Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2011 (21/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, lunes 21 de noviembre de 2011

NORMAS LEGALES

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ENERGIA Y MINAS
Autorizan al Ministerio de Energia y Minas que disponga la contratacion de abogados para asumir defensa del Estado Peruano en demanda presentada ante organo jurisdiccional de los EE.UU.
RESOLUCION SUPREMA Nº 093-2011-EM MORDAZA, 19 de noviembre de 2011 VISTOS: Los Informes N° 005-2011-MEM-PRO y 006-2011MEM-PRO, de fecha 27 de octubre y 11 de noviembre de 2011, respectivamente, del Procurador Publico Ad Hoc designado por Resolucion Suprema N° 194-2011-JUS; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1068 se creo el Sistema de Defensa Juridica del Estado con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa juridica del Estado en el ambito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, organos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el Articulo 33° del Reglamento del Sistema de Defensa Juridica del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2008-JUS, establece que la defensa del Estado que se ejerce en sede jurisdiccional extranjera, se encuentra a cargo del Procurador Publico Ad Hoc designado para el caso en particular, pudiendo delegar el ejercicio de la defensa en los abogados extranjeros contratados para tal fin, en cuyo caso coadyuvara a la misma; Que, el Articulo 35° del citado Reglamento dispone que el Ministerio de Relaciones Exteriores debe proponer oportunamente al Titular de la Entidad que ha originado el precedente, una terna de abogados extranjeros que reunan el perfil para ejercer la defensa del Estado, para lo cual la Entidad evaluara la terna y seleccionara al abogado o abogados extranjeros que asumiran la defensa del Estado en la sede jurisdiccional extranjera, asumiendo el pago de los honorarios con cargo a su presupuesto, formalizando la contratacion mediante Resolucion Suprema; Que, con fecha 19 de diciembre de 2006 el senor MORDAZA MORDAZA Amorrortu MORDAZA presento una demanda en el Distrito Sur de Texas, Division de MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA (Caso H-06-4012), buscando reparacion civil contra el Estado Peruano, efectuandose la defensa por la Procuraduria Publica del Ministerio de Energia y Minas y contandose con la contratacion de abogados externos, conforme se desprende de las autorizaciones emitidas en la Resolucion Suprema Nº 150-2007-JUS y el Decreto Supremo Nº 148-2007-EF, culminando la demanda con una decision favorable al Estado Peruano; Que, a traves del Oficio OF.RE (DDH) N° 2-13/16, de fecha 05 de octubre de 2011, el Ministro de Relaciones Exteriores comunica al Ministro de Energia y Minas que el Estado Peruano ha sido notificado por la Corte del Distrito Sur de Texas, Division de MORDAZA, de una MORDAZA demanda presentada por el senor MORDAZA MORDAZA Amorrortu MORDAZA (Caso H-11-3418); Que, mediante Resolucion Suprema N° 194-2011JUS, se designo al Procurador Publico del Ministerio de Energia y Minas como Procurador Publico Ad Hoc para que asuma la representacion y defensa del Estado en la demanda recientemente presentada, autorizandose al Ministerio de Energia y Minas para que disponga la contratacion de un Estudio de Abogados en el exterior a efectos de asumir la defensa del Estado Peruano; Que, con fecha 25 de octubre de 2011 el Ministerio de Relaciones Exteriores ha remitido al Ministerio de Energia y Minas el Oficio OF.RE (LEG/OCJ) N° 2-13/21, conteniendo la terna de Estudios de Abogados propuesta por dicho sector, de acuerdo a los alcances del Articulo 35° del Decreto Supremo N° 017-2008-JUS, que aprueba

el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Juridica del Estado; Que, a traves de los documentos de vistos, el Procurador Publico del Ministerio de Energia y Minas, en su condicion de Procurador Publico Ad Hoc, ha evaluado las propuestas contenidas en la terna MORDAZA senalada, recomendando la contratacion del Estudio de Abogados DORSEY & MORDAZA LLP, con sede en Estados Unidos de MORDAZA, a fin que asuma la defensa de los intereses del Estado Peruano en la demanda presentada en Estados Unidos de America; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47° de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Ley N° 25962 - Ley Organica del Sector Energia y Minas; el Decreto Legislativo N° 1068; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 017-2008-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar al Ministerio de Energia y Minas que disponga la contratacion del Estudio de Abogados DORSEY & MORDAZA LLP, con sede en Estados Unidos de MORDAZA hasta por un monto ascendente a S/. 100,000,00 (Cien Mil y 00/100 Nuevos Soles) en el presente ejercicio presupuestal, a fin que asuma la defensa de los intereses del Estado Peruano en la demanda presentada por el senor MORDAZA MORDAZA Amorrortu MORDAZA (Caso H-113418), ante la Corte del Distrito Sur de Texas, Division de MORDAZA, Estados Unidos de America. Articulo 2°.- Autorizar al Ministerio de Energia y Minas que asuma, con cargo a su presupuesto para el ano fiscal 2012, los costos y gastos que correspondan por la continuacion de las actuaciones procesales a favor de los intereses del Estado Peruano en el caso materia de la presente resolucion suprema. Articulo 3°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DESCALZI Ministro de Energia y Minas 718968-3

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viajes de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a MORDAZA y EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL N° 809-2011 MTC/02 MORDAZA, 18 de noviembre de 2011 VISTOS: El Informe No. 675-2011-MTC/12.04, emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil y el Informe No. 345-2011-MTC/12.04, emitido por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley No. 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo No. 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo No. 047-2002PCM, senala que la autorizacion de viajes al exterior de las personas que viajen en representacion del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Publico, se otorgara mediante

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