Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2011 (28/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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Visto el Oficio Nº 401-2011-1er.VR de fecha 16 de MORDAZA de 2011 del Primer Vicerrector de la Universidad Nacional de Ingenieria; CONSIDERANDO: Que, la Universidad Virtual del Sistema Tecnologico de Monterrey ­ Mexico, la Union de Universidades de MORDAZA Latina y el Caribe (UDUAL), y el Instituto Latinoamericano de la Comunicacion Educativa (ILCE), vienen organizando el XII Encuentro Internacional Virtual Educa ­ "Innovacion Educativa para un Desarrollo sin Fronteras", a llevarse a cabo en el Campus del Tecnologico de Monterrey de la MORDAZA de Mexico, del 20 al 24 de junio de 2011; asimismo, durante el desarrollo de dicho evento se celebrara el IV Foro "Educacion Superior, Innov@cion e Internacionalizacion en MORDAZA Latina y el Caribe", organizado conjuntamente con la Union de Universidades de MORDAZA Latina y el Caribe (UDUAL) y las redes universitarias regionales; Que, el Primer Vicerrector Geol. MORDAZA S. MORDAZA MORDAZA mediante el Oficio del visto, informa al Rectorado, que el Secretario General de Virtual Educa y el Presidente de la Alianza Estrategica Rector de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, le han formulado invitacion para que asista al XII Encuentro Internacional Virtual Educa ­ "Innovacion Educativa para un Desarrollo sin Fronteras"; evento academico que estara ligado a los usos de la tecnologia de la educacion, asi como sobre los modelos y mecanismos de gestion del conocimiento en el Siglo XXI y la influencia que todo ello tiene en el progreso de nuestra sociedad, con representantes de los paises de MORDAZA Latina y de Europa, que permitira plantear propuestas y compartir proyectos en el ambito de la innovacion aplicada a la educacion y la formacion; Que, dicho viaje en mision oficial se llevara a cabo del 19 al 25 de junio de 2011, cuyos pasajes, viaticos, tarjeta de seguro de viaje y tarifa Corpac, seran cubiertos por la fuente de financiamiento de recursos ordinarios o directamente recaudados de la Oficina Central de Posgrado; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y el articulo 52º inciso c) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingenieria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje en Mision Oficial del Geol. MORDAZA S. MORDAZA MORDAZA ­ Primer Vicerrector de la Universidad Nacional de Ingenieria, del 19 al 25 de junio de 2011, para que en representacion de la Universidad Nacional de Ingenieria asista al XII Encuentro Internacional Virtual Educa ­ "Innovacion Educativa para un Desarrollo sin Fronteras", y al IV Foro "Educacion Superior, Innov@cion e Internacionalizacion en MORDAZA Latina y el Caribe". Articulo 2º.- Otorgar al Geol. MORDAZA S. MORDAZA MORDAZA, los viaticos respectivos, para sufragar los gastos que por dichos conceptos irroguen su participacion en la actividad MORDAZA mencionada, los mismos que seran financiados a traves de los Recursos Ordinarios o Directamente Recaudados de la Oficina Central de Posgrado, por el equivalente en nuevos soles del total del monto que a continuacion se indica: Pasajes aereo (Ida y vuelta) Assist Card Classic Viaticos por 07 dias : : : US$ 876.98 US$ 63.00 US$ 1,540.00

Ordinarios o Directamente Recaudados de la Oficina Central de Posgrado. Articulo 5º.- Dar cuenta al Consejo Universitario. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 645412-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Disponen suspension de petitorios mineros metalicos en la MORDAZA Sur hasta la conclusion del MORDAZA de Zonificacion Ecologica y Economica y reconocen la preexistencia y existencia de pueblos indigenas Aymaras, Quechuas y Amazonicos en todo el ambito territorial de MORDAZA
CONSEJO REGIONAL DE MORDAZA ORDENANZA REGIONAL Nº 05-2011-GRP-CRP EL CONSEJO REGIONAL REGIONAL DE PUNO. VISTO: En el Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en sesion extraordinaria permanente llevada a cabo el dia 24 y 26 de MORDAZA del 2011, se ha debatido y aprobado la Ordenanza Regional siguiente; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado en su articulo 191º considera que la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente de Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del pais; con este proposito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Constitucion Politica del Peru, en sus articulos 88º y 89º hace referencia al regimen agrario y de las comunidades nativas y campesinas, garantizando la proteccion del derecho de propiedad imprescriptible sobre la tierra, en forma privada o comunal o en cualquier otra forma asociativa, reconociendoles autonomia en su organizacion, en el trabajo comunal y en el uso y libre disposicion de sus tierras. Que, la Constitucion Politica del Peru, en su articulo 2, inciso 2, reconoce al Estado Peruano como un Estado pluricultural y plurietnico, de ahi que no desconoce la existencia de pueblos y culturas originarias y ancestrales del Peru, mas por el contrario la Constitucion obliga a su tutela y proteccion. Asimismo, el mismo cuerpo normativo establece en su articulo 2, inciso 19, el derecho a la identidad etnica y cultural; el articulo 89 establece que ademas del castellano, tambien son idiomas oficiales el quechua, el MORDAZA y las demas lenguas aborigenes en las zonas donde predominen. Por su parte, el articulo 89, reconoce la autonomia organizativa, economica y administrativa a las comunidades campesinas y nativas, asi como la libre disposicion de sus tierras, reiterandose de igual forma la obligacion del Estado de respetar su identidad cultural. A su vez, el articulo 149, permite que las comunidades nativas y campesinas puedan aplicar su derecho consuetudinario, ejercitando funciones DEL GOBIERNO

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, se presentara un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento; asimismo, se presentara la rendicion de las cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- Disponer que la Oficina Central de Logistica publique la presente Resolucion en el diario Oficial El Peruano de conformidad a lo establecido por el articulo 3° de la Ley N° 27619, con cargo a los Recursos

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