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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de noviembre de 2011 453452 Identifi cación y Estado Civil (RENIEC), del 02NOV2011 al 01DIC2011, encargándose la Sub Jefatura Nacional al señor Juan Carlos Morán Zegarra, Asesor I de la Jefatura Nacional, durante el período indicado; Que mediante Resolución Jefatural Nº 259-2011- JNAC/RENIEC (18MAY2011) y sus modifi catorias las Resoluciones Jefaturales Nº 272-2011-JNAC/RENIEC (26MAY2011) y Nº 454-2011-JNAC/RENIEC (14SET2011), se designó como funcionario responsable de proporcionar la información de acceso público a que se refi ere la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública al señor Mariano Augusto Cucho Espinoza, Sub Jefe Nacional, como representante del RENIEC en el departamento de Lima; Que en atención a lo expuesto en los considerandos precedentes y en el marco de lo dispuesto en la Resolución Jefatural Nº 531-2011/JNAC/RENIEC (27OCT2011) se hace necesario encargar dicha función al señor Juan Carlos Morán Zegarra, Asesor I de la Jefatura Nacional, encargado de la Sub Jefatura Nacional, en tanto dure la ausencia del titular de dicho despacho; Que se hace necesario difundir la presente Resolución Jefatural, a través de la correspondiente publicación, para conocimiento de la ciudadanía; Estando a las atribuciones conferidas en la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el inciso h) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 855-2010-JNAC/RENIEC (29SET2010), el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 10º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Encargar, con efi cacia anticipada al 02NOV2011 y en tanto dure la ausencia del titular, al señor Juan Carlos Morán Zegarra, Asesor I de la Jefatura Nacional, encargado de la Sub Jefatura Nacional, la responsabilidad de proporcionar la información de acceso público a que se refi ere la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, como representante del RENIEC en el departamento de Lima. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la presente resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 717316-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Incasur S.A. la apertura de agencia ubicada en el departamento de Arequipa RESOLUCIÓN SBS Nº 11360-2011 Lima, 8 de noviembre de 2011 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud de autorización presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Incasur S.A., a esta Superintendencia para la apertura de una agencia ubicada en Calle Puente Bolognesi Nº 122, Cercado, en el distrito, provincia y departamento de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 10455-2011 de fecha 06.10.2011, se autorizó el funcionamiento de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Incasur S.A. y se otorgó el respectivo certifi cado de autorización; Que, la Caja Rural de Ahorro y Crédito Incasur S.A., ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de la agencia, comunicando además, mediante Carta s/n de fecha 26.10.2011, haber acordado en Directorio como fecha cierta de inicio de operaciones el 02 de noviembre de 2011 (Acta de Sesión Ordinaria Nº 010 de fecha 20.10.2011); Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “A”, mediante el Informe Nº 169-2011-DSM“A”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modifi catorias, la Resolución SBS Nº 775-2008 y sus modifi catorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 del 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Incasur S.A., la apertura de la agencia ubicada en Calle Puente Bolognesi Nº 122, Cercado, en el distrito, provincia y departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 716462-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA Acuerdan solicitar a la ANA realizar monitoreo en cuerpos receptores del área de influencia del Proyecto Minero “Conga”, y al OEFA, efectuar una supervisión especial inopinada CONSEJO REGIONAL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 079-2011-GR.CAJ-CR Cajamarca, 7 de noviembre del 2011 El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión Ordinaria, de fecha 02 de noviembre del año 2011; VISTO Y DEBATIDO: el Dictamen Nº 58-2011- GR.CAJ-CR/COAJ-COAG, evacuado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Jurídicos y Gestión Ambiental Sostenible con el que solicitan al Pleno del Consejo Regional un monitoreo en los cuerpos receptores del área de infl uencia del Proyecto “Conga”; por unanimidad del Pleno; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, en el artículo 191º establece: “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia”; en el artículo 192º establece: “Los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo”;