Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2011 (17/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
VISTO:

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de noviembre de 2011

Que, mediante Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales ejerceran funciones especificas, las mismas que se formularan en concordancia con las politicas nacionales, encontrandose entre ellas, asumir las funciones en materia de minas, que especificamente resulta: Otorgar concesiones para pequena mineria y mineria artesanal de alcance regional; conforme lo senala el inciso f) del articulo 59° de la referida Ley; Que, por Resolucion Ministerial N° 550-2006-MEM/ DM, publicada con fecha 18 de noviembre de 2006, se declaro que el Gobierno Regional de MORDAZA, concluyo el MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energia y Minas, siendo competente a partir de esa fecha para el ejercicio de las mismas; Que, mediante Ordenanza Regional N° 095-2009GRJ/CR y Ordenanza Regional N° 099-2010-GRJ/CR, se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones y el Cuadro para Asignacion de Personal respectivamente, del Gobierno Regional Junin; Que, mediante Ordenanza Regional N° 103-2011-GRJ/ CR, del 14 de enero de 2011, se Deroga la Ordenanza Regional N° 095-2009-GRJ/CR y la Ordenanza Regional N° 099-2010-GRJ/CR respectivamente mediante el cual se Aprobaron los Documentos de Gestion Institucional tales como el Reglamento de Organizacion y Funciones y el Cuadro para Asignacion de Personal; Que, el articulo 3° de la Ordenanza Regional N° 103-2011GRJ/CR, Restablece la vigencia de la Ordenanza Regional N° 002-2003-GRJ/CR de fecha 12 de marzo del 2003 y sus modificatorias Ordenanzas Regionales N° 014-GRJ/CR, N° 040-GRJ/CR y N° 087-2008-GRJ/CR respectivamente; asi mismo el Cuadro para Asignacion de Personal es aprobado por Resolucion Ejecutiva Regional N° 223-2004-GRJ-JUNIN/ PR y el Presupuesto Analitico de Personal es aprobado por Resolucion Ejecutiva Regional N° 793-2006-GR-JUNIN/PR; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 124° del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo N° 014-92-EM; el articulo 24° del Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado por Decreto Supremo N° 018-92-EM; se publicara mensualmente en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez, la relacion de concesiones mineras cuyos titulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la atribucion establecida en el inciso f) del articulo 59 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, aprobada por Ley N° 27867, asumiendo competencias el Gobierno Regional de Junin; Resolucion Ejecutiva Regional de designacion N° 113-2011-GR-JUNIN/PR; y contando con las visaciones correspondientes; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese en el Diario Oficial El Peruano las concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de octubre de 2011, de acuerdo a la relacion adjunta que es parte integrante de la presente resolucion y para los efectos a que contraen los articulos 124° del Decreto Supremo N° 014-92-EM y 24° del Decreto Supremo N° 018-92-EM. Registrese y publiquese. MORDAZA P. DE LA MORDAZA MORDAZA Director Regional de Energia y Minas 717079-1

En el Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en sesion ordinaria llevada a cabo el dia 16 de agosto del 2011, se ha debatido y aprobado la Ordenanza Regional siguiente; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado considera que la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente del Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del pais; con este proposito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, de conformidad al articulo 13º de la Ley Nº 27867, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, de igual forma el articulo 15º literal a) de la MORDAZA senalada, es atribucion del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia se su competencia y funciones del Gobierno Regional, y el articulo 37º literal a) indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos Regionales. Que en fecha 16 de junio del presente ano, se constituyeron al Hospital Regional MORDAZA Nunez Butron, la Comision Especial de verificacion de infraestructura del H.R.M.N.B. y Consejeros Regionales de diferentes provincias con la finalidad de verificar el estado de infraestructura del mencionado nosocomio, en respuesta a la visita ante el Consejo Regional por parte de los directivos del hospital y miembros del Sindicato del hospital, quienes expusieron la problematica de la infraestructura. Que el H.R.M.N.B. se encuentra en estado de deterioro en razon de que en fecha 15 de Octubre de 1965 inicio su funcionamiento, siendo a la fecha 45 anos de operatividad del Hospital, sin que durante el tiempo transcurrido MORDAZA recibido el mantenimiento adecuado. Siendo de prioridad establecer las acciones necesarias para una adecuada atencion a los pobladores. Que, mediante informe de la Comision Especial de verificacion de infraestructura del H.R.M.N.B., informe Nº 001-2011-DCRP-GRP, detalla la situacion actual en que se encuentra la infraestructura, el estado del equipamiento en las diferentes areas, y las condiciones en las cuales vienen atendiendo a los usuarios, siendo las conclusiones que es necesario la construccion en el corto o mediano plazo de una nueva infraestructura del Hospital Regional debidamente equipado de acuerdo a la tecnologia, por ser el hospital referencial de la Region Puno. En uso de las facultades conferidas por Ley 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley 27902. ORDENA: Articulo Primero.-DECLARAR, en emergencia la infraestructura, el equipamiento y la gestion logistica del Hospital Regional MORDAZA Nunez Butron de Puno. Articulo Segundo.-DECLARAR, de interes regional la construccion e implementacion del MORDAZA del Hospital Regional MORDAZA Nunez Butron. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el diario regional de mayor circulacion y en el Diario Oficial El Peruano, en estricto cumplimiento de lo que dispone el articulo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y el MORDAZA electronico del Gobierno Regional de MORDAZA, bajo responsabilidad. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA a los 16 dias del mes de agosto del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Mando se publique, se registre y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los dias del mes del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA 717147-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran en emergencia la infraestructura, el equipamiento y la gestion logistica del Hospital Regional MORDAZA Nunez Butron de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 015-2011-GRP-CRP EL CONSEJO REGIONAL REGIONAL DE PUNO. DEL GOBIERNO

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