Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2011 (17/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de noviembre de 2011

NORMAS LEGALES

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PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA
Crean el Centro Integral de Atencion al Adulto Mayor (CIAM)
ORDENANZA Nº 017-2011-MDCLR MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, 19 de Octubre del 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA DE LA MORDAZA REYNOSO. POR CUANTO: Visto en Sesion Ordinaria de Concejo, celebrado el 19 de Octubre del 2011, el Memorandum Nº 1212-2011GPPS/MDCLR, de la Gerencia de Proyeccion y Promocion Social, que requiere CREAR EL CENTRO INTEGRAL DE ATENCION AL ADULTO (CIAM), en la Municipalidad Distrital de MORDAZA de la MORDAZA Reynoso. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nª 27972, los Gobiernos Locales, gozan de Autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el articulo 7º de la Constitucion Politica, senala que todos tienen derecho a la proteccion de su salud, la del medio familiar y de la comunidad, asi como el deber de contribuir a su promocion y defensa. La persona incapacitada para velar por si misma a causa de una deficiencia fisica o mental, tiene derecho al respeto de su dignidad y a un regimen legal de proteccion, atencion, readaptacion y seguridad. Asimismo, la referida Constitucion precisa en su Art. 4º, que la Comunidad y el Estado protegen entre otros, a los ancianos en situacion de abandono. Que, el numeral 1.2, en concordancia con el numeral 2.4 del Articulo 84º, de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece como funciones especificas exclusivas de las Municipalidades Provinciales y Distritales: Organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia, proteccion y apoyo a la poblacion en riesgo, de ninos, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la poblacion en situacion de discriminacion. Que, el articulo 8 de la Ley Nº 28803 Ley de Personas Adultas Mayores, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales, en coordinacion con la Direccion de Personas Adultas Mayores del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­MIMDES, deben crear los Centros Integrales de Atencion al Adulto Mayor (CIAM). Que, el tercer parrafo del articulo 6º del Decreto Supremo Nº 013-2006-MIMDES, Reglamento de la Ley de Personas Adultas Mayores, establece que las Municipalidades dispondran las medidas administrativas necesarias y estableceran alianzas estrategicas para la implementacion progresiva de los servicios administrativos que deben brindar los CIAM, de acuerdo al articulo 8º de la Ley Nº 28803. Que, el Articulo 41º de la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades, senala que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional que expresan la voluntad del organo de Gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional. Estando a lo expuesto, con la opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Legal, segun Informe Nº 0688-2011GAL/MDCLR-TPB; y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; y con la aprobacion UNANIME de los senores Regidores; el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE CREA EL CENTRO INTEGRAL DE ATENCION AL ADULTO MAYOR (CIAM) Articulo Primero.- CREASE, el Centro Integral de Atencion al Adulto Mayor CIAM, en la Municipalidad Distrital

de MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, que dependera de la Sub Gerencia de DEMUNA-OMAPED, Gerencia de Proyeccion y Promocion Social. Siendo sus funciones generales: 1. Promover servicios de atencion primaria en salud al Adulto Mayor 2. Desarrollar actividades de educacion, cultura, esparcimiento, capacitacion laboral y socializacion 3. Velar por la defensa de los derechos de los adultos mayores en caso de abusos y maltratos. 4. Disenar e implementar campanas permanentes de promocion de los derechos de los adultos mayores. 5. Implementar el Registros de Organizaciones de Personas y Adultos 6. Implementar el Programa de Voluntarios del Adulto Mayor. Articulo Segundo.- INCLUIR, en el Reglamento de Organizacion y Funciones ROF y Manual de Organizacion y Funciones MOF, las funciones generales y especificas que desarrollara el Centro Integral de Atencion al Adulto Mayor. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia de Presupuesto y Planificacion, y Gerencia de Proyeccion y Promocion Social, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. LECCA RUBIO MORDAZA 717221-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA
Autorizan licencia del MORDAZA de la Municipalidad y encargan su Despacho al Primer Regidor
ACUERDO DE CONCEJO Nº 097-2011 Moyobamba, 14 de noviembre del 2011 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA VISTO: El Acta de Sesion Ordinaria Nº 021-2011, de fecha catorce de noviembre del dos mil once, la solicitud de licencia sin goce de haberes por motivos personales y/o particulares, presentada por el Senor MORDAZA MORDAZA del MORDAZA Reategui- MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, por lo que el pleno lo somete a debate; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales son Organos de Gobierno, promotores del desarrollo local con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a los articulos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, el articulo 17 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, senala que los acuerdos son adoptados por mayoria calificada o mayoria simple, el acalde tiene MORDAZA dirimente en caso de empate, aparte de su MORDAZA, como miembro del Concejo , por otro lado el articulo 41º del mismo cuerpo legal, establece que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del Organo de Gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, mediante el documento del visto con fecha diez de noviembre el Sr. MORDAZA MORDAZA del MORDAZA ReateguiAlcalde de la Municipalidad Provincial de Moyobamba,

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