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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de mayo de 2011 443386 1. De conformidad con el Numeral 3 del Artículo 6 del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, aprobar las modifi caciones al Plan de Promoción del Concurso de Proyectos Integrales para la entrega en concesión al sector privado del proyecto “Panamericana Sur: Ica – Frontera con Chile, Tramo Vial Dv Ilo – Tacna – La Concordia, ampliando su alcance de la siguiente manera: Tramo Vial Dv. Quilca – Dv. Arequipa (Repartición) – Dv. Matarani – Dv. Moquegua – Dv. Ilo – Tacna – La Concordia y la información que se derive del mencionado cambio. 2. Disponer la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, en aplicación de lo dispuesto por el Artículo 5 del Decreto de Urgencia N° 001-2001. Transcribir el presente acuerdo al Comité – Pro Integración, a la Dirección de Promoción de Inversiones y al Jefe de Proyectos Viales exonerándolo del trámite de lectura y aprobación del Acta.” TABATA D. VIVANCO Secretaria de Actas Consejo Directivo PROINVERSIÓN 645731-1 Aprueban Plan de Promoción de la Inversión Privada para seleccionar al operador al que se otorgará concesión única para la prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones y asignación de las bandas 899-915 MHz y 944-960 MHz en la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao y las bandas 902-915 MHz en el resto del país ACUERDO PROINVERSIÓN Nº 427-08- 2011 Acuerdo adoptado en el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN en su Sesión Nº 427 de fecha de 26 de mayo de 2011 “Visto, el Acuerdo Pro Conectividad N° 180-5- 2011-Telecomunicaciones del 17 de mayo de 2011, se acuerda: 1. Aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada para seleccionar al operador al que se le otorgará concesión única para la prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones y asignación de las bandas 899- 915 MHz y 944-960 MHz en la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao y las bandas 902-915 MHz y 947-960 MHz, en el resto del país, conforme a lo establecido en el Numeral 3 del Artículo 6º del Texto Único Ordenado aprobado por el Decreto Supremo Nº 059-96- PCM. 2. Gestionar la publicación del presente acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano. Transcribir el presente acuerdo al Comité Pro Conectividad, a la Dirección de Promoción de Inversiones y al Jefe de Proyectos en Telecomunicaciones, exonerándolo del trámite de lectura y aprobación de Acta correspondiente.” TABATA D. VIVANCO Secretaria de Actas Consejo Directivo PROINVERSIÓN 645733-1 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Designan responsable del Libro de Reclamaciones del INS y del cumplimiento de lo dispuesto en el D.S. Nº 042-2011-PCM RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 135-2011-J-OPE/INS Lima, 27 de mayo de 2011 VISTO: el Informe Nº 052-2011-DG-OGAT/INS de fecha 9 de mayo de 2011, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Técnica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2011- PCM se estableció la obligatoriedad de las entidades de la Administración Pública de contar con un Libro de Reclamaciones como mecanismo de participación ciudadana para asegurar la efi ciencia del Estado y salvaguardar los derechos de los usuarios frente a la atención en los trámites y servicios que se les brinde; Que, la entidad está obligada a responder al usuario, por medios físicos o electrónicos, en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, acerca de las medidas adoptadas para evitar el acontecimiento de hechos similares en el futuro, para lo cual medíante resolución del Titular de la entidad se designará al responsable del Libro de Reclamaciones de la entidad, de conformidad a lo establecido en los artículos 4º y 5º del Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM; Que, asimismo, mediante Resolución Ministerial Nº 383- 2011/MINSA se dispuso que los órganos desconcentrados del Ministerio de Salud, así como los Organismos Públicos adscritos al Sector Salud, como es el caso del Instituto Nacional de Salud, deberán contar con un Libro de Reclamaciones a que hace referencia el Decreto Supremo antes nombrado, designando al Responsable del mismo, debiendo informar al Responsable del Ministerio de Salud; Que, en dicho sentido, resulta necesario designar al funcionario responsable del Libro de Reclamaciones del Instituto Nacional de Salud- INS, en el marco de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM y Resolución Ministerial Nº 383-2011/MINSA; Con las visaciones de la Subjefatura, Ofi cina General de Asesoría Jurídica y Ofi cina General de Asesoría Técnica, y; De conformidad a lo establecido en el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM y en uso de las atribuciones establecidas en el inciso h) del Artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2003-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al Ing. Luis Nuñéz Cabañas, Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Gestión de la Calidad como responsable del Libro de Reclamaciones del Instituto Nacional de Salud y del cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM. Artículo 2º.- Disponer que la Ofi cina Ejecutiva de Organización proceda a publicar la presente Resolución en el Portal de Internet del Instituto Nacional de Salud: www.ins.gob.pe. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución al Responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de Salud, los Órganos de la entidad y Órgano de Control Institucional para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR A. CABEZAS SÁNCHEZ Jefe 646142-1