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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de noviembre de 2011 454158 que la referida Ordenanza necesita una mayor difusión en las zonas populares del distrito dado que éstas en su gran mayoría se encuentran pendientes de tener la calidad de contribuyentes; asimismo puso en conocimiento de este despacho, que se han acogido a la presente Ordenanza 264-MDS un porcentaje minoritario de contribuyentes, razón por lo cual opina por la procedencia de prorrogar la referida Ordenanza con la fi nalidad de que los predios declarados, cumplan con cancelar la deuda tributaria y asimismo se amplié la base tributaria; Que, estando próximo al vencimiento del plazo contemplado en la Ordenanza Nº 264-MDS, para el acogimiento a dichos benefi cios, se ha visto por conveniente conceder a los vecinos una mayor facilidad para el cumplimiento de sus obligaciones, prorrogando en consecuencia el plazo de vigencia de la referida Ordenanza; Que, a través de la Cuarta Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 264-MDS, el Concejo Municipal de Surquillo faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia de la misma o dicte las disposiciones reglamentarias que resulten necesarias para su mejor aplicación; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Cuarta Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 264-MDS, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º, el artículo 39º y artículo 42º de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR desde el 01 hasta el 30 de diciembre de 2011, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 264-MDS, la misma que establecen Incentivos Tributarios por actualizaciones de Datos y Formalización de Inscripción de predios cuyo uso sea de casa-habitación en el distrito de Surquillo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria, Gerencia de Estadística e Informática, y Sub-Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSE LUIS HUAMANI GONZALES Alcalde 723161-1 Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 265-MDS, que estableció beneficios por pago de multas administrativas DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2011-MDS Surquillo, 29 de noviembre de 2011. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO: Visto, el Informe Nº 073-GR-MDS, de la Gerencia de Rentas, y el Informe Nº 914-2011-SGAT-GR-MDS, de la Sub Gerencia de Administración Tributaria, mediante los cuales se propone la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 265-2011-MDS, que otorgan Benefi cios para el pago de Multas Administrativas impuestas en el distrito de Surquillo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 265-2011-MDS, se concedió Benefi cios para el pago de Multas Administrativas impuestas en el distrito de Surquillo; Que, mediante el Informe Nº 914-2011-SGAT-GR- MDS, de fecha 24 de noviembre de 2011, la Sub Gerencia de Administración Tributaria informó a la Gerencia de Rentas que siendo un pedido de muchos administrados que expresan su deseo de ponerse a derecho, pero que sin embargo no cuentan en la actualidad con los medios económicos para cumplir con el pago de dichas multas, la Sub Gerencia ha visto por conveniente solicitar el otorgamiento de una prórroga de la Ordenanza Nº 265- MDS; Que, estando próximo al vencimiento del plazo contemplado en la Ordenanza Nº 265-MDS, para el acogimiento a dichos benefi cios, se ha visto por conveniente conceder a los vecinos una mayor facilidad para el cumplimiento del pago de sus Multas Administrativas, ampliando en consecuencia el plazo de vigencia de la referida Ordenanza; Que, en la referida Ordenanza en su Tercera Disposición Final y Transitoria precisa FACULTESE al alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones que se puedan requerir para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como para disponer la prorroga de la misma; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Cuarta Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 265-2011-MDS, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º, el artículo 39º y artículo 42º de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR desde el 01 hasta el 30 de diciembre de 2011, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 265-MDS, la misma que establece Benefi cios para el pago de Multas Administrativas impuestas en el distrito de Surquillo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, Sub Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Estadística e Informática y Sub Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSE LUIS HUAMANI GONZALES Alcalde 723161-2 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Aprueban Ordenanza que regula Beneficios Tributarios y No Tributarios en el distrito de Villa María del Triunfo ORDENANZA N° 140/MVMT Villa María del Triunfo, 28 de noviembre del 2011 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO; CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, artículo modifi cado por Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades distritales tienen autonomía política,