Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2011 (15/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 15 de noviembre de 2011

se encuentran inscritos en la Partida Nº 11134268 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Chiclayo, de la MORDAZA Registral N° II ­ Sede Chiclayo; Que, mediante Informe Nº 095-2011-SERNANP-DDEOAJ, la Direccion de Desarrollo Estrategico y la Oficina de Asesoria Juridica del SERNANP, concluyen que el area propuesta cuenta con valores ecologicos, floristicos, faunisticos, ambientales, cientificos, educativos y turisticos que le confieren importancia; por lo que su reconocimiento contribuira a la conservacion de especies de MORDAZA, fauna MORDAZA del bosque seco del norte y al desarrollo sostenible en el ambito. Asimismo, senalan que el area propuesta cumple con los requisitos tecnicos y legales establecidos en las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Areas de Conservacion Privadas, aprobadas por Resolucion Presidencial Nº 1442010-SERNANP; En virtud a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 26834, Ley de Areas Naturales Protegidas y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 038-2001-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Reconocer el Area de Conservacion Privada La MORDAZA del Chaparri, a perpetuidad, sobre el predio inscrito en la Partida Nº 11134268 ubicado en la provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA, de propiedad del Sr. Heinz MORDAZA MORDAZA E. Plenge MORDAZA y de la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Plenge. Articulo 2º.- Establecer como objetivos del Area de Conservacion Privada La MORDAZA del Chaparri, los siguientes: 2.1 Objetivo general Conservar el predio La MORDAZA del Chaparri, asegurando la conservacion de la biodiversidad y servicios ambientales, con la finalidad de brindar oportunidades de desarrollo. 2.2 Objetivos especificos 2.2.1 Conservar una muestra del ecosistema de Bosque Seco Ecuatorial; a traves de programas de conservacion de especies de MORDAZA y fauna MORDAZA endemica y/o amenazada del lugar. 2.2.2 Difundir in situ conceptos de auto-gestion y conservacion de areas, tanto a nivel de comunidades aledanas, como en general de todo el pais. Articulo 3º.- En aplicacion del parrafo 2 del articulo 3º del Decreto Supremo Nº 008-2009-MINAM, que establece las Disposiciones para la Elaboracion de los Planes Maestros de las Areas Naturales Protegidas- ANP, el expediente de reconocimiento del Area de Conservacion Privada La MORDAZA del Chaparri, es tambien su Plan Maestro, ya que contiene el listado de obligaciones y restricciones y la propuesta de zonificacion interna del area. Articulo 4º.- En aplicacion del articulo 11º de la Resolucion Presidencial Nº 144-2010-SERNANP, que aprueba las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Areas de Conservacion Privadas, las obligaciones que se derivan del reconocimiento del Area de Conservacion Privada, son inherentes a la superficie reconocida como tal y el reconocimiento del area determina la aceptacion por parte de los propietarios, de condiciones especiales de uso que constituyen cargas vinculantes para todas aquellas personas que durante el plazo de vigencia del reconocimiento del Area de Conservacion Privada, MORDAZA titulares o les sea otorgado algun derecho real sobre el mismo. Articulo 5º.- En aplicacion del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas y de los incisos 1) y 5) del articulo 2019° del Codigo Civil; asi como, del articulo 12º de la Resolucion Presidencial Nº 144-2010-SERNANP, que aprueba las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Areas de Conservacion Privada, el SERNANP inscribira en la SUNARP, las cargas de condiciones especiales de uso del Area de Conservacion

Privada La MORDAZA del Chaparri, a perpetuidad, las cuales son las siguientes: Obligaciones de Hacer: 1. Usar el predio con fines de conservacion para los cuales ha sido reconocido el Area de Conservacion Privada. 2. Desarrollar practicas ambientales sostenibles en el aprovechamiento de los recursos naturales. 3. Preservar servicios ambientales en el Area de Conservacion Privada, como el recurso agua. 4. Dar cumplimiento a la normatividad de Areas Naturales Protegidas, directivas, disposiciones, y recomendaciones emitidas por el SERNANP, asi como las normas conexas aplicables a la conservacion del Area de Conservacion Privada. 5. Brindar al SERNANP o, a quien este designe, las facilidades que esten a su alcance para la supervision del area. 6. Presentar un informe anual de avance con respecto al cumplimiento de lo establecido en el Plan Maestro, el cual sera presentado dentro de los treinta (30) dias siguientes al termino de cada ano. Obligaciones de No Hacer: 1. No efectuar cambio de uso de la tierra. 2. No realizar actividades que pongan en riesgo los objetivos del area, asi como la zonificacion respectiva del area. 3. No desarrollar proyectos de infraestructura que altere el paisaje, atentando con ello los objetivos de conservacion del Area de Conservacion Privada. 4. No introducir especies exoticas. 5. No realizar actividades incompatibles con la zonificacion del Area de Conservacion Privada. Articulo 6º.- Lo dispuesto en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial no implica la convalidacion de algun derecho real sobre el area reconocida asi como tampoco constituye medio de prueba para ningun tramite que pretenda la formalizacion de la propiedad ante la autoridad estatal competente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. GIESECKE Ministro del Ambiente 716128-2

DEFENSA
Rectifican el Estatuto de la Fabrica de MORDAZA y Municiones del Ejercito Sociedad Anonima Cerrada - FAME S.A.C.
(Se publica la presente resolucion ministerial a solicitud del Ministerio de Defensa, mediante Oficio Nº 1367-2011MINDEF/SG/A/02.1, recibido el 14 de noviembre de 2011) RESOLUCION MINISTERIAL N° 611-2009-DE/SG MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO Que, mediante Resolucion Ministerial N° 259-2009 DE/SG del 19 de marzo del 2009, se aprobo el Estatuto de la Fabrica de MORDAZA y Municiones del Ejercito Sociedad Anonima Cerrada ­ FAME S.A.C., el cual consta de nueve (09) Capitulos y treinta y tres (33) Articulos. Que, la Gerencia General de FAME S.A.C., ha comunicado que con ocasion de los tramites de inscripcion

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