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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 15 de noviembre de 2011 453337 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Conforman el Comité de Dirección del Proceso de Simplificación Administrativa y conforman el Equipo de Mejora Continua - EMC del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 414-2011-MIMDES Lima, 14 de noviembre de 2011 Visto la Nota Nº 241-2011-MIMDES/OGPP de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del MIMDES; CONSIDERANDO: Que, la simplifi cación administrativa como política nacional de obligatorio cumplimiento es aplicable a todas las entidades públicas que tramitan procedimientos administrativos o brindan servicios administrativos en exclusividad; en ese sentido involucra al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, con la fi nalidad de orientar a las entidades del sector público en el desarrollo de procesos de simplifi cación administrativa, mediante Decreto Supremo Nº 007- 2011-PCM, se aprobó la Metodología de Simplifi cación Administrativa; Que, de acuerdo con dicha metodología se dispone la conformación de un Comité de Dirección del Proceso de Simplifi cación Administrativa como instancia política responsable de la puesta en marcha del proceso de simplifi cación y el Equipo de Mejora Continua como responsable de planifi car y gestionar el proceso de simplifi cación administrativa al interior de cada entidad del sector público; Que, en mérito a lo expuesto, es necesario conformar el Comité de Dirección del Proceso de Simplifi cación Administrativa y el Equipo de Mejora Continua del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 29597 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; y, el Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conformar el Comité de Dirección del Proceso de Simplifi cación Administrativa como instancia política responsable de la puesta en marcha del proceso de simplifi cación administrativa en el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el que estará integrado de la siguiente manera: - El (la) Secretario (a) General, quien lo presidirá; - El (la) Viceministro (a) de la Mujer o su representante; - El (la) Viceministro (a) de Desarrollo Social o su representante; - El (la) Director (a) General de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto; - El (la) Director (a) General de la Ofi cina General de Administración; y, - Un representante de los administrados o de la Sociedad Civil, el cual será determinado a través de documento del Despacho ministerial. Artículo 2º.- Conformar el Equipo de Mejora Continua – EMC del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, responsable de gestionar el proceso de simplifi cación administrativa según lo señalado en la Metodología de la Simplifi cación Administrativa, aprobada por Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM, el cual estará integrado de la siguiente manera: - El (la) Jefe (a) de la Ofi cina de Organización y Métodos, responsable del Equipo de Mejora Continua; - Un representante de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, especialista legal; - Un representante de la Ofi cina General de Administración, especialista en costos; - Un representante de la Ofi cina de Organización y Métodos, especialista administrativo o especialista en racionalización; - Un representante de la Ofi cina de Informática y Desarrollo de Sistemas, especialista en informática y tecnología; - Un representante de la Ofi cina de Comunicación, especialista en comunicaciones; y, - El (la) o los (las) responsables del procedimiento o servicio a simplifi car. El Equipo de Mejora Continua podrá ser ampliado, de ser necesario con: un facilitador de talleres y un especialista en rediseño de infraestructura. Artículo 3º.- El Equipo de Mejora Continua - EMC realizará las actividades señaladas en la Metodología de Simplifi cación Administrativa, pudiendo incorporar de manera temporal a los responsables de los procedimientos que pueden ser una o más personas de los diferentes órganos, programas nacionales o unidades orgánicas de la Entidad. Sin perjuicio de lo señalado, todas las dependencias del Ministerio deberán brindar al Equipo de Mejora Continua el apoyo que éste requiera para el cumplimiento de sus fi nes. Artículo 4º.- El Equipo de Mejora Continua – EMC debe informar en forma mensual de sus actividades y logros alcanzados al Comité de Dirección del Proceso de Simplifi cación administrativa del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Artículo 5º.- Los documentos e informes que elaboren el Comité de Dirección del Proceso de Simplifi cación Administrativa y el Equipo de Mejora Continua serán difundidos en el Portal Institucional del MIMDES. Artículo 6º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el portal institucional del MIMDES (www.mimdes.gob.pe) al día siguiente de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. AIDA GARCIA NARANJO MORALES Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 716213-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Designan Vocales Titulares del Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energía y Minería - TASTEM RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 205-2011-OS/CD Lima, 8 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Nº 175-2010-OS/CD del 24 de junio de 2010, modifi catoria del Reglamento de los Órganos Resolutivos de OSINERGMIN aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 067-2008-OS-CD,