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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de noviembre de 2011 453834 Que, mediante Resolución Directoral Nº 086-2011- PRODUCE/DGEPP, de fecha 11 de febrero del 2011, se otorgó a favor de los señores JOSE SANTOS FIESTAS FARRO y esposa FRANCISCA PANTA PUESCAS, FRANCISCO FIESTAS FARRO y esposa MARIA SEVERA TEQUE FIESTAS y MANUEL DE LA CRUZ FIESTAS FARRO y esposa JUANA GALAN FARROÑAN DE FIESTAS, DIONICIO FIESTAS FARRO y esposa MARIA LLENQUE GALAN y JOSE MIGUEL FIESTAS FARRO, autorización de incremento de fl ota para ampliar la capacidad de bodega de la embarcación pesquera DON MANUEL de matrícula PL-21090-CM, de 51.24 hasta 60.24 m3, con acceso para la extracción de los recursos anchoveta para consumo humano directo e indirecto y sardina con destino al consumo humano directo, vía sustitución y aplicación del saldo de 9.0 m3 de capacidad de bodega, proveniente de la embarcación DON MANUEL II de matrícula PL-10423-CM, reservado en la Resolución Directoral Nº 664-2010-PRODUCE/DGEPP, utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ y 1 ½ pulgadas (13 mm y 38 mm) y fuera de las cinco (05) y diez (10) millas respectivamente, adyacentes a la costa en el ámbito del litoral; Que, el artículo 6º de la mencionada Resolución en el considerando precedente, señala que la embarcación pesquera de madera DON MANUEL II de matrícula PL- 10423-CM, podrá operar hasta que la embarcación objeto de la autorización de incremento de fl ota se encuentre en condiciones de efectuar faenas de pesca, sin perjuicio de lo antes señalado y de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, la citada embarcación a sustituir deberá ser desguazada como requisito previo para solicitar la modifi cación del permiso de pesca de la embarcación objeto de la aplicación del incremento vía sustitución de capacidad de bodega; Que, a través del escrito del visto, los señores JOSE SANTOS FIESTAS FARRO y esposa FRANCISCA PANTA PUESCAS, FRANCISCO FIESTAS FARRO y esposa MARIA SEVERA TEQUE FIESTAS y MANUEL DE LA CRUZ FIESTAS FARRO y esposa JUANA GALAN FARROÑAN DE FIESTAS, DIONICIO FIESTAS FARRO y esposa MARIA LLENQUE GALAN y JOSE MIGUEL FIESTAS FARRO, solicitan la modifi cación del permiso de pesca de la embarcación pesquera DON MANUEL de matrícula PL-21090-CM, en el extremo referido a la capacidad de bodega pasando de 51.24 hasta 60.24 m3, en conformidad a lo señalado en la Resolución Directoral Nº 086-2011-PRODUCE/DGEPP; Que, de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se advierte que el Certifi cado de Matrícula y Certifi cado de Arqueo de la embarcación pesquera DON MANUEL de matrícula PL-21090-CM, consta que cuenta con una capacidad de bodega de 60.24 m3; asimismo, de la inspección técnica realizada, según Acta de Inspección Técnica Nº 022-2011-PRODUCE/ DGEPP-Dchi e Informe Nº 743-2011-PRODUCE/DGEPP- Dchi de fecha 11 de agosto de 2011, se ha constatado que la citada embarcación se encuentra en estado operativo; Que, también, se ha determinado en el Acta de Inspección Ocular del Desguace de fecha 26 de abril del 2011, que la embarcación pesquera DON MANUEL II de matrícula PL-10423-CM ha sido desguazada; Que, por otro lado, es preciso señalar que mediante el escrito de Registro de Nº 00055021-2011 y Adjuntos 1 y 2 de fechas 28 de junio, 11 de agosto y 27 de setiembre de 2011, los señores JOSÉ SANTOS FIESTAS FARRO y FRANCISCA PANTA PUESCAS, solicitan modifi cación de permiso de pesca de la embarcación MARIA RICARDINA 2 de matrícula