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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (01/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 95

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de octubre de 2011 Que, estando a lo expuesto en el Informe Nº 132-2011- GDH-/MVMT, de fecha 18 de agosto de 2011, elaborado por la Gerencia de Desarrollo Humano, con el que sustenta la creación del Consejo de Niños, Niñas y Adolescentes del distrito de Villa María del Triunfo, a efectos de contribuir en la construcción de una sociedad en la que el Estado y Sociedad garanticen el ejercicio pleno de los derechos de los niños así como su participación en aras de colaborar en una mejor administración del gobierno local; se advierte que tal proyecto cuenta con sustento legal, según la opinión de la Gerencia de Asesoría Legal, a través del Informe Nº 226-2011-GAJ/MVMT, con el que se concluye que es procedente la propuesta de creación del Consejo en mención, toda vez que el mismo se encuentra acorde a la normatividad vigente aplicable; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el, numeral 8, del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por unanimidad de los miembros del concejo presentes (doce) y con dispensa del trámite de comisiones y aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA DE CREACIÓN DEL CONSEJO CONSULTIVO DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES – CCONNA, DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Artículo Primero.- Constituir el Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes en el Distrito de Villa María del Triunfo, el cual en adelante se denominará con las siguientes siglas CCONNA – VMT, el mismo que constituye un espacio de participación de carácter exclusivamente consultivo conformado por niñas, niños y adolescentes elegidos democráticamente y que representen a diversos grupos y espacios y formas de organización. Artículo Segundo.- EL CCONNA – VMT tiene como fi nalidad proponer, coordinar, facilitar y desarrollar actividades vinculadas a la formulación de políticas públicas locales en la materia de niñez y adolescencia. Artículo Tercero.- La constitución del CCONNA – VMT; se sustenta en los siguientes principios: Interés superior del Niño y el Adolescente, entendido como la obligación de todas las personas e instituciones de garantizar la satisfacción integral de todos los derechos que le asisten a las niñas, niños y adolescentes, en la jurisdicción de Villa María del Triunfo. Las niñas, niños y adolescentes, son personas con derechos, deberes y gozan de protección especial atendiendo a sus necesidades de acuerdo a su edad. Las niñas, niños y adolescentes, sin excepción alguna, independientemente de su raza, género, idioma, religión, lugar de nacimiento, etnia, capacidades, habilidades, opinión política o de otra índole, deben gozar de todos los derechos que la ley les otorga y es función del Estado y sus instituciones protegerlos de toda forma de discriminación. La participación de las niñas, niños y adolescentes en espacios públicos que son de su especial interés fortalecen procesos de ejercicio de ciudadanía desde la infancia y adolescencia que coadyuvan a consolidar la democracia y fortalecen el capital social que ellos constituyen. Otros establecidos por la Legislación en la materia. Artículo Cuarto.- Funciones del CCONNA – VMT: • Elaborar y presentar propuestas de políticas públicas Locales en materia de niñez y adolescencia ante la Administración municipal. • Emitir opinión sobre las consultas que le realicen en materia de políticas sobre niñez y adolescencia. • Vigilar el cumplimiento de derechos de los niños, niñas y adolescentes de esta jurisdicción y en su caso expresar opinión ante la administración Municipal. • Promover los derechos de las niñas, niños y adolescentes. Artículo Quinto.- Conformar la Comisión Organizadora del CCONNA – VMT, la cual estará integrada por:• El Gerente de Desarrollo Social y Lucha Contra la Pobreza, quien la presidirá. • La Sub Gerencia de Participación Vecinal o sus representantes. • La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto o su representante. • 1 Regidor (Presidente de la Comisión de Desarrollo Humano y Lucha Contra la Pobreza). • 1 Representante de las organizaciones de niños, niñas y adolescentes de las siete zonas del distrito. • 1 Representante de las instituciones de la Sociedad Civil que asesoran y trabajan con las organizaciones de niñas, niños y adolescentes. Artículo Sexto.- La Comisión Organizadora del CCONNA – VMT; se le asigna las siguientes funciones: • Apoyar la difusión del registro de organizaciones de Niñas, Niños y Adolescentes en el ámbito de Villa María del Triunfo. Así como también en la creación de dicho registro, asegurando la mayor pluralidad, espacios y formas de organización de la niñez y adolescencia adecuada a su edad para el ámbito de Villa María del Triunfo. • Convocar y registrar a todas las Organizaciones que participarán en el proceso de elección de representantes al CCONNA - VMT. Encárguese a la Sub Gerencia de Participación Vecinal de la Municipalidad de Villa María del Triunfo la administración del Registro de Organizaciones de Niños, Niñas y Adolescentes. • Elaborar el Reglamento del CCONNA - VMT, en un plazo que no excederá los 45 días hábiles, el mismo que será aprobado por Decreto de Alcaldía. • De fi nir el número de integrantes del CCONNA - VMT, asegurando la representatividad más plural de grupos, espacios y formas de organización de la niñez y adolescencia adecuada a su edad de 8 a 16 años de edad, garantizados la participación equitativa de varones y mujeres, de los diferentes grupos de edad, inclusión y representatividad territorial y temática. • Coordinar la organización y conducción del proceso democrático y participativo de los miembros integrantes del CCONNA – VMT. • Coordinar con las instancias respectivas de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, de la Sociedad Civil y del Estado todo asunto que contribuya con el cumplimiento de sus funciones. • Establecer cuál Gerencia de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, asistirá técnica, operativa y presupuestalmente al CCONNA – VMT para el cumplimiento de sus funciones. Una vez determinada la Gerencia, se deberá elaborar el proyecto de Ordenanza que permitirá incluir en el ROF de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, dichas funciones, para su correspondiente trámite de aprobación. • El plazo establecido para la organización y desarrollo del proceso electoral será de 45 días hábiles a partir de la publicación del Reglamento. Artículo Séptimo.- Una vez aprobado el Reglamento, así como convocadas y realizadas las elecciones y designados sus representantes, empezará a desarrollar sus funciones ofi cialmente el CCONNA – VMT, desactivándose la Comisión Organizadora, dicha Comisión podrá emitir opinión sobre los temas relacionados con la niñez y adolescencia. DISPOSICIONES TRANSITORIAS La Comisión Organizadora procederá a Elaborar la metodología para constituir de manera representativa el Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes, CCONNA-VMT, en un plazo máximo de treinta (30) días a partir de su instalación. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.SILVIA BARRERA VÁSQUEZ Alcaldesa 697520-1451009