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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de noviembre de 2011 453817 los siguientes rubros: 1) Contrato de Ejecución de Obra N° 04-008-EM/DEP por la suma de S/. 6 127 343,59, 2) Suministros de la DGER/MEM por la suma S/. 4 945 576,58, 3) Contrato de Supervisión de Obra N° 01-034-EM/ DEP – Orden de Servicio N° 01- Grupo Project Manager por la suma de S/. 20 510,13, 4) Contrato de Supervisión de Obra N° 01-034-EM/DEP - Orden de Servicio N° 02 – Gerencia de Supervisión por la suma de S/. 310 859,36, 5) Contrato de Supervisión de Obra N° 01-034-EM/DEP- Orden de Servicio N° 04 – Supervisión Grupo N° 02 por la suma de S/. 979 389,85, 6) Contrato de Elaboración de Estudios N° 99-054-EM/DEP por la suma de S/. 216 155,66, 7) Asistencia Técnica UNOPS en licitaciones por la suma de S/. 13 746,71, y 8) Servidumbre por la suma de S/. 149 010,41; Que, mediante Resolución Directoral N° 198- 2011-EM/DGER de fecha 28 de septiembre de 2011 se aprobó la Liquidación Final del Proyecto Pequeño Sistema Eléctrico Sihuas – Quiches II Etapa, ubicado en la provincia de Sihuas, en el departamento de Ancash, que estableció un monto final a la fecha de transferencia de S/. 12 594 785,76, incluido impuestos y que comprende los siguientes rubros: 1) Contrato de Ejecución de Obra N° 04-008-EM/DEP cuyo monto ajustado a la fecha de transferencia asciende a la suma de S/. 6 541 822,09, 2) Suministros de la DGER/ MEM por la suma S/. 4 423 500,10, 3) Contrato de Supervisión de Obra N° 01-034-EM/DEP – Orden de Servicio N° 01- Grupo Project Manager por la suma de S/. 20 685,43, 4) Contrato de Supervisión de Obra N° 01-034-EM/DEP - Orden de Servicio N° 02 – Gerencia de Supervisión por la suma de S/. 313 516,27, 5) Contrato de Supervisión de Obra N° 01-034-EM/DEP- Orden de Servicio N° 04 – Supervisión Grupo N° 02 por la suma de S/. 989 127,36, 6) Contrato de Elaboración de Estudios N° 98-057-EM/DEP por la suma de S/. 118 660,03, 7) Asistencia Técnica UNOPS en licitaciones por la suma de S/. 13 988,66, 8) Servidumbre por la suma de S/. 172 535,58, y 9) Estudio de Impacto Ambiental por la suma de S/. 950,24; Que, el artículo 5° de la Ley General de Electrifi cación Rural -Ley N° 28749, establece que el Ministerio de Energía y Minas a través de la (DEP) hoy Dirección General de Electrifi cación Rural, es el organismo competente en materia de electrifi cación rural; Que, del mismo modo el artículo 18° de la Ley 28749 concordante con el artículo 53° de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-EM establece que el Ministerio de Energía y Minas transferirá a título gratuito los Sistemas Eléctricos Rurales (SER) que haya ejecutado o ejecute, a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica de propiedad estatal o en su defecto a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. – ADINELSA; Que, el Especialista en Liquidaciones y Transferencias mediante Informes N° 099-2011-MEM/DGER/DPR- JER-LBV, N° 100-2011-MEM/DGER/DPR-JER-LBV, N° 101-2011-MEM/DGER/DPR-JER-LBV, y, N° 102- 2011-MEM/DGER/DPR-JER-LBV todos de fecha 29 de septiembre de 2011, señala que la transferencia de los bienes fi nanciados por la DGER/MEM que conforman los proyectos señalados en los considerandos precedentes, se realizarán a título gratuito a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte Medio S.A. HIDRANDINA S.A., correspondiendo a cada uno de los proyectos el siguiente detalle: 1) Línea de Transmisión 138 kV Huallanca – Sihuas – Tayabamba y Subestaciones por la suma de S/. 24 314 513,89, 2) Línea de Transmisión 60 kV Sihuas – Pomabamba y Subestaciones por la suma de S/. 12 762 592,29, 3) Pequeño Sistema Eléctrico Sihuas – Quiches II Etapa por la suma de S/. 12 594 785,76, y, 4) Pequeño Sistema Eléctrico Tayabamba – Huancaspata II y III Etapa por la suma de S/. 16 944 433,04, montos que incluyen impuestos; Que, la Jefatura de Energías Renovables mediante los Memorándum N° 296-11-MEM/DGER/DPR-JER, 297-11-MEM/DGER/DPR-JER, 298-11-MEM/DGER/ DPR-JER, y, 299-11-MEM/DGER/DPR-JER, todos de fecha 04 de octubre de 2011, señala que el expediente de transferencia fue elaborado en concordancia con la Ley N° 28749 –Ley General de Electrifi cación Rural y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-EM, en tal sentido solicita a la Jefatura de Administración y Finanzas efectúe la conciliación contable correspondiente, la misma que se realizó el 06 de octubre de 2011, según lo informado en los Memorándum N° 458-2011-MEM/DGER-JAF, 459- 2011-MEM/DGER-JAF, 460-2011-MEM/DGER-JAF, 461-2011-MEM/DGER-JAF; Que, de conformidad a lo dispuesto en la Ley General de Electrifi cación Rural -Ley N° 28749, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-EM y modifi cado por el Decreto Supremo N° 042-2011-EM; la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales –Ley N° 29151, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA; la Ley Orgánica del Sector Energía y Minas –Decreto Ley N° 25962, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas –Decreto Supremo N° 031-2007-EM, sus normas modifi catorias, y la Directiva N° 005-2008-EM/ DGER –Normas y Procedimientos para la Transferencia de Proyectos ejecutados por la DGER/MEM y la Resolución Suprema N° 214-2011-PCM; Con la opinión favorable del Director General de Electrifi cación Rural y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la transferencia a título gratuito de los bienes que conforman los siguientes proyectos: 1) Línea de Transmisión 138 kV Huallanca – Sihuas – Tayabamba y Subestaciones, 2) Línea de Transmisión 60 kV Sihuas – Pomabamba y Subestaciones, 3) Pequeño Sistema Eléctrico Sihuas – Quiches II Etapa, y, 4) Pequeño Sistema Eléctrico Tayabamba – Huancaspata II y III Etapa, ubicado en los departamentos de Ancash y La Libertad, financiado por la Dirección General de Electrificación Rural del Ministerio de Energía y Minas a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte Medio S.A. - HIDRANDINA S.A. Artículo 2°.- Poner en conocimiento de la empresa HIDRANDINA S.A. y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado –FONAFE, lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y Minas 720276-1 INTERIOR FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1207-2011-IN/1108 Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 1207- 2011-IN/1108, publicada en nuestra edición del día 23 de noviembre de 2011 En el tercer considerando: DICE: “Que, de acuerdo al artículo 50 de la Ley Nº 27933, ... DEBE DECIR: “Que, de acuerdo al artículo 5º de la Ley Nº 27933, ... DICE: “De igual forma, el artículo 100 de la referida norma ...” DEBE DECIR: “De igual forma, el artículo 10º de la referida norma ...” 721249-1