Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2011 (17/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de noviembre de 2011

27 de octubre de 2010; y, en su articulo tercero requiere a Minera Yanacocha, presentar al 30 de marzo del 2013 un Estudio Hidrogeologico actualizado con el Programa de Monitoreo de Comportamiento de las aguas subterraneas del periodo 2010 - 2011; Que, la Ley 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental, en el articulo 4º inciso 1, senala que segun la categorizacion de proyectos de acuerdo al riesgo ambiental; la categoria II - Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado (proyecto de exploracion Conga), incluye los proyectos cuya ejecucion puede originar impactos ambientales moderados y cuyos efectos negativos pueden ser eliminados o minimizados mediante la adopcion de medidas facilmente aplicables. De la misma manera, en la categoria III califica el Estudio de Impacto Ambiental Detallado (EIAd) (proyecto de explotacion Conga), a aquellos proyectos cuyas caracteristicas, envergadura y/o localizacion, pueden producir impactos ambientales negativos significativos, cuantitativa o cualitativamente, requiriendo un analisis profundo para revisar sus impactos y proponer la estrategia de manejo ambiental correspondiente; Que, de lo MORDAZA expuesto, el Proyecto Conga cuenta con instrumentos ambientales aprobados para sus actividades de exploracion y explotacion minera; sin embargo, se habria suscitado la afectacion y alteracion del recurso hidrico, ademas el Proyecto se ubica en un ecosistema que cuenta con cabeceras de MORDAZA, lagunas, bofedales, humedales y otros componentes valiosos del ambiente que van a ser afectados, y/o eliminados, perjudicando la salud y MORDAZA de las personas del lugar; Que, la Ley 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental prescribe. "El Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental (OEFA) se encarga de la fiscalizacion, supervision, evaluacion, control y sancion en materia ambiental, asi como de la aplicacion de los incentivos". En ese sentido, mediante D.S. 001-2010-MINAM, publicado el 21 de enero de 2010 se aprueba el inicio de MORDAZA de transferencia de funciones de supervision, fiscalizacion y sancion en materia minero ambiental del OSINERGMIN al OEFA, es decir, actualmente el OEFA es el encargado de supervisar y sancionar las actividades mineras. Por tanto, le compete al OEFA realizar una supervision especial al Proyecto Conga y determinar los incumplimientos ambientales. Igualmente, en virtud del articulo 14º del citado dispositivo, las autoridades sectoriales asi como los Gobiernos Regionales y Locales que en el ejercicio de sus funciones tomen conocimiento de incumplimientos ambientales, que son materia de fiscalizacion por parte del OEFA deberan, en el termino de la distancia, poner tal situacion en conocimiento de dicha dependencia. Asimismo, brindaran, junto con la ciudadania en general, el apoyo y facilidades necesarias para el adecuado cumplimiento de las funciones del OEFA; Que, la Ley General del Ambiente de conformidad con el inciso 1) del articulo 113, establece: "Toda persona natural o juridica, publica o privada, tiene el deber de contribuir a prevenir, controlar y recuperar la calidad del ambiente y de sus componentes". Es decir, el Gobierno Regional esta llamado a accionar frente a alteraciones y danos ambientales; Que, mediante pedido de fecha 24 de octubre, la Comision Ordinaria de Gestion Ambiental Sostenible, solicito al Pleno del Consejo Regional "se requiera a traves de un acuerdo regional a las autoridades respectivas un monitoreo participativo en los cuerpos recetores del area de influencia del proyecto Conga"; Que, las Comisiones Ordinarias de Asuntos Juridicos y Gestion Ambiental Sostenible, solicitan al Pleno del Consejo Regional requieran a la Autoridad Nacional del Agua (ANA) que organice un monitoreo participativo en los cuerpos receptores, el que sera desarrollado de acuerdo al programa y cronograma coordinado, con la presencia de representantes autorizados del Gobierno Regional MORDAZA, Municipalidad Provincial de Celendin, Municipalidades Distritales de Sorochuco y Huasmin, y Organizaciones Sociales de las areas de influencia del Proyecto Minero Conga; y, asimismo solicitar al Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental (OEFA) programe una supervision especial inopinada al proyecto Conga, y la remision del Informe de Supervision al Gobierno Regional MORDAZA para su conocimiento; Que, las Comisiones Ordinarias de Asuntos Juridicos y Gestion Ambiental Sostenible, funcionan como instancias de concertacion y coordinacion de la Politica

de Desarrollo Ambiental, con caracter propositivo y consultivo. No sustituyen ni duplican las competencias o responsabilidades de las instituciones y dependencias del Gobierno Regional, sino refuerzan la institucionalidad y las capacidades existentes en la region. Es decir, buscan avanzar en el logro el desarrollo ambiental sostenible colaborando en la generacion de una vision comun compartida; Estando, a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases Descentralizadas Nº 27783; Ley Organica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nºs 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado por Ordenanza Regional Nº 010-2011-GR.CAJCR; el Pleno del Consejo Regional acordo: Primero.- SOLICITAR a la Autoridad Nacional del Agua (ANA) organice un monitoreo participativo en los cuerpos receptores, que sera desarrollado de acuerdo al programa y cronograma coordinado, con la presencia de representantes autorizados del Gobierno Regional de MORDAZA, Municipalidades Provinciales de Celendin y Hualgayoc, Municipalidades Distritales de Huasmin, La Encanada y Sorochuco; y, de las Organizaciones Sociales de las areas de influencia del Proyecto Minero "Conga" Defensoria del Pueblo y al Ministerio Publico.. Segundo.- SOLICITAR al Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental (OEFA) programe una supervision especial inopinada al Proyecto Minero "Conga"; asi como, la remision del informe de supervision al Gobierno Regional MORDAZA para conocimiento. Tercero.- DISPONER que la Direccion Regional de Administracion, realice los tramites correspondientes para la publicacion del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano, en el Diario Regional de mayor circulacion de la Region MORDAZA y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional MORDAZA (www. regioncajamarca.gobpe.) Cuarto.- ENCARGAR al Organo Ejecutivo del Gobierno Regional MORDAZA disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo Regional. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ELZER MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Pdte. Consejo Regional 716492-1

Aprueban el Plan Anual 2011 del Gobierno Regional MORDAZA
CONSEJO REGIONAL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 081-2011-GR.CAJ-CR MORDAZA, 7 de noviembre del 2011 El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en su Sesion Ordinaria de fecha 02 de noviembre del ano 2011; VISTO Y DEBATIDO: el Dictamen Nº 57-2011GR.CAJ-CR/COAJ-COP, evacuado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Juridicos y Planeamiento, con el que solicitan al Pleno del Consejo Regional aprobar el Plan Anual del ano 2011 del Gobierno Regional; por mayoria del Pleno; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado, en el articulo 191º establece: "Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de Derecho Publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia"; Que, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 8º precisa: "La autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia". Asi mismo, en el articulo

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