobre los 2800 msnm al norte de la misma (Paramos segun Luteyn, 1999); - Que, el derecho del interes publico es un instrumento legal que permite proteger y garantizar las relaciones entre los actores de una sociedad y el Estado y se enmarquen dentro de los principios de la convivencia, el respeto y el reconocimiento del otro y que se entiende como la suma de los intereses particulares o del "bien comun". Asimismo, el interes publico es un MORDAZA que debe guiar la potestad de la administracion publica. - Que, a fin de salvaguardar los intereses regionales de conservacion y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y de la diversidad biologica en las MORDAZA senalada y en ejercicio pleno del derecho el Gobierno Regional de MORDAZA debe declarar de interes publico las cabeceras de MORDAZA de los MORDAZA Grande, Yaminchad, Chetillano, Llapa, Quebrada Onda y Rejo en la vertiente del MORDAZA, asi como de los MORDAZA Cortadera y Chonta en la vertiente del Atlantico que alimentan las Lagunas Alto Peru, ubicados en el departamento de MORDAZA entre las provincias de San MORDAZA, San MORDAZA, Hualgayoc, MORDAZA, y que abarcan los distritos de MORDAZA, La Encanada, Bambamarca, Tumbaden, San MORDAZA de Cochan y Llapa, jurisdiccion del Gobierno Regional de MORDAZA, a fin de garantizar la provision de agua de las ciudades de San MORDAZA, San MORDAZA, Tumbaden, y San MORDAZA en la Provincia de San Pablo; Chilete y Tembladera en la provincia de Contumaza, San MORDAZA de Cochan en la provincia de San MORDAZA y Bambamarca en la provincia de Hualgayoc, asi como de las poblaciones aledanas, para la provision de recursos naturales esenciales a los pobladores de las comunidades de estas cuencas y la conservacion de la diversidad biologica, segun mapa adjunto al presente; - Que, mediante Dictamen Nº 003 -2011-GR.CAJ-CR/ COAJ-COGAS evacuado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Juridicos y Gestion Ambiental Sostenible, de fecha 19 de MORDAZA del ano 2011, opina favorablemente aprobar el Proyecto Ordenanza Regional que dispone "Declarar Areas Naturales de Interes Publico Regional", remitido por el Director Regional de Asesoria Juridica, Abg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los argumentos que se exponen en los considerandos precedentes; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Extraordinaria de fecha 25 de MORDAZA del ano 2011; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 004-2008-GRCAJ-CR, con el MORDAZA unanime el Pleno aprobo la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero: DECLARAR de Interes Publico Regional la conservacion y proteccion de las cabeceras de MORDAZA de los MORDAZA Grande, Yaminchad, Chetillano, Llapa, Quebrada Onda y Rejo en la vertiente del MORDAZA, asi como de los MORDAZA Cortadera y Chonta en la vertiente del Atlantico que alimentan las Lagunas Alto Peru, ubicados en el departamento de MORDAZA entre las provincias de San MORDAZA, San MORDAZA, Hualgayoc, MORDAZA, y que abarcan los distritos de MORDAZA, La Encanada, Bambamarca, Tumbaden, San MORDAZA de Cochan y Llapa, jurisdiccion del Gobierno Regional de MORDAZA, a fin de garantizar la provision de agua de las ciudades de San MORDAZA, San MORDAZA, Tumbaden, y San MORDAZA en la Provincia de San Pablo; Chilete y Tembladera en la provincia de

Contumaza, San MORDAZA de Cochan en la provincia de San MORDAZA y Bambamarca en la provincia de Hualgayoc, asi como de las poblaciones aledanas, para la provision de recursos naturales esenciales a los pobladores de las comunidades de estas cuencas y la conservacion de la diversidad biologica. Segundo: PROPONER al Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP) la Creacion del Area de Conservacion Regional (ACR) de las cabeceras de MORDAZA de los MORDAZA Grande, Yaminchad, Chetillano, Llapa, Quebrada Onda y Rejo en la vertiente del MORDAZA, asi como de los MORDAZA Cortadera y Chonta en la vertiente del Atlantico que alimentan las Lagunas Alto Peru, ubicados en el departamento de MORDAZA entre las provincias de San MORDAZA, San MORDAZA Hualgayoc, MORDAZA, y que abarcan los distritos de MORDAZA, La Encanada, Bambamarca, Tumbaden, San MORDAZA de Cochan y Llapa, jurisdiccion del Gobierno Regional de MORDAZA, a fin de garantizar la provision de agua en las ciudades de San MORDAZA, San MORDAZA, Tumbaden, y San MORDAZA en la Provincia de San Pablo; Chilete y Tembladera en la provincia de Contumaza, San MORDAZA de Cochan en la provincia de San MORDAZA y Bambamarca en la provincia de Hualgayoc, asi como de las poblaciones aledanas, cuyo mapa se adjunta. Tercero: ENCARGAR a las Gerencias Regionales de Recursos Naturales y Gestion de Medio Ambiente y areas competentes del Gobierno Regional MORDAZA la preparacion del expediente y documentacion necesaria, a fin de dar cumplimiento a la presente Ordenanza Regional. Cuarto: ENCARGAR al Organo Ejecutivo del Gobierno Regional MORDAZA la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional MORDAZA (www.regioncajamarca.gob.pe). Por tanto: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 644189-1

Aprueban el Reglamento de Organizacion y Funciones de diversas Unidades de Gestion Educativas Locales
ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2011-GRCAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: - Que, la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales en su articulo 191° de la Constitucion Politica del Estado, establece que los Gobiernos Regionales que emanan de la voluntad popular son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un pliego presupuestal; - Que, la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su articulo 45°, establece que las funciones generales de los Gobiernos Regionales se ejerceran con sujecion al ordenamiento juridico establecido por la Constitucion Politica del Peru, la Ley de Bases de Descentralizacion y demas Leyes de la Republica; y el literal a) del articulo acotado senala que

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.