PL-19017-CM, en razón al incremento de fl ota otorgado mediante Resolución Directoral Nº 664-2010- PRODUCE/DGEPP del 20 de octubre del 2010, siendo que con Resolución Directoral Nº 628-2011-PRODUCE/ DGEPP de fecha 18 de octubre del 2011, se aprobó la ampliación de la capacidad de bodega de la embarcación MARIA RICARDINA 2 de matrícula PL-19017-CM de 35.23 a 60.23 m3, vía aplicación de sustitución parcial de 25 m3 de capacidad de bodega procedente de la embarcación pesquera DON MANUEL II de matrícula PL-10423-CM; por lo que, al haberse efectuado la sustitución total de la capacidad de bodega de la embarcación pesquera DON MANUEL II de matrícula PL-10423-CM a las embarcaciones pesqueras DON MANUEL de matrícula PL-21090-CM y MARIA RICARDINA 2 de matrícula PL- 19017-CM, corresponde cancelar el permiso de pesca de la embarcación DON MANUEL II; Que, en tal virtud, se ha determinado que los señores JOSE SANTOS FIESTAS FARRO y esposa FRANCISCA PANTA PUESCAS, FRANCISCO FIESTAS FARRO y esposa MARIA SEVERA TEQUE FIESTAS y MANUEL DE LA CRUZ FIESTAS FARRO y esposa JUANA GALAN FARROÑAN DE FIESTAS, DIONICIO FIESTAS FARRO y esposa MARIA LLENQUE GALAN y JOSE MIGUEL FIESTAS FARRO han cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 6 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008- 2009-PRODUCE, modifi cado por Resolución Ministerial Nº 097-2011-PRODUCE; por lo que resulta procedente la modifi cación del permiso de pesca, en el extremo referido a la capacidad de bodega solicitada; Que, estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto a través de Informe Nº 744- 2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi, Informe Complementario Nº 887-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi e Informe Legal Nº 1042-2011-PRODUCE/DGEPP ratifi cado con Memorando Nº 1255-2011-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE modifi cado por Resolución Ministerial Nº 097-2011- PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del artículo 53º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar a favor de los señores JOSE SANTOS FIESTAS FARRO y esposa FRANCISCA PANTA PUESCAS, FRANCISCO FIESTAS FARRO y esposa MARIA SEVERA TEQUE FIESTAS y MANUEL DE LA CRUZ FIESTAS FARRO y esposa JUANA GALAN FARROÑAN DE FIESTAS, DIONICIO FIESTAS FARRO y esposa MARIA LLENQUE GALAN, y JOSE MIGUEL FIESTAS FARRO, la modifi cación del permiso de pesca de la embarcación pesquera DON MANUEL de matrícula PL-21090-CM, sólo en el extremo de la capacidad de bodega de 51.24 a 60.24 m3, manteniéndose las demás características del permiso de pesca otorgado con Resolución Directoral Nº 148-2005-PRODUCE/DNEPP modifi cado por Resolución Directoral Nº 083-2008- PRODUCE/DGEPP. Artículo 2º.- Consignar la nueva capacidad de bodega de 60.24 m3 de la embarcación pesquera DON MANUEL de matrícula PL-21090-CM, en el Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE. Artículo 3º.- Cancelar el permiso de pesca de la embarcación pesquera DON MANUEL II de matrícula PL-10423-CM y excluirla del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE. Artículo 4º.- Dejar sin efecto la autorización de incremento de fl ota otorgado por la Resolución Directoral Nº 086-2011-PRODUCE/DGEPP. Artículo 5º.- Modifi car las Resoluciones Directorales Nºs. 148-2005-PRODUCE/DNEPP y 083-2008- PRODUCE/DGEPP, en el extremo referido a la capacidad de bodega de la embarcación pesquera DON MANUEL de matrícula PL-21090-CM que ha sido ampliada a 60.24 m3. Artículo 6º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse