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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de noviembre de 2011 453457 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Aprueban exonerar del proceso de selección la adquisición de equipos de cómputo y sus respectivas licencias para uso en la red municipal ACUERDO DE CONCEJO N° 031-2011-MDCH Chorrillos, 29 de Octubre del 2011 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS Visto: en Sesión Ordinaria de la fecha los Informes N° 0196-2011-SGI-MDCH e Informe Nº 0216-2011-SGI-MDCH, emitido por la Sub Gerencia de Informática; mediante el cual sustentan la urgencia de renovar las equipos de cómputo por su antigüedad, así como las respectivas licencias en la red municipal ya que no se cuenta con ello, atendiendo además que el plazo para la renovación del campo informático está por vencerse, dejando en un total desabastecimiento a la entidad municipal; CONSIDERANDO: Que, mediante los Informes del visto se detallan circunstancias que justifi can jurídicamente lo requerido, por cuanto se confi gura efectivamente la situación prevista en el Art. 22º del Decreto Legislativo Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado, requiriendo urgentemente solicitar la adquisición de 117 equipos informáticos así como las respetivas licencias por el total de equipos cómputo de la municipalidad que abarca 200 licencias MS Windows, ya que nos encontraríamos ante una situación de desabastecimiento de las respectivas licencias, con un campo informático de un 79.5% que no cumple con la vigencia tecnológica para los aplicativos de la red municipal y que deben ser renovados, en virtud de asegurar su licenciamiento de conformidad con lo dispuesto en los D.S. Nº 013-2003-PCM, D.S. Nº 037- 2005-PCM, D.S. Nº 002-2007-PCM, D.S. Nº 053-2008-PCM y D.S. Nº 077-2088-PCM, los mismos que conforme señala la norma tiene como plazo máximo el 31 de Diciembre del presente año. Adicional a ello debemos indicar de que nuestros equipos de cómputo no están vigente en el mercado local, tanto en tecnología, como en soporte para las nuevas aplicaciones, hecho que supone una situación inminente e imprevisible que compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones que la Municipalidad tiene a su cargo; Que, en efecto a través de los informes del visto se ha generado una situación de total desabastecimiento de las respectivas licencias y atendiendo que es de carácter obligatorio de que cada equipo incluya la licencia para su uso con la fi nalidad de asegurar la adquisición del software legal en la administración pública, siendo por dicha circunstancia extraordinaria que se debe actuar de manera inmediata tal y como precisa el Art. 22º del Decreto Legislativo Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado. Que, de los análisis efectuados tanto por la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano, la Gerencia de Administración y Finanzas como de la Gerencia de Asesoría Jurídica, se infi ere las causas que han propiciado declarar la situación de desabastecimiento inminente, no obstante ello debe establecerse la responsabilidad administrativa de aquellos funcionarios o servidores de la institución que han permitido que esta situación se confi gure; Que, dichos dispositivos legales aunados y en concordancia con los procedimientos a que hacen referencia el Art. 20º, 21º y 22º del Decreto Legislativo Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado posibilitan lo requerido por las gerencias antes indicadas; Que, lo solicitado se enmarca en lo dispuesto por el Inciso c) el Art. 20º del Decreto Legislativo Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado, concordante con el Art. 21º del mismo cuerpo legal donde se expresa que la exoneración de un proceso de selección está permitido ante situaciones de desabastecimiento debidamente comprobado que afecte o impida a la entidad cumplir con sus actividades, debiendo ser aprobada por el Concejo Municipal, Que, en concordancia con las atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, sus modifi catorias y contando con el voto UNANIME del Concejo Municipal. ACUERDA: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del proceso de selección declarando en Situación de Desabastecimiento la adquisición de equipos de cómputo así como las respectivas licencias para su uso en la red municipal. Artículo Segundo.- Aprobar la adquisición para que se realice a través de la Sub Gerencia de Logística de la Municipalidad Distrital de Chorrillos. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas para que remita copia del presente Acuerdo y del Informe Legal y Técnico a la Contraloría General de la República dentro de los plazos previstos en la Ley, igualmente realice la publicación del presente Acuerdo en el SEACE dentro de los plazos establecidos en el artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 1017. Artículo Cuarto: Encargar a la Gerencia Municipal que inicie las acciones necesarias a fi n de establecer la responsabilidad de aquellos funcionarios o servidores de la institución que han permitido que se confi gure declarar la situación de desabastecimiento inminente antes indicada. Artículo Quinto: Encargar a la Secretaria General del Concejo la responsabilidad de publicar en el Diario Ofi cial El Peruano el presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 716975-1 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Designan Procurador Público de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 239-2011/MDC Cieneguilla, 28 de octubre de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú señala en su Artículo 194º que las municipalidades son órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 17) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 establece que corresponde al Alcalde designar y cesar al gerente municipal y, a propuesta de éste, a los demás funcionarios de confi anza; Que, de conformidad con el Artículo 12 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones, la confi anza para los funcionarios no es califi cativo del cargo si no atribuible a la persona por designar, tomando en consideración su idoneidad basada en su versación o experiencia para desempeñar las funciones del respectivo cargo; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 234-2011-A- MDC de fecha 28 de octubre de 2011 se dio por concluida la designación del abogado Octavio Gillmer Chávez Soto, en el cargo de Procurador Público Municipal de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla;