TEXTO PAGINA: 51
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de mayo de 2011 443415 Universitaria. El Presidente hará las veces de Rector, el primer Vicepresidente de Vicerrector Académico y el segundo Vicepresidente de Vicerrector Administrativo, ejercerán sus atribuciones de conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733, Leyes Nº 26490 y Nº 27602. Articulo 4º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la Asamblea Nacional de Rectores. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELASQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAUL MARTIN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 646152-1 Designan Comisión de Implementación para la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0586-2011-ANR Lima, 26 de mayo de 2011 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El acuerdo de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria y del Pleno de Rectores reunida en sesión ordinaria el 16 de mayo del 2011; y, CONSIDERANDO: Que la Asamblea Nacional de Rectores, en mérito a lo previsto por el artículo 90º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, tiene por fi nalidad coordinar y orientar las actividades académicas y administrativas de las universidades del país, así como velar por la gobernabilidad institucional y autonomía universitaria; Que, mediante Resolución Nº 626-2009-CONAFU, de fecha 27 de noviembre de 2009, el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades, resolvió otorgar la Autorización Defi nitiva de Funcionamiento a la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, Puerto Maldonado; Que, por Resolución Nº 597-2009-CONAFU, de fecha 24 de noviembre de 2009, se encarga la Dirección de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, por el plazo de dos años comprendido desde el 27 de noviembre de 2009 al 27 de noviembre de 2011, a los siguientes profesores: Dr. Juan Huayllani Moscoso, rector (e); Ing. M. Sc. Américo Quevedo Guevara, vicerrectorado académico (e); M. Sc. Sonia Pilar Yufra Cruz, vicerrectorado administrativo (e); Que, mediante Ofi cio Nº 011-2009-UNAMAD-R, de fecha 10 de diciembre de 2009, dirigida a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores, el Rector (e) de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, solicita opinión legal a fi n de que el suscrito que ha sido elegido por mayoría absoluta por la Asamblea Universitaria sea nombrado por el periodo de cinco años; Que, indebidamente mediante Resolución de Asamblea Universitaria Nº 001-2010-AU, de fecha 02 de febrero de 2010, de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, se aprueba la vigencia del cumplimiento del mandato del Rector y Vicerrectores, ampliada de dos a cinco años, del 27/11/2009 al 27/11/2014, y Decanos de Facultades de tres años, del 27/11/2009 al 27/11/2012; Que, de los hechos señalados en los párrafos precedentes, la Asamblea Nacional de Rectores mediante Resolución Nº 0385-2010-ANR, de fecha 21 de abril de 2010, se designa a los integrantes de una Comisión Informante a fi n de que tomen conocimiento del Proceso de Organización, elección de Rector; conformación de Órganos de Gobierno y el Estatuto de la UNAMAD. La Comisión estuvo integrada por el doctor Alfonso Flores Mere y el ingeniero Luis Francisco Delgado de la Flor Badaracco, ex rectores de la Universidad Nacional Agraria La Molina; Que, mediante documento de fecha 25 de junio de 2010, la Comisión Informante de la UNAMAD, designada por Resolución Nº 0385-2010-ANR, presenta el Informe respectivo, en el que señala que por Resolución de Asamblea Universitaria Nº 001- 2009-AU y de acuerdo al artículo 117ª del Estatuto de la Universidad, establece los requisitos para ser Rector, el artículo 129º señala los requisitos para ser Vicerrectores y de igual manera los requisitos para ser Decanos; asimismo, que de conformidad con el Reglamento del CONAFU la universidad al obtener la condición de institucionalizada vencido el periodo de dos años, la Asamblea Universitaria deberá elegir por el periodo comprendido de cinco años; Que, en la sesión ordinaria del Pleno de Rectores llevado a cabo el 13 de diciembre de 2010 en la sede de la Universidad Nacional de Piura, se trató la situación de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, acordándose conformar una Comisión de Rectores presidida por el Presidente del CRI-Amazónico, la misma que se instalaría en la sede de la mencionada universidad, para realizar un informe objetivo sobre la situación de sus órganos de gobierno; Que, mediante Ofi cio Nº 047-2011-UNU-R, de fecha 25 de febrero de 2011, el Rector de la Universidad Nacional de Ucayali y Presidente del Consejo Regional Interuniversitario Amazónico, presenta el Informe de la Comisión Especial de Rectores sobre la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios; Que, asimismo, mediante Expedientes Nos. 149660, 104-05-22 y 105-05-11, el Tercio Estudiantil y Representantes de los Centros Federados presentan escritos sobre irregularidades en la UNAMAD, y el Expediente 149583 presentado por los miembros de la Asamblea Universitaria y del Secretario General de la Universidad, solicitando se declare en situación de ingobernabilidad y se nombre una Comisión de Orden y Gestión en dicha Casa de Estudios; Que, por acuerdo del Pleno de Rectores reunido en sesión ordinaria el 16 de mayo del 2011, se acordó aprobar el Informe presentado por el CRI-Amazónico y la conformación de una Comisión de Implementación para la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, para que verifi que el cumplimiento de los acuerdos señalados en dicho Informe, la misma que será designada por la Presidencia de la ANR; Estando a lo acordado; De conformidad con la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, y en uso de sus atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Informe presentado por el Consejo Regional Interuniversitario Amazónico (CRI- Amazónico), mediante Ofi cio Nº 047-2011-UNU-R, de fecha 25 de febrero de 2011, sobre la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, documento que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.-Designar una Comisión de Implementación para la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, Puerto Maldonado, otorgándole un plazo de ciento veinte días (120), encargada de implementar los acuerdos señalados en el Informe del CRI-Amazónico, la misma que estará integrada por: - Ing. Civil José Artemio Olivares Escobar, presidente Ex rector de la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco - Mg. Mv. Teodolfo Valencia Chamba