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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (21/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 21 de noviembre de 2011 453641 Visto, el Informe N° 001-2011/MDLM/CECPM de la Comisión Evaluadora del Concurso Público de Méritos de la Municipalidad de La Molina, sobre los resultados obtenidos en el Concurso Público de Méritos N° 001- 2011-MDLM y N° 002-2011-MDLM, para la selección de (01) Ejecutor Coactivo Tributario y dos (02) Auxiliares Coactivos Tributarios; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 214-MDLM, se modificó el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de La Molina, aprobado por Ordenanza N° 210-MDLM, incorporando en la Gerencia de Administración Tributaria a la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva Tributaria. Asimismo, se aprobó el nuevo Cuadro para Asignación de Personal contemplando los cargos requeridos para la subgerencia incorporada; Que, a través de la Resolución de Alcaldía N° 421- 2011 del 25 de julio del 2011, se aprobó el Presupuesto Analítico de Personal concordante con la nueva Estructura Orgánica y el Cuadro para Asignación de Personal aprobado con la Ordenanza 214-MDLM; Que, mediante Informe N° 540-2011-MDLM-GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica señaló que el artículo 9° de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, Ley 29626, precisa que en materia de personal, se prohíbe el ingreso de personal en el sector público por servicios personales y el nombramiento; sin embargo, en materia de bienes y servicios, en el numeral 10.2 y 10.3 del artículo 10°, regula el monto máximo por concepto de honorarios mensuales y las modifi caciones presupuestarias que se pueden realizar para la contratación de personas bajo la modalidad CAS, entendiéndose con ello, que se permite la Contratación Administrativa de Servicios, teniendo únicamente como restricción que no se contrate a un personal CAS por el monto superior a los S/. 15.600, y que para dicha contratación no se realicen modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático con cargo a la genérica de gastos adquisición de activos no fi nancieros, ni a las partidas de gasto vinculados en mantenimiento de infraestructura. Que, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional a través del Informe N° 067-2011- MDLM-GPPDI del 19 de agosto del 2011, señaló que existe disponibilidad presupuestal para la contratación de un Ejecutor Coactivo Tributario y dos Auxiliares Coactivos Tributarios hasta por un monto de S/. 61,218.52 en la específi ca de gasto 2.3.2.8.1.1 (CAS), el cual servirá para atender los fondos requeridos en el momento que sea demandado el gasto; Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 068-2011, se aprobó y convocó a Concurso Público de Méritos para la Selección de un (01) Ejecutor Coactivo Tributario y dos (02) Auxiliares Coactivos Tributarios, bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios, conforme a lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1057 y su Reglamento; facultando al señor Alcalde para que mediante Resolución de Alcaldía designe a la Comisión que llevará a cabo dicho proceso; Que, con Resolución de Alcaldía N° 448-2011 de fecha 23 de agosto del 2011, se designó a la Comisión encargada de conducir el Concurso Público de Méritos N° 001-2011-MDLM y N° 002-2011-MDLM, para la selección de un (01) Ejecutor Coactivo Tributario y dos (02) Auxiliares Coactivos Tributarios; Que, la Comisión señalada en el párrafo anterior ha elaborado el Informe de vistos, adjuntando el resultado fi nal del Cuadro de Méritos de los Concursos Públicos antes referido, habiéndose publicado los mismos en el portal web de la entidad, apreciándose que el Señor Víctor Jesús Huaman De La Cruz, ha obtenido el primer lugar del Concurso Público de Méritos N° 001- 2011-MDLM, para ocupar la plaza de Ejecutor Coactivo Tributario. Que, con fecha 24 de octubre del 2011, la Subgerencia de Recursos Humanos suscribió el Contrato Administrativo de Servicios N° 01426, a fi n que el Señor Víctor Jesús Huaman De La Cruz desempeñe las funciones de Ejecutor Coactivo Tributario de la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva Tributaria. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) Artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al Señor Víctor Jesús Huaman De La Cruz, para que a partir del 01 de Noviembre del 2011, desempeñe las funciones de Ejecutor Coactivo Tributario de la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva Tributaria de la Municipalidad de La Molina, bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios. Artículo Segundo.- Precisar que la designación del Señor Víctor Jesús Huaman De La Cruz como Ejecutor Coactivo Tributario de la Municipalidad de La Molina, se encuentra supeditada a la vigencia del Contrato Administrativo de Servicios Nº 01426. Artículo Tercero.- La Gerencia Municipal, la Gerencia de Administración Tributaria, la Gerencia de Administración y Finanzas y la Subgerencia de Recursos Humanos quedan encargados del cumplimiento de la presente resolución, debiendo implementar todas las acciones administrativas que correspondan conforme a ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 718361-1 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 553-2011 La Molina, 28 de octubre de 2011 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA Visto, el Informe N° 001-2011/MDLM/CECPM de la Comisión Evaluadora del Concurso Público de Méritos de la Municipalidad de La Molina, sobre los resultados obtenidos en el Concurso Público de Méritos N° 001- 2011-MDLM y N° 002-2011-MDLM, para la selección de (01) Ejecutor Coactivo Tributario y dos (02) Auxiliares Coactivos Tributarios; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 214-MDLM, se modifi có el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de La Molina, aprobado por Ordenanza N° 210-MDLM, incorporando en la Gerencia de Administración Tributaria a la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva Tributaria. Asimismo, se aprobó el nuevo Cuadro para Asignación de Personal contemplando los cargos requeridos para la subgerencia incorporada; Que, a través de la Resolución de Alcaldía N° 421- 2011 del 25 de julio del 2011, se aprobó el Presupuesto Analítico de Personal concordante con la nueva Estructura Orgánica y el Cuadro para Asignación de Personal aprobado con la Ordenanza 214-MDLM; Que, mediante Informe N° 540-2011-MDLM-GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica señaló que el artículo 9° de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, Ley 29626, precisa que en materia de personal, se prohíbe el ingreso de personal en el sector público por servicios personales y el nombramiento; sin embargo, en materia de bienes y servicios, en el numeral 10.2 y 10.3 del artículo 10°, regula el monto máximo por concepto de honorarios mensuales y las modifi caciones presupuestarias que se pueden realizar para la contratación de personas bajo la modalidad CAS, entendiéndose con ello, que se permite la Contratación Administrativa de Servicios, teniendo únicamente como restricción que no se contrate a un personal CAS por el monto superior a los S/. 15.600, y que para dicha contratación no se realicen modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático con cargo a la genérica de gastos adquisición de activos no fi nancieros, ni a las partidas de gasto vinculados en mantenimiento de infraestructura. Que, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional a través del Informe N° 067-2011- MDLM-GPPDI del 19 de agosto del 2011, señaló que existe disponibilidad presupuestal para la contratación de un Ejecutor Coactivo Tributario y dos Auxiliares Coactivos Tributarios hasta por un monto de S/. 61,218.52 en la