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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de mayo de 2011 443402 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aprueban Normas Técnicas Peruanas para algodón absorbente no estéril, alfajor gigante, refrescos instantáneos y mejores prácticas logísticas RESOLUCIÓN COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 013-2011/CNB-INDECOPI Lima, 11 de mayo de 2011 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comités Técnicos de Normalización; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que fi gura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI; Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó los siguientes Comités Técnicos de Normalización: a) Tecnología para el cuidado de la salud, b) Alfajor gigante, c) Jugos, néctares de fruta y refrescos y d) Mejores prácticas logísticas de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, los Comités Técnicos de Normalización citados, presentaron Proyectos de Normas Técnicas Peruanas (PNTP) en las fechas indicadas: a) Tecnología para el cuidado de la salud, 1 PNTP, el 28 de diciembre de 2010 b) Alfajor gigante, 1 PNTP, el 30 de diciembre de 2010 c) Jugos, néctares de fruta y refrescos, 1 PNTP, el 19 de enero de 2011 d) Mejores prácticas logísticas, 2 PNTP, el 28 de enero de 2011 Los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas. Los mencionados en el acápite a), b), c) y d), mediante el Sistema 2 u ordinario y sometidos a Discusión Pública por un período de 60 días contados a partir del 26 de febrero del 2011. Que, no habiéndose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, y luego de la evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de la Comisión recomendó su aprobación como Normas Técnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 11 de mayo del 2011. RESUELVE Primero.- APROBAR como Normas Técnicas Peruanas, las siguientes: NTP 231.290:2011 ALGODÓN ABSORBENTE NO ESTÉRIL. Para uso medicinal. 1ª Edición Reemplaza a las NTP 231.186:1984 y NTP 231.187:1984 NTP 209.800:2011 ALFAJOR GIGANTE. Requisitos. 1ª Edición NTP 203.112:2011 REFRESCOS INSTANTÁNEOS. Requisitos. 1ª Edición NTP 399.049:2011 MEJORES PRÁCTICAS LOGÍSTICAS. Dimensiones de paletas pequeñas para el transporte de mercancías. 2ª Edición Reemplaza a la NTP 399.049:1980 NTP 399.050:2011 MEJORES PRÁCTICAS LOGÍSTICAS. Dimensiones de paletas grandes para el transporte de mercancías. 2ª Edición Reemplaza a la NTP 399.050:1980 Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Técnicas Peruanas: NTP 231.186:1984 ALGODÓN ABSORBENTE NO ESTÉRIL. Requisitos. 1ª Edición NTP 231.187:1984 ALGODÓN ABSORBENTE NO ESTÉRIL. Métodos de ensayo NTP 399.049:1980 PALETAS. Dimensiones de paletas pequeñas para el transporte de mercancías NTP 399.050:1980 PALETAS. Dimensiones de paletas grandes para el transporte de mercancías Con la intervención de los señores miembros Augusto Ruiloba Rossel, Antonio Blanco Blasco, Fabián Novak Talavera y Augusto Mello Romero. Regístrese y publíquese. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias 645371-1 Reemplazan Normas Técnicas Peruanas sobre fertilizantes, contenedores, ensayos para agua, agua potable, pulpa, papeles y cartones RESOLUCIÓN COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 14-2011/CNB-INDECOPI Lima, 11 de mayo de 2011