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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de mayo de 2011 443272 Cajamarca” encargado de elaborar una propuesta de Estrategia Regional de Cambio Climático y Gestión de Riesgos, a través de un Proceso Participativo Regional. Segundo: MODIFICAR el artículo segundo de la Ordenanza Regional Nº 013-2005-GR.CAJ-CR, respecto de la conformación del Grupo Técnico Regional de Cambio Climático y Gestión de Riesgo de Cajamarca, el mismo que estará integrado por los siguientes miembros: - Gobierno Regional de Cajamarca, a través de: • Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente (RENAMA). • Dirección Regional de Agricultura (DRA). • Dirección Regional de Defensa Nacional. • Sub Gerencia de Acondicionamiento Territorial. - Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología- SENAMHI. - Universidad Nacional de Cajamarca. - CIPDER – Consorcio de ONG. - GIZ – Programa de Desarrollo Rural Sostenible. - Mesa de Concertación para la Lucha Contra la Pobreza – Cajamarca. - CARE- Perú. - GRUFIDES. - Servicios Educativos Rurales (SER). - GRIDE -Cajamarca. - CAPACIDADES INICAM (Instituto de Investigación y Capacitación Municipal) Su tiempo de funcionamiento del Grupo Técnico Regional de Cambio Climático y Gestión de Riesgo será de dos años a partir de la instalación. La Secretaría Técnica será elegida entre los miembros del Grupo Técnico Regional de Cambio Climático y Gestión de Riesgo después de su instalación. Tercero: El Gobierno Regional de Cajamarca convocará a las instituciones consideradas en el artículo segundo, que requieran delegar a sus representantes. Cuarto: AUTORIZAR al Grupo Técnico Regional de Cambio Climático y Gestión de Riesgos, a fi n de que proponga la conformación de Comisiones Técnicas especializadas cuando así lo requiera. Quinto: ENGARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Portal Electrónico Institucional del Gobierno Regional Cajamarca, www.regioncajamarca.gob.pe Sexto: La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Por tanto: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional Cajamarca, a los nueve días del mes de marzo del año dos mil once. GREGORIO SANTOS GUERRERO Presidente Regional 644187-2 Declaran de interés público la promoción del derecho a la salud y a la vida mediante acciones de prevención de las ITS y VIH SIDA en la Región Cajamarca 2011-2016 ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2011-GRCAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL CAJAMARCA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15º, literal a) prescribe que es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. De otro lado, en el artículo 37º literal a) establece que los Gobiernos Regionales a través de su Consejo Regional dicta las normas y disposiciones como Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional. Y en el artículo 49º (Funciones en materia de salud) en el literal e) establece que es política de los Gobiernos Regionales promover y ejecutar en forma prioritaria las actividades de promoción y prevención de salud; Que, los artículos 77º y 79º de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, prescribe que la Autoridad de Salud competente es responsable del control de las enfermedades transmisibles en el ámbito de su jurisdicción, quedando ésta facultada a dictar las medidas de prevención y control para evitar la aparición y propagación de enfermedades transmisibles. Todas las personas naturales o jurídicas, dentro del territorio, quedan obligadas al cumplimiento de dichas medidas, bajo sanción. Concordante con el artículo 124º de esta ley establece que en cuanto a la aplicación y cumplimiento de las normas de salud que dicta la Autoridad de Salud de nivel nacional, los órganos desconcentrados o descentralizadas quedan facultados para disponer, dentro de su ámbito, medidas de prevención y control de carácter general o particular en las materias de su competencia; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 28243, Ley que amplía y modifi ca la Ley Nº 26626 sobre el virus de inmunodefi ciencia humana (VIH), el síndrome de inmunodefi ciencia adquirida (SIDA) y las infecciones de transmisión sexual, prescribe: “Declarar de necesidad nacional e interés público la lucha contra la infección por el Virus de Inmunodefi ciencia Humana (VIH) y el Síndrome de Inmunodefi ciencia Adquirida (SIDA) y las Infecciones de Transmisión Sexual (ITS)”; Que, con Ofi cio Nº 079-2010-GR-CAJ/AP-JPL, de fecha 2 de diciembre de 2010, el Asesor consultor Legal del Gabinete de Asesores y consultores de la Dirección Regional de Asesoría Jurídica, Dr. Jorge José Leal Pinedo, remite opinión legal sobre la consulta de observación del Plan Estratégico Multisectorial para la prevención y control de ITS y VIH-SIDA en el sentido que debe aprobarse para proseguir el procedimiento de este plan; Que, mediante Informe Nº 03-2011-GR.CAJ/GRDS, de fecha 1 de febrero del año 2011, el Asesor Legal de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional Cajamarca, Abog. Ricardo Hernández Quiroz, opina favorablemente para la aprobación del Plan Estratégico Regional Multisectorial para la prevención y control de las ITS y VIH /SIDA en la región Cajamarca 2011-2016, precisando que la implementación de éste no irrogará gastos al Gobierno Regional Cajamarca, debido a que para acceder a los recursos gestionados del Fondo Mundial se ha establecido un mecanismo de presentación de propuestas coordinadas de cada país que son evaluadas y seleccionadas por el comité de dicho fondo; Que, mediante Ofi cio Nº 032-GR.CAJ/P de fecha 8 de febrero de 2011, el Presidente del Gobierno Regional Cajamarca alcanza al Consejero Delegado Prof. Elzer Elera López la propuesta de Ordenanza Regional que apruebe el Plan Estratégico Regional Multisectorial para la prevención y control de las IST y VIH/SIDA en la región Cajamarca 2011-2016, solicitando someterlo a consideración del Pleno del Consejo, para su aprobación y posterior implementación; Que, con Ofi cio Múltiple Nº 014-2011-GR.CAJ-CR/SCR el Secretario de Consejo Regional Cajamarca, solicita a las Comisiones Ordinarias de Asuntos Jurídicos y Desarrollo Social elaboren, previos los informes técnico y legal de las áreas competentes, el dictamen correspondiente, referente a la propuesta de Ordenanza Regional que apruebe el Plan Estratégico Regional Multisectorial para