Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2011 (28/05/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 54

443418

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2011

Vicepresidentes, Congresistas, y representantes peruanos ante el Parlamento Andino; asimismo el articulo 2) del Decreto Supremo MORDAZA senalado, preve que en caso de que ninguno de los candidatos a Presidente de la Republica y Vicepresidentes obtuviese mas de la mitad de los votos validos, se procedera a una MORDAZA eleccion entre los dos (2) candidatos que hubiesen obtenido la votacion mas alta, la cual se realizara el dia MORDAZA 05 de junio de 2011, en los departamentos de toda la Republica. Que, el Ministerio Publico tiene la funcion de prevenir la comision de ilicitos penales, a fin de salvaguardar el normal desarrollo del referido MORDAZA electoral; en tal sentido, resulta necesario que la intervencion de los senores Fiscales; sea eficaz, oportuna y dentro del MORDAZA legal; para ello, debe precisarse los lineamientos aplicables ante la concurrencia de hechos contrarios al ordenamiento legal que obstruyan o perturben el normal desarrollo de los diversos actos electorales. Que, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 04-2011MP-FN, del Ministerio Publico aplicable a las Elecciones Generales 2011, MORDAZA Vuelta, a realizarse el MORDAZA 05 de junio de 2011, en los departamentos de toda la Republica. Articulo Segundo.- Disponer que en los casos no previstos en la citada Directiva, los Presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores a nivel nacional, adopten las medidas y/o acciones necesarias para el cumplimiento de su finalidad. Articulo Tercero.- Los senores Fiscales en general, deberan mantenerse en alerta permanente, MORDAZA, durante y despues de realizadas las elecciones del 05 de junio de 2011, permaneciendo en su respectivo ambito de competencia, debiendo intervenir, previniendo, investigando y/o denunciando la comision de ilicitos penales que atenten contra el normal desarrollo del MORDAZA electoral, contemplados en el Codigo Penal y en la Ley Organica de Elecciones. Articulo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones, Jefa de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, Jefe del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, Presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores a nivel nacional y al Observatorio de Criminalidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 646254-2

la Tercera Fiscalia Provincial Mixta de Tumbes, materia de las Resoluciones N°1097-2009-MP-FN y N° 086-2010MP-FN, respectivamente. Articulo Segundo.- Nombrar a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA Sur, designandola en el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA MORDAZA del Triunfo. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento de la presente Resolucion, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de MORDAZA Sur y Tumbes, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales y a la Fiscal designada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 646254-3 RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 907-2011-MP-FN MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2011 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 957 se aprobo el Codigo Procesal Penal, el cual establece en su Primera Disposicion Final de las Disposiciones Complementarias, que este entrara en vigencia progresivamente en los diferentes Distritos Judiciales segun el Calendario Oficial; Que, el Decreto Legislativo Nº 958, en los Articulos 16º, 17º y 18º regula el MORDAZA de implementacion y transitoriedad de la mencionada MORDAZA procesal; modificado por la Ley Nº 28994 en el Articulo 18º referente a la adecuacion de denuncias y liquidacion de procesos en etapa de investigacion; Que, mediante Ley N° 29574, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 17 de setiembre del 2010, se dispuso la entrada en vigencia a nivel nacional del Codigo Procesal Penal, aprobado por Decreto Legislativo Nº 957, solo para los delitos tipificados en las Secciones II, III y IV, articulos 382º al 401º, del Capitulo II, del Titulo XVIII, del Libro II del Codigo Penal, y en el supuesto de delitos conexos; a los ciento veinte dias de publicada la norma; Que, el Articulo 2º de la Ley Nº 29648, de fecha 31 de diciembre del 2010, modifico el numeral 4 de la Primera Disposicion Complementaria y Final del Codigo Procesal Penal; estableciendo que el 01 de junio de 2011, entrara en vigencia el citado Codigo, para los delitos cometidos por funcionarios publicos en los Distritos Judiciales de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Pasco, Del MORDAZA y Ucayali; Que, por Resolucion Nº 053-2011-MP-FN-JFS, de fecha 26 de MORDAZA de 2011, la Junta de Fiscales Supremos creo y delimito la competencia de los nuevos despachos fiscales acorde con la nueva estructura de organizacion fiscal, aprobado mediante Acuerdo Nº 457 de Junta de Fiscales Supremos, de fecha 04 de noviembre de 2004; dictando las disposiciones sobre la organizacion fiscal en los Distritos Judiciales mencionados precedentemente, solo respecto a los delitos cometidos por funcionarios publicos, a fin de adecuarla para la implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, creando Fiscalias Superiores Especializadas en Delitos de Corrupcion de Funcionarios, que conoceran los procesos, las apelaciones y recursos en queja que se tramiten conforme al MORDAZA Codigo, asi como los procesos de liquidacion y adecuacion; y las Fiscalias Provinciales Corporativas Especializadas en Delitos de Corrupcion de Funcionarios, que se encargaran de los casos con el MORDAZA Codigo Procesal Penal, asi como los procesos de liquidacion y adecuacion, a partir del 01 de junio del ano en curso; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Organica del Ministerio Publico;

Nombran y designan Fiscales en los Distritos Judiciales de MORDAZA Sur, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 905-2011-MP-FN MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2011 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades concedidas por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Tumbes y su designacion en el Despacho de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.