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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de noviembre de 2011 453446 Ley Nº 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, mediante la Resolución de Intendencia Nº 020- 024-0000100 publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 23 de marzo del 2011, se designó a la Srta. Patricia Abrill Arriola como auxiliar coactivo y siendo que a la fecha ha retornado a su Sede de origen, es necesario dejar sin efecto dicha designación; Que, el artículo 4º de la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación como auxiliar coactivo de la Intendencia Regional Lima, de la funcionaria que se indica a continuación: Nº REG. APELLIDOS Y NOMBRES 1 6229 ABRILL ARRIOLA PATRICIA Artículo Segundo.- Designar como auxiliares coactivos de la Intendencia Regional Lima, a los funcionarios que se indican a continuación: Nº REG. APELLIDOS Y NOMBRES 1 6035 PEÑA GARCIA PEDRO MIGUEL 2 7115 ROSPIGLIOSI ALTAMIRANO ROSA MARIA Regístrese, comuníquese y publíquese. GIOVANNA CONSUELO FERNÁNDEZ VELAZCO Intendente Regional Intendencia Regional Lima 716877-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Aprueban “Directiva de procedimiento para la capacitación en Centros y/o sus Programas con sede en el extranjero que cuenten con reconocimiento” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 152-2011-SERVIR/PE Lima, 11 de noviembre de 2011 Visto, el Informe Nº 006-2011-SERVIR/GDCR de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 1023, la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR es el órgano rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; Que, conforme al literal a) del artículo 10º del Decreto Legislativo Nº 1023, es función de SERVIR, planifi car y formular las políticas nacionales del Sistema en materia de rendimiento, desarrollo y capacitación, entre otras; Que, el artículo 12 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1025, sobre normas de capacitación y rendimiento para el sector público, establece que SERVIR difundirá los programas reconocidos ofrecidos por Centros con sede en el extranjero; Que, mediante documento de visto, la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento, órgano encargado de promover el desarrollo de la oferta de formación profesional para el servicio civil en los supuestos contemplados en la ley, ha propuesto la “Directiva de procedimiento para la capacitación en Centros y/o sus Programas con sede en el extranjero que cuenten con reconocimiento”; Que, de acuerdo con lo mencionado en el Informe, el reconocimiento de los Centros con sede en el extranjero, tiene por objeto brindar información sobre la calidad de los centros y/o programas allí ofrecidos, lo cual permitirá profesionalizar al servicio civil y, de este modo, contribuir a mejorar la calidad de los servicios brindados a los ciudadanos; y de otro lado permitir la asignación adecuada de los recursos del Estado, colaborando así en mejorar la efi ciencia en el uso de los recursos públicos para capacitación; Que, el Consejo Directivo en la Sesión Nº 043-2011 aprobó la propuesta presentada por la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento, encargando al Presidente Ejecutivo emitir la Resolución respectiva; Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento, y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad al Decreto Legislativo Nº 1023 y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Directiva Aprobar la Directiva Nº 002-2011-SERVIR/GDCR “Directiva de procedimiento para la capacitación en Centros y/o sus Programas con sede en el extranjero que cuenten con reconocimiento”, que en anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Difusión Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano así como de la Resolución y de la Directiva en el Portal Institucional de SERVIR (www. servir.gob.pe.) Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo (e) 717446-1 Aprueban “Directiva para la implementación de los convenios de cooperación suscritos con Centros con sede en el extranjero para el otorgamiento de becas de maestrías en asuntos públicos” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº153-2011-SERVIR/PE Lima, 11 de noviembre de 2011 Visto, el Informe Nº 007-2011-SERVIR/GDCR de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 1023, la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR es el órgano rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos;