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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2011 (28/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de mayo de 2011 443413 VISTOS: El ofi cio Nº 024-2011-R-UPAGU, de fecha 10 de febrero de 2011 de la Universidad Privada Antonio Guillermo Urrelo, informe Nº 066-2011-DGDAC de fecha 05 de abril de 2011 de la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, y memorando Nº 474-2011-SE de fecha 28 de abril de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, con ofi cio de vistos, el Rector de la Universidad Privada Antonio Guillermo Urrelo, remite las Resoluciones de JGA/Nº 015-2009-UPAGU y Nº 016-2009-UPAGU, que aprueban el cambio de denominación de la Facultad de Farmacia y Bioquímica por la de Facultad de Ciencias de la Salud, con las carreras profesionales de Farmacia y Bioquímica, y de Enfermería; y la Facultad de Ciencias Administrativas por la de Facultad de Ciencias Empresariales y Administrativas con las carreras profesionales de Administración de Empresas, Contabilidad y Finanzas, Administración y Negocios Internacionales, Ingeniería Comercial y de Administración Turística, Hotelería y Gastronomía, acuerdo realizado en sesión de fecha 26 de diciembre del año 2009 de su Junta General de Accionistas; Que, con Informe de vistos, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación de la Asamblea Nacional de Rectores, expresa que estando a las Resoluciones expedidas por acuerdo de la Junta General de Accionistas antes citada, procede expedir la resolución que apruebe el cambio de denominación de acuerdo a los términos señalados en el considerando que antecede; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo (e) dispone la elaboración de una resolución, de acuerdo al anteproyecto que presenta la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, por la que se precise el cambio de denominación de la Facultad de Farmacia y Bioquímica y la Facultad de Ciencias Administrativas de la Universidad Privada Antonio Guillermo Urrelo, con sede en la ciudad de Cajamarca, a partir de la vigencia de las Resoluciones de la Junta General de Accionistas JGA/Nº 015-2009- UPAGU y Nº 016-2009-UPAGU, Estando a la autorización de la Alta Dirección; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de lo establecido en el Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Precisar que la Facultad de Farmacia y Bioquímica y la Facultad de Ciencias Administrativas de la Universidad Privada Antonio Guillermo Urrelo, a partir de la vigencia de las Resoluciones de la Junta General de Accionistas Nº 015-2009-UPAGU y Nº 016-2009-UPAGU, respectivamente se denominan: - Facultad de Ciencias de la Salud con las carreras profesionales de Farmacia y Bioquímica, y de Enfermería; y - Facultad de Ciencias Empresariales y Administrativas con las carreras profesionales de Administración de Empresas, Contabilidad y Finanzas, Administración y Negocios Internacionales, Ingeniería Comercial, y Administración Turística, Hotelería y Gastronomía. Artículo 2º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de la Institución. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 645268-2 Precisan denominación correcta de carrera académico profesional de la Universidad Andina “Néstor Cáceres Velásquez” de Juliaca COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0519-2011-ANR Lima, 12 de mayo de 2011 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES CONSIDERANDO: Que, en el marco de las atribuciones previstas en el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, se establece que la creación de nuevas carreras, títulos profesionales y de segunda especialidad, acordados por una Universidad y de las Facultades en que se hacen los estudios respectivos; requiere de la coordinación previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores; Que, teniendo a la vista la Resolución Nº 0364-2011-ANR de fecha 01 de abril de 2011, de la Asamblea Nacional de Rectores, por la que se resuelve declarar que la Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez, con sede en la ciudad de Juliaca, cumple con lo previsto en el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creación y organización de la Carrera Académico Profesional de Ingeniería Eléctrica, en la Facultad de Ingenierías y Ciencias Puras, quedando aprobada para su funcionamiento; Que, asimismo, la Resolución Nº 002-2004-AU-R- UANCV de fecha 04 de mayo de 2004, por la que se resuelve crear en vía de regularización el funcionamiento de la Carrera Académico Profesional de Ingeniería Electrónica, en la Facultad de Ingenierías y Ciencias Puras de la Universidad Andina “Néstor Cáceres Velásquez” de Juliaca; Que, en tal sentido, es necesario precisar la denominación correcta de la Carrera Académico Profesional, declarada en el artículo primero de la Resolución Nº 0364-2011-ANR, conforme a la Resolución Nº 002-2004-AU-R-UANCV, de la Universidad Andina “Néstor Cáceres Velásquez” de Juliaca, que dice: • Carrera Académico Profesional Ingeniería Eléctrica y debe decir: • Carrera Académico Profesional Ingeniería Electrónica; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de lo establecido en el Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Precisar la denominación correcta de la Carrera Académico Profesional Ingeniería Eléctrica declarada en el artículo primero de la Resolución Nº 0364- 2011-ANR, que conforme a la Resolución Nº 002-2004- AU-R-UANCV, de la Universidad Andina “Néstor Cáceres Velásquez” de Juliaca, debe decir: • Carrera Académico Profesional de Ingeniería Electrónica. Artículo 2º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de la Institución. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 645268-